Norma Legal Oficial del día 10 de noviembre del año 1998 (10/11/1998)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 19

MORDAZA, martes 10 de noviembre de 199X

Aprueban Ordenanza que regula el retiro de vehiculos abandonados en la via publica
ORDENANZA W 23-98
San MORDAZA, 30 de setiembre de 1998 LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA CONSIDERANDO: Que, es funcion municipal prestar el servicio de limpieza publica y velar por el mantenimiento y conservacion del ornato de la ciudad; Que existe un gran numero de vehiculos abandonados por sus propietarios en la via publica atentando contra el ornato y la seguridad de los transeuntes, ya que algunos sirven en muchos casos como refugio a elementos de mal vivir, delincuentes, drogadictos o son utilizados como letrinas; Que es necesario adoptar las medidas del caso, a fin de garantizar el retiro de dichos vehiculos en el mas breve plazo; De conformidad a lo dispuesto en los Articulos 66" y 109" de Ley Organica de Municipalidades (Ley N" 238531; POR CUANTO: En sesion extraordinaria de la fecha, el Concejo Distrital, con dispensa de la aprobacion del Acta acordo aprobar la siguiente:

Articulo `7".- El vehiculo internado podra ser reclamado por su propietario, quien debera acreditar tal condicion con la tarjeta de propiedad o contrato debidamente legalizado. El propietario podra hacerse representar por un apoderado. Para retirar el vehiculo, el propietario debera cumplir con lo siguiente:
1. Pagar el costo del traslado del mismo al deposito municipal. 2. Cancelar el derecho de guardiania, que sera establecido mediante ordenanza. 3. Pagar la parte proporcional del costo de la publicacion dispuesta en el Articulo 4". 4. Cualquier otro gasto ocasionado ala Municipalidad de San MORDAZA por el retiro del vehiculo. Al momento de la entrega del vehiculo se suscribira un acta de recepcion del vehiculo, la cual debera ser firmada por el propietario y el funcionario responsable del deposito municipal. indicandose el estado en que se entrega el vehiculo.

ORDENANZA QUE REGLAMENTA EL RETIRO DE VFXIICULOS EN ESTADO DE ARANDONO EN LA VIA PUBLICA

Articulo lo.- La presente ordenanza reglamenta lo relativo a las acciones a tomar, infracciones y sanciones a aplicar respecto del retiro de vehiculos abandonados en la via publica como una medida de mejoramiento del ornato del distrito y limpieza publica. La Direccion de Servicios Comunales es el organo competente para el cumplimiento de lo dispuesto en el presente reglamento. A esta dependencia se le mencionara en esto reglamento como "la Direccion". La Direccion de Seguridad Ciudadana a traves de sus dependencias brindara el apoyo requerido por la Direccion, la misma que en caso necesario. podra solicitar el MORDAZA de la Policia Nacional, conforme a lo dispuesto en el Articulo 114" de la Ley Organica de Municipalidades. Articulo !Z'.- Constituye infraccion el hecho que los vehiculos automotores permanezcan inmovilizados en la via publica por mas de treinta dias consecutivos con signos POR TANTO: evidentes de no estar en condiciones de movilizarse o sin que el propietario demuestre interes en utilizarlo. Mando se registre, publique y cumpla. Articulo 3".- En el caso que se infrinja la prohibicion establecida en el presente reglamento, la Direccion, drclarara el vehiculo en situacion de abandono y se procedera a MORDAZA MORDAZA MORDAZA trasladarlo al deposito municipal por cuenta del propietario Alcaldesa y eventualmente se vendera en publica subasta (remate) de acuerdo al procedimiento establecido en el presente regla12963 mento. Articulo 4".- Determinada la situacion de abandono del vehiculo, la Direccion procedera a notificar al propietario del Establemm I narindn ( i-1 mismo en su domicilio, en caso de que este sea conocido, de lo contrario, la notificacion se colocara en una parte visible del vehiculo y se publicara en el Diario Oficial El Peruano, 1 otorgandole para su retiro un plazo no mayor de cinco (5) dias utiles. Articulo 5".- Dentro de los cinco (5) dias habiles siguienDECRETO DE ALCALDIA tes de determinada la situacion de abandono de un vehiculo w 020-98 Y una vez realizada la notificacion correspondiente. la Direccion informara a la Policia Nacional del Peru sobre la San MORDAZA, 2 de noviembre de 1998 ubicacion de vehiculo, caracteristicas v el estado en que se encuentra a fin de qUe se determine ia situacion legal del LA ALCALDIA, vehiculo. sin perjuicio de continuar con las acciones que correspondan dentro de los pasos establecidos en el presente reglamento. CONSIDERANDO: -Articulo 6".- Vencido el plazo senalado en el Articulo 4 del presente reglamento, la Direccion, con el apoyo de la Que, de conformidad con lo prescrito en el Articulo 87" Direccion de Seguridad Ciudadana, si fuese necesario, de la inciso 1) y 88" del Codigo Tributario, es obligacion de los Policia Nacional del Peru, procedera a trasladar los vehicudeudores tributarios facilitar las labores de fiscalizacion y los al deposito municipal. Es obligacion del propietario determinacion que realice la Administracion Tributaria, asumir el costo del traslado del vehiculo. Para trasladar el realizando la declaracion tributaria en la forma establecida vehiculo al deposito municipal se extendera un "Acta de por la ley o el reglamento, la cual puede constituir la base Levantamiento y Traslado". para la determinacion de la obligacion tributaria;

Articulo So.- El vehiculo puede ser puesto a disposicion de la DIROVR o del Juzgado competente cuando lo soliciten conforme a los procedimientos respectivos. Articulo So.- Cuando un vehiculo permanezca por mas de treinta dias habiles en el deposito municipal sin ser reclamado por el propietario o sin que la DIROVR o el Juzgado competente soliciten que se ponga a su disposicion, la Direccion procedera a su remate. Para tal fin notificara a los propietarios mediante la publicacion por dos dias consecutivos de un aviso en el Diario Oficial El Peruano y en un diario de la capital. El aviso indicara el lugar, dia y hora del acto de subasta publica de aquellos vehiculos que no MORDAZA recuperados en la forma prevista en este reglamento. Articulo lo".- La Direccion programara la venta de dichos vehiculos mediante subasta publica (remate), con intervencion del martillero publico de conformidad a lo dispuesto en los dispositivos legales vigentes. Articulo ll".- El propietario podra retirar el vehiculo hasta el momento mismo del remate, previo pago de las sumas correspondientes, conforme al Articulo 7" del presente reglamento. Los gastos de remate seran asumidos a prorrata por los compradores en caso de efectuarse la venta, quienes pagaran los honorarios del martillero. Articulo 12".- El producto del remate de los vehiculos abandonados constituye ingreso de la Municipalidad y se aplicara en primer termino a recuperar los gastos efectuados en el MORDAZA previsto en el presente reglamento. Articulo 13".- Dejese sin efecto todas las disposiciones municipales que se opongan a lo dispuesto en la presente ordenanza. Articulo 14".- La presente ordenanza entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion.

yel Ivyv de Regularizacion Tributaria para los contribuyentes del distrito

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.