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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE MARZO DEL AÑO 1998 (24/03/1998)

CANTIDAD DE PAGINAS: 24

TEXTO PAGINA: 24

Pág. 158412 NORMAS LEGALES Lima, martes 24 de marzo de 1998 ANEXO Nº 1 DECLARACION JURADA DEL SOLICITANTE DE BONO DE RECONOCIMIENTO DE HABER APORTADO AL SNP DURANTE LOS SEIS (6) MESES INMEDIATAMENTE ANTERIORES A LA FECHA DE SU INCORPORACION AL SPP Para efectos de la Acreditación Supletoria a que se refiere el acápite i) del Artículo 7º del Decreto Supremo Nº 180-94-EF, yo (nombre del Solicitante de Bono de Reconocimiento) ................. identificado(a) con (Libre- ta Electoral/Carné de Extranjería Nº) ........., declaro bajo juramento que he efectuado aportaciones como trabajador dependiente al Sistema Nacional de Pensio- nes - SNP correspondientes a los seis (6) meses anterio- res a la fecha de mi incorporación al Sistema Privado de Pensiones - SPP. La información vertida en el presente documento es totalmente cierta asumiendo la responsabilidad penal en el caso que resultara falsa según la Ley Nº 25035 y el Código Penal vigente. ............................. FIRMA Fecha: ANEXO Nº 2 DECLARACION JURADA DEL SOLICITANTE DE BONO DE RECONOCIMIENTO DE LOS MESES APORTADOS AL SNP ADICIONALES A LOS CUARENTIOCHO (48) MESES DE APORTACION DURANTE EL PERIODO COMPRENDIDO ENTRE EL 6.12.82 Y EL 5.12.92 Para efectos de la Acreditación Supletoria a que se refiere el acápite ii) del Artículo 7º del Decreto Supremo Nº 180-94-EF, yo (nombre del Solicitante de Bono de Reconocimiento) ................. identificado(a) con (Libre- ta Electoral/Carné de Extranjería Nº) ........., declaro bajo juramento que he efectuado más de cuarentiocho (48) meses de aportaciones entre el período compren- dido del 6 de diciembre de 1982 y el 5 de diciembre de 1992 como trabajador dependiente al Sistema Nacional de Pensiones - SNP, en los períodos que se detallan a continuación: Desde Hasta Nº de Meses ........... ............ ............ ........... ............ ............ ........... ............ ............ ........... ............ ............ ........... ............ ............ La información vertida en el presente documento es totalmente cierta asumiendo la responsabilidad penal en el caso que resultara falsa según la Ley Nº 25035 y el Código Penal vigente. ............................. FIRMA Fecha: 3203MUNICIPALIDAD DE SAN LUIS Amplían plazo para presentación de Declaraciones Juradas y pago del Im- puesto Predial y Arbitrios municipales DECRETO DE ALCALDIA Nº 004-98-MDSL San Luis, 20 de marzo de 1998 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN LUIS CONSIDERANDO: Que, de conformidad con la Constitución Política del Perú, se le reconoce a los Gobiernos locales autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, de acuerdo al Art. 15º y Art. 68º inciso a) del D. Leg. Nº 776 - Ley de Tributación Municipal, se precisa como fecha y plazo para la presentación de la Declaración Jurada del Impuesto Predial, y pago de la primera cuota hasta el último día hábil del mes de febrero de cada año; Que, la actual Administración Municipal ha dispuesto otorgar todas las facilidades en el sentido de ampliar el plazo con el objeto de que los contribuyentes tanto afectos al pago como exonerados puedan cumplir su obligación tributaria correspondiente al ejercicio gravable 1998; Estando a lo expuesto y de conformidad con las facul- tades conferidas por los Artículos 2º, 47º y 111º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853 y con cargo de dar cuenta al Concejo; SE DECRETA: Artículo Primero.- AMPLIAR en forma improrroga- ble el plazo hasta el 31 de marzo de 1998 para la presen- tación de la Declaración Jurada y el pago íntegro del Impuesto Predial, Arbitrios y/o la primera cuota de estos tributos. Artículo Segundo.- Vencido el plazo señalado en el artículo anterior, se aplicará el interés moratorio, a que se refiere el Artículo 33º del D. Leg. Nº 816 del Código Tributario y el correspondiente reajuste previsto en el Artículo 15º, inciso b) del D. Leg. Nº 776. Artículo Tercero.- La Municipalidad brindará el servicio de emisión mecanizada de actualización de valo- res, determinación de impuestos y recibos de pagos co- rrespondientes, incluidas su distribución, quedando fa- cultada para cobrar por dicho servicio la suma de S/. 8,00 (OCHO CON 00/100 NUEVOS SOLES) por gastos admi- nistrativos y S/. 1,50 (UN SOL CON CINCUENTA CEN- TIMOS) por cada P.U. adicional, de acuerdo a la Cuarta Disposición Final del D. Leg. 776 - Ley de Tributación Municipal. Artículo Cuarto.- ENCARGUESE a la Oficina de Rentas y a la Oficina de Administración el fiel cumpli- miento del presente Decreto de Alcaldía. Artículo Quinto.- ENCARGAR a la Oficina de Rela- ciones Públicas la publicación y difusión del presente Decreto de Alcaldía. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. OSCAR SUCLLA FLORES Alcalde 3168