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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 1998 (05/11/1998)

CANTIDAD DE PAGINAS: 44

TEXTO PAGINA: 43

- ^ Lima, jueves 5 de noviembn: de 1998 N P&. 165457 Regístrese y comuníquese. SUSANA RAMIREZ DE LA TORRE Directora General de Obras Dirección General de Obras Dirección Municipal de Desarrollo Urbano 12586 :~WECIPALIDAD DE S&N MARTIN DE PORRES Aprueban habilitación urbana para uso de vivienda de terreno ubicado en el distrito RESOLUCION DE ALCALDIA IV 872-98-AUMDSMF’ San Martín de Porres, 2 de octubre de 1998 VISTOS; el Exp. No A-2840-98 organizado por la Aso- ciación de Propietarios del Proyecto de Desdoblamiento Familiar Urb. El Rosario, referente ala aprobación de la habilitación urbana, en vía de regularización para uso de vivienda del terreno de 242,564 m2, ubicado en el ex Fundo Condevilla Señor en elValle Bocanegra del distrito de San Martín de Porres. CONSIDERANDO : Que,medianteResoluciónDirectoralSuperiorW 1211- 78-VG de fecha 29.12.78.) el Ministro de Vivienda y Cons- trucción aprobólos estudios preliminares de Habilitación Urbana en vía de regularización para uso de vivienda del terreno de 242,564 m2, ubicado en el ex fundo Condevilla Señor en el Valle de Bocanegra del distrito de San Martín de Por-res; Que, la acotada resolución se aprobó en mérito al Decreto Supremo N” 009-WVC y Plano de Lotización aprobado por el Ministerio de Vivienda y Construcción y la Municipalidad Metropolitana de Lima; Que, de acuerdo alo dispuesto en el Art. 3” y Segunda Disposición Transitoria y Complementaria de la Ley Ge- neral de Habilitaciones Urbanas N” 26878, a partir de la fecha de su vigencia, esto es del 21 de noviembre de 1997, es competencia de las Municipalidades Distritales, en el ámbito de su respectiva circunscripción territorial, cono- cer y aprobarlas solicitudes de habilitación urbana, inclu- yendo los casos de regularización de habilitaciones pen- dientes o en trámite; Que, en el Inc. b), del Decreto Supremo N” 011-98- MTC, que aprueba el Texto Unico Ordenado del Regla- mento de la Ley General de Habilitaciones Urbanas, permite dar por cumplida la etapa de aprobación de la habilitación urbana, cuando se cuente con resolución consentida de la autoridad competente que apruebe los estudios preliminares ylo estudios definitivos del Proyec- to de Habilitación Urbana; Que, por Informe N” 090-9&CVHU/DODUMDSMP de fecha 2.10.98., procedente de la Comisión Verificadora de Habilitaciones Urbanas con la conformidad de la Direc- ción de Obras y DesarrolIo Urbano, se establece que previa verificación de los documentos que obran en autos, cumple con los requisitos dispuestos en el Art. 5” de la Ley General de Habilitaciones Urbanas N” 26878 y normas conexas; Que, mediante Informe N” 1175-98-OAJMDSMP, de fecha 2.10.98., de la Oficina de Asesoría Jurídica señala que en el caso de autos, la Asociación de Propietarios del Proyecto de Desdoblamiento Familiar, Urb. El Rosario cuenta con la Resolución Directoral Superior N” 1211-78- VC, emitida por la autoridad competente y debidamenteinscrita en los Registros Públicos y con la cual aprobó sus estudios preliminares, de conformidad con lo dispuestoen el Art. 9” Inc. b), del Texto Unico Ordenado del Reglamen- to de la Ley General de Habilitaciones Urbanas, aprobado por el D.S. W Oll-9%MTC; Estando a lo informado por la Dirección de Obras y Desarrollo Urbano, con la opinión de la Oficina de Aseso- ría Jurídica de conformidad con lo dispuesto en la Ley General de Habilitaciones Urbanas No 26878, y en uso de las facultades conferidas por la Ley Orgánica de Munici- palidades, Ley No 23853; SE RESUELVE : Artículo Primero.- Aprobar la Ira. Etapa de habili- tación urbana para uso de vivienda del terreno de 242,564 m2, ubicado en el ex Fundo Condevilla Señor en el Valle de Bocanegra del distrito de San Martín de Porres. Artículo Segundo.- Autorícese a la Asociación de Propietarios del Proyecto de Desdoblamiento Familiar Urb. “El Rosario”, para ejecutar las obras de habilitación urbana de acuerdo al Plano de Lotización aprobado por el Ministerio de Vivienda y Construcción y la Municipalidad Metropolitana de Lima por D.S. WOO9-88-VC , materia de la presente aprobación en base al siguiente detalle de áreas: - Area bruta del terreno - Area expropiada por la Coop. de Viv. Ama Kella - Area habilitable . Area local comunal . Area ocupada por Coop. Viv. - Area de comercio (mercado) . Ministerio de Educación - Area útil de vivienda . Area de recreación pública . Area de compensación - Area de vias _ Area Subestación SCP. 8239 Lt. 37 a, Mz. Hl - Area Subestación SCP. 8239 Lt. 37-l”, Mz.H APORTES - Recreación Ptiblica R.N.C. Proyecto Déficit - Educación R.N.C. Proyecto Déficit - Otros Fines A.N.C. Proyecto Déficit21,830.76 m2 14,868.18 m2 6,962.58 m2 4,851.28 m2 713.00 m2 4,138.28 m2 4,851.28 m2 18.00 m2 4,833.28 m2291,354.OO m2 48,790.OO m2 242,564.OO m2 189.75m2 2J72.00 m2 695.25 m2 713.00 m2 125,819.30 m2 14j368.18 m2 4,037.75 mz 95,935.02 m2 9.00 m2 9.00 m2 9.ooo% 6.130% 2.870% 2.OcO% 0.290% 1.710% 2.000% 0.007% 1.993% Artículo Tercero.- Las características de las obras de pavimentación son las siguientes : SUBB.ASANTES.- Subrasantes.- Para conseguir un suelo estabilizado y teniendo listo el corte a nivel subra- sante, será necesario efectuar una evaluación de la super- ficie del terreno natural eliminando el que contenga restos orgánicos, escarificando y mejorando su calidad en un espesor de 0.20 m., mediante la adición de material granular, mezclándose con riegos sucesivos y cercanos al óptimo contenido de humedad, hasta alcanzar como míni- mo el 95% de la Densidad Proctor Modificado de Labora- torio para uníndice C.B.R. mínimo de 20%. Las partículas sólidas de esta capa tendrán un diámetro máximo de 2”. BASE.- Posterior a la capa anterior debe colocarse una capa de base afirmada de 0.20 m. de espesor, compac- to provenientes de cantera seleccionada, que contenga proporciones adecuadas de material grueso(con diámetro máximo de 1 l/2”), finos y ligantes en proporciones ade-