Norma Legal Oficial del día 05 de noviembre del año 1998 (05/11/1998)


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TEXTO DE LA PÁGINA 35

MORDAZA, jueves 5 de noviembn: de 1998 CONSIDERANDO: Que la citada empresa ha cumplido con presentar la documentacion pertinente que justifica el traslado solicitado; Estando a lo informado oor el Intendente de Instituciones Financieras "D" mediante Informe N" ASIF "D"210-OT-98; y, De conformidad con lo dispuesto por el Articulo 32" de la Lev N" 26702 - Lev General del Sistema Financiero Y del Siste"ma de Segurosy Organica de la Superintendencia de BancaySegurosylaCircularN"B-1996-97;y,envirtudde la facultad delegada mediante Resolucion SBS N" 003-98; RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar al Banco Internacional del Peru - Interbank el traslado definitivo de su agencia del local 15C en el MORDAZA Mayorista N" 1 de Verduras al local 15D del mismo MORDAZA Mayorista, ubicado en el distrito de San MORDAZA, provincia y departamento de Lima. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA HEYSEN MORDAZA Superintendenta Adjunta de Banca 12649

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namiento en la demanda de nulidad que inicie la ONP, de conformidad con la Ley N" 26835. Articulo 2".- La presente MORDAZA entra en vigencia a partir del 1 de octubre de 1998. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA AMEZAGA Jefa MORDAZA

DIRECTIVA No 003.98.JFIONP PROCEDIMIENTO P4RA ACCEDER A PENSION ESPECIAL POR REGULARIZACION COMO CONSECUENCIA DEL ALLANAMIENTO EN LA DEMANDA DE NULIDAD INICIADA PORLAONPENVIRTUDDELA LEY No 26835 1. OBJETIVO Establecer las normas y procedimientos administrativos a seguirse para acceder a la Pension Especial por Regularizacion (PER) para aquellas personas que se allanen ala accion judicial de nulidad promovida por la ONP, determinandose el procedimiento para el calculo de la PER aplicable a las personas indicadas. 2. BASE LEGAL D.L. W 19990 D.L. N" 25967 Sistema Nacional de Pensiones Modifica el goce de pensiones de jubilacion que administra el Instituto Peruano de Seguridad Social Modifican el Regimen de Prestaciones de Salud, el Sistema Nacional de Pensiones, el Sistema Privado de Fondos de Pensiones y la estructura de contribuciones al Fonavi Ley del Regimen Pre%ional a cargo del Estado Reglamento del Decreto Legislativo N" 817 Establecen que la ONP es la entidad competente para reconocer y declarar pensiones derivadas de derechos pensionarios legalmente obtenidos al MORDAZA del D.L. N' 20530

OFXCLNA DE NORMALIZACIQN PREVISIONAL
Aprueban Directiva que establece procedimiento para acceder a Pension Especial por Regularizacion a que se refiere la Ley N" 26835
RESOLUCION JEFATURAL lV' 087.98/ONP-JEFATURA MORDAZA, 1 de octubre de 1998 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Ley N" 25967, modificado por Ley N" 26323, se creo la Oficina de Normalizacion Previsional (ONP) con el objetivo de administrar centralizadamente el Sistema Nacional de Pensiones y el Fondo de Pensiones a que se refiere el Decreto Ley N" 19990, asi como de otros sistemas de pensiones administrados por el Estado; Que, mediante la Ley N" 26835 se establecio que las personas que como consecuencia de acogerse al Programa de Regularizacion Pensionaria o de allanarse a la accion judicial de nulidad promovida por la ONP, vieran revocada de manera total su pension del regimen 20530, podran obtener una Pension Especial por Regularizacion; Que, es necesario establecer las reglas que se aplicaran para determinar el otorgamiento y el monto de la probable Pension Especial por Regularizacion, asi como los requisitos que debe cumplir el solicitante en cada caso; Estando a las facultades senaladas en el Estatuto y en el Reglamento de Organizacion y Funciones de la Oficina de Normalizacion Previsional aprobados por D.S. N" 61-95-EF y R.S. N" 048-95EF, respectivamente, la Resolucion Suprema N" 0'75-97-EF; el Decreto Legislativo N" 817; la Ley W 26835, reglamentada por el D.S. N" 070-98.EF: SE RESUELVE: Articulo l".-AprobarlaDirectivaN"003-98JF/ONP, que establece el procedimiento para acceder a la Pension Especial por Regularizacion como consecuencia del alla-

Ley N" 26504

D.Leg. W 817 D.S. W 073-96.EF Ley No 26835

D. S. W 070.9%EF Aprueba el Texto U nico Ordenado del Regimen Pensionario del Estado. 3. CONCEPTOS Para gozar de la PER, aquellas personas que se hubieren allanado a la accion judicial de nulidad promovida por la ONP, deberan presentar una solicitud de PER, la misma que se determinara con arreglo a las normas del Decreto Ley N" 19990, normas modificatorias y la presente Directiva. 4. PROCEDIMIENTO Para efectos de determinar la Pension Especial por Regularizacion estipulada en el pumo 6 del Articulo 1 I"de la Ley N" 26835 se debe tener en cuenta los siguientes conceptos: 4.1 CONTINGENCIA Se considerara como edad a efectos de verificar la contingencia, la edad que tiene el solicitante a la fecha de la MORDAZA de la solicitud de la PER. Tratandose de derecho derivado la edad a la contingencia sera la edad a la fecha de fallecimiento del causante.

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