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Lima, jueves 5 de noviembn: de 1998 c[m Pág. 165449 CONSIDERANDO: Que la citada empresa ha cumplido con presentar la documentación pertinente que justifica el traslado solici- tado;namiento en la demanda de nulidad que inicie la ONP, de conformidad con la Ley N” 26835. Artículo 2”.- La presente norma entra en vigencia a partir del 1 de octubre de 1998. Estando a lo informado oor el Intendente de Institu- Regístrese, comuníquese y publíquese. ciones Financieras “D” mediante Informe N” ASIF “D”- 210-OT-98; y, De conformidad con lo dispuesto por el Artículo 32” de la Lev N” 26702 - Lev General del Sistema Financiero Y del Siste”ma de Segurosy Orgánica de la Superintendencia de BancaySegurosylaCircularN”B-1996-97;y,envirtudde la facultad delegada mediante Resolución SBS N” 003-98; RESUELVE: Artículo Unico.- Autorizar al Banco Internacional del Perú - Interbank el traslado definitivo de su agencia del local 15C en el Mercado Mayorista N” 1 de Verduras al local 15D del mismo Mercado Mayorista, ubicado en el distrito de San Luis, provincia y departamento de Lima. Regístrese, comuníquese y publíquese. SOCORRO HEYSEN ZEGARRA Superintendenta Adjunta de Banca 12649 OFXCLNA DE NORMALIZACIQN PREVISIONAL Aprueban Directiva que establece procedimiento para acceder a Pensión Especial por Regularización a que se refiere la Ley N” 26835 RESOLUCION JEFATURAL lV’ 087.98/ONP-JEFATURA Lima, 1 de octubre de 1998 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Ley N” 25967, modificado por Ley N” 26323, se creó la Oficina de Normalización Previ- sional (ONP) con el objetivo de administrar centra- lizadamente el Sistema Nacional de Pensiones y el Fondo de Pensiones a que se refiere el Decreto Ley N” 19990, así como de otros sistemas de pensiones administrados por el Estado; Que, mediante la Ley N” 26835 se estableció que las personas que como consecuencia de acogerse al Programa de Regularización Pensionaria o de allanarse a la acción judicial de nulidad promovida por la ONP, vieran revoca- da de manera total su pensión del régimen 20530, podrán obtener una Pensión Especial por Regularización; Que, es necesario establecer las reglas que se aplica- rán para determinar el otorgamiento y el monto de la probable Pensión Especial por Regularización, así como los requisitos que debe cumplir el solicitante en cada caso; Estando a las facultades senaladas en el Estatuto y en el Reglamento de Organización y Funciones de la Oficina de Normalización Previsional aprobados por D.S. N” 61-95-EF y R.S. N” 048-95EF, respectivamente, la Resolución Suprema N” 0’75-97-EF; el Decreto Legislativo N” 817; la Ley W 26835, reglamentada por el D.S. N” 070-98.EF: SE RESUELVE: Artículo l”.-AprobarlaDirectivaN”003-98JF/ONP, que establece el procedimiento para acceder a la Pensión Especial por Regularización como consecuencia del alla-AIDA AMEZAGA MENENDEZ Jefa DIRECTIVA No 003.98.JFIONP PROCEDIMIENTO P4RA ACCEDER A PENSION ESPECIAL POR REGULARIZACION COMO CONSECUENCIA DEL ALLANAMIENTO EN LA DEMANDA DE NULIDAD INICIADA PORLAONPENVIRTUDDELA LEY No 26835 1. OBJETIVO Establecer las normas y procedimientos administra- tivos a seguirse para acceder a la Pensión Especial por Regularización (PER) para aquellas personas que se alla- nen ala acción judicial de nulidad promovida por la ONP, determinándose el procedimiento para el cálculo de la PER aplicable a las personas indicadas. 2. BASE LEGAL D.L. W 19990 D.L. N” 25967Sistema Nacional de Pensiones Modifica el goce de pensiones de jubilación que administra el Insti- tuto Peruano de Seguridad Social Ley N” 26504 Modifican el Régimen de Prestacio- nes de Salud, el Sistema Nacional de Pensiones, el Sistema Privado de Fondos de Pensiones y la estructu- ra de contribuciones al Fonavi D.Leg. W 817 Ley del Régimen Pre%ional a car- go del Estado D.S. W 073-96.EF Reglamento del Decreto Legislati- vo N” 817 Ley No 26835 Establecen que la ONP es la enti- dad competente para reconocer y declarar pensiones derivadas de derechos pensionarios legalmente obtenidos al amparo del D.L. N’ 20530 D. S. W 070.9%EF Aprueba el Texto U nico Ordenado del Régimen Pensionario del Esta- do. 3. CONCEPTOS Para gozar de la PER, aquellas personas que se hubie- ren allanado a la acción judicial de nulidad promovida por la ONP, deberán presentar una solicitud de PER, la misma que se determinará con arreglo a las normas del Decreto Ley N” 19990, normas modificatorias y la pre- sente Directiva. 4. PROCEDIMIENTO Para efectos de determinar la Pensión Especial por Regularización estipulada en el pumo 6 del Artículo 1 I”de la Ley N” 26835 se debe tener en cuenta los siguientes conceptos: 4.1 CONTINGENCIA Se considerará como edad a efectos de verificar la contingencia, la edad que tiene el solicitante a la fecha de la presentación de la solicitud de la PER. Tratándose de derecho derivado la edad a la contingencia será la edad a la fecha de fallecimiento del causante.