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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 1998 (05/11/1998)

CANTIDAD DE PAGINAS: 44

TEXTO PAGINA: 11

Lima, jueves 5 de noviembre de 1998 g[m Pág. 165425 Artículo 2”~ Los gastos que irrogue el cumplimiento del presente dispositivo legal, según se indica, serán asumi- dos por la Oficina de Normalización Previsional - ONP: - Pasajes - Viáticos - Tarifa de CORPACUS$ 674.84 LJS$ 880.00 US$ 25.00 Artículo 3”.- La presente resolución no otorga dere- cho a exoneración o liberación de impuestos de Aduana de cualquier clase o denominación a favor del funcionario cuyo viaje se autoriza. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República JORGE BACA CAMPODONICO Ministro de Economía y Finanzas 12727 Amplían el Calendario de Compromi- sos correspondiente al mes de octu- bre de 1998 RESOLUCION DIRECTORAL N=’ 039-9%EF/76.01 Lima, 3 de noviembre de 1998 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Directoral N” 038-98-EF/ 76.01 se aprobó el Calendario de Compromisos del mes de octubre del Ejercicio Fiscal 1998; Que, es necesario modificar, por ampliación, el Calenda- rio de Compromisos del mes de octubre de los organismos comprometidos en las Secciones Primera: Gobierno Cen- tral y Segunda: Instancias Descentralizadas; Estando alo informado por la Dirección de Programa- ción, Evaluación Presupuesta1 y Procesamiento de la Dirección Nacional del Presupuesto Público; De conformidad con lo dispuesto por el Artículo 34” de la Ley N” 26703 - Ley de Gestión Presupuestaria del EstadoyelArtículo20”delaDirectivaN”001-98-EF/76.Ol aprobada por Resolución Directoral N” 043-97-EFi76.01; SE RESUELVE: Artículo lo.- Ampliar el Calendario de Compromisos del mes de octubre del Ejercicio Fiscal 1998, en los montos que se detallan en el anexo de la presente resolución. Artículo 2”.- Los montos aprobados en el anexo que se señala en el artículo precedente, se desagregan a nivel de Pliego,, Unidad Ejecutora, Función, Programa, Grupo Genénco de Gastos y Fuentes de Financiamiento, de acuerdo a los reportes que forman parte de la ampliación de Calen- dario de Compromisos del mes de octubre de 1998. Regístrese y comuníquese. REYNALDO BRINGAS DELGADO Director General Dirección Nacional del Presupuesto Público ANEXO DE LA RESOLIJCION DIRECTORAL Ne 039-9&EFi76.01 AMPLIAClON DE CALENDARIO DE COMPROMISOS OCTUBRE DE 1996 SECCIONES ENNUEVOSSOLES PRIMERA: GOBIERNO CENTRAL 136 567 693Artículo lo.- Autorizar al zoológico Kusatsu Tropica- na, ubicado en Kusatsu 593, Kusatsu-cho, Amazu-gun, ciudad de Gunma, 377-17, Japón, para que con fines de difusión cultural, dentro del período de tres (3) meses inmediatos posteriores a la fecha de publicación de la presente resolución, realice la extracción de cuatro (41 ejemplares de Rupicola peruviana en el territorio na- cional a excepción de las Areas Naturales Protegidas, con fines de difusión cultural. RECURSOS ORDINARIOS 101 666 637 Artículo 2“.- El zoológico Kusatsu Tropicana, deberá RECURSOSDIRECTAMENTERECAUDADOS 15 281 268 comprometerse a lo siguiente:RECURSOS POR OPERAC. OFICIALES DE CREDITO EXTERNO 10 746 660 DONACIONES Y TRANSFERENCIAS 6 671 108 SEGUNDA: INSTANCIAS DESCENTRALIZADAS 84 235 611 RECURSOS ORDINARIOS 44 657 961 CANONYSOBRECANON 4 305 391 PARTICIPAClON EN RENTAS DE ADUANAS 2 750 OO0 RECURSOS DIRECTAMENTERECAUDADOS 22 674 418 RECURSOS POR OPERAC. OFICIALES DE CREDITO INTERNO 6 353 941 DONACIONES Y TRANSFERENCIAS 3 293 900 TOTAL GENERAL: 220 803 304 12697 AGRULXXWRA Autorizan la extracción de ejemplares de fauna silvestre con finesde difusión cultural RESOLUCION MINISTERIAL W 0570-Ba-AG Lima, 29 de octubre de 1998 Vista la solicitud presentada por el zoológico Kusatsu Tropicana,ubicadoenKusatsu593, Kusatsu-cho,Amazu- gun, ciudad Gunma, 377-17, Japón, a través de su direc- tor, don Toshio Imai, para autorización de extracción de ejemplares de fauna silvestre vedada con fines de difusión cultural; CONSIDERANDO: Que, el mencionado zoológico ha solicitado autoriza- ción para la extracción de cuatro (4) ejemplares deRupi- cola peruviana, con fines de difusión cultural; Que, los especímenes solicitados se encuentran incur- sos dentro de la prohibición establecida en la Resolución Ministerial N” 01082-90-AG, que veda su caza, captura, comercialización, transporte y exportación, a excepción de aquellas destinadas exclusivamente para fines de in- vestigación científica y difusión cultural; Que, de conformidad con el Artículo 12” del Reglamento de Conservación de Flora y Fauna Silves- tres, aprobado por Decreto Supremo N” 158-77-AG, la extracción o caza de especies de fauna silvestre veda- das indefinidamente, así como la exportación de los especímenes será autorizada sólo con fines de investi- gación científica o difusión cult Ural, mediante Resolu- ción Ministerial; Que, la Resolución Ministerial W 0164.93-AG fija los precios por derecho de extracción que deberán abonar las personas naturales o jurídicas nacionales o extranjeras que soliciten especímenes de fauna silvestre vedada para destinarlos a zoológicos con fines de difusión cultural debidamente comprobados; De conformidad con lo dispuesto en los Decretos Leyes N”s. 21147 y 25902 y, los Decretos Supremos N”s. 158-77- AG y 055-92-AG; SE RESUELVE: