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Lima, manes 10 de noviembre dc 1998 m Pág. 165617 Informe Especial N”601-98iINABIF.OAI, por los hechos descri- tos en la parte considerativa de la presente resolución, Artículo 2”.- Remitir copia de la presente resolución, así como los antecedentes del caso ala mencionada Procuradora Pública para los fines pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese MIRIAM SCHENONE ORDINOLA Ministra de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano 12983 PESQUERIA Amplían plazo de autorización de pesca a que se refieren las RKMM. Nos. 503 y 513998-PE RESOLUCION MINISTERIAL No 546-98-PE Lima, 9 de noviembre de 1998 CONSIDERANDO: Que el Artículo 2” del Decreto Ley N” 25977, Ley General de Pesca, establece que son patrimonio de la Nacion los recursos hidrobiológicos contenidos en las aguas jurisdiccio- nales del Perú y, en consecuencia, corresponde al Estado regular el manejo integral y la explotación racional de dichos recursos; Que el Artículo 9” de la precitada Ley General dispone que el Ministerio de Pesquería sobre la base de evidencias científicas disponibles y de factores socioeconómicos, deter- minará según el tipo de pesquería, los sistemas de ordena- miento, las cuotas de captura permisible, las temporadas, zonas de pesca, regulación del esfuerzo pesquero, métodos de pesca, talla mínima de captura y demás normas que requiera la preservación y explotación racional de los recursos hidro- biológicos; Que mediante Resolución Ministerial N” 459-98-PE de fecha 23 de setiembre de 1998 se estableció el réeimen provisional de pesca de los recursos pelágicos para la primera temporada de pesca correspondiente al año biológico 1998- 1999 y como parte del cual se autorizó en calidad de pesca exploratoria, las actividades de extracción y procesamiento de los recursos samasa, falso volador, pez cinta, bagre, vicinguerria y otros pelágicos, en la zona comprendida entre el extremo norte del dominio marítimo y el paralelo LO” 6’ LS. (Huarmey); Que mediante Resolución Ministerial N” 503-98-PE de fecha 9 de octubre de 1998, precisada en sus alcances mediante Resolución Ministerial N” 513-98-PE, se autori- zó en calidad de pesca exploratoria desde las 00.00 horas del día 15 de octubre hasta las 24.00 horas del 21 de octubre de 1998, las actividades de extracción y recepción de los recursos anchoveta (Engraulis fingens), anchove- ta blanca (Anchoa nasus) y los recursos autorizados por el Artículo 2” de la Resolución Ministerial N” 459-98-PE, en la zona comprendida entre el extremo norte del dominio marítimo y el paralelo 16” LS., en el marco del régimen provisional de pesca a que se hace referencia en el ronsi- derando precedente; Que mediante Resolución Ministerial N” 538-98-1’3 de fecha 30 de octubre de 1998, se incluyó a las embarcaciones de arrastre comprendidas en los incisos D), E), F) y Gt de la Resolución Ministerial N” 500-98-PE, en los alcances de lo dispuesto en el segundo párrafo del Artículo 2” de la Resolu- ción Ministerial N” 459.98-PE. amuliada oor la Resolución Ministerial N” 503-98-PE, coA ex’cepción de los recursos anchoveta y sardina; Que de acuerdo a los reportes del Instituto del Mar del Perú - IMARPE, se considera necesario continuar con las autorizaciones de pesca establecidas para el mencionado régimen provisional; De conformidad con las disposiciones del Decreto Ley N” 25977, Ley General de Pesca y de su reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N” Ol-94-PE; Con la opinión favorable del Viceministro; SE RESUELVE: Artículo lo.- Amplíase desde las 00.00 horas del dia 12 de noviembre hasta las 24.00 horas del dia 18 de noviembre de1998, la autorización de pesca establecida en la Resolución Ministerial N” 503-98-PE, cuyos alcances fueran precisados mediante la Resolución Ministerial N” 513-98-PE, incluyen- do en dicha autorización a las embarcaciones a que hace referencia la Resolución Ministerial N” 538-98-PE. Artículo 2”.- Suspéndase durante el período establecido en el artículo anterior, las disposiciones del Artículo 13” de la Resolución Ministerial N” 409-98-PE referidas a la entidad que resultó ganadora del concurso convocado en la Resolu- ción Ministerial N” 102-97-PE; asimismo, manténgase la vigencia de los Artículos 3” al 6“ de la Resolución Ministerial N” 503-98-PE. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUDWIG MEIER CORNEJO Ministro de Pesquerfa 12992 PODER JUDICIAL Aceptan donaciones de terrenos ubi- cados en los distritos de Parcona y Motupe RESOLUCION ADMINISTRATIVA DEL TITULAR DEL PLIEGO DEL PODER JUDICIAL W 444-98-SE-TP-CME-PJ Lima, 9 de noviembre de 1998 VISTOS: Las Rkoluciones de Alcaldía s”s. 192-98-MDP/A y 216- 9%MDP/A, expedidas por la Municipalidad Distrital de Parcona, provincia y departamento de Ica, y demás docu- mentos que se acompañan; CONSIDERANDO: Que, mediante los documentos de vistos, se aprobó la donación en favor del Poder Judicial, de un terreno de 864.03 metros cuadrados ubicado en la primera cuadra de la avenida Jhon F. Kennedy, distrito de Parcona, provincia y departamento de Ica, cuya área se encuentra especificada en la Ficha N” 6389 del Registro de la Propiedad Inmueble de Ica; Que, por Resolución Administrativa N” 566-CME-PJ, corresponde a la Secretaría Ejecutiva de la Comisión Ejecu- tiva del Poder Judicial, evaluar la aceptación de las donacio- nes de bienes muebles e inmuebles que se realicen en favor de los órganos de este Poder del Estado; Que, habiéndose previsto dentro del Programa de Mejo- ramiento del Acceso a la justicia, la construcción e implemen- tación de Módulos Básicos de Justicia en el territorio nacio- nal, es conveniente aceptar la donación antes mencionada; En uso de las atribuciones otorgadas por las Resoluciones Administrativas N”s. OlB-CME-PJ, 032~CME-PJ, 566~CME- PJ y 031-98-SE-TP-CME-PJ; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aceptar la donación efectuada por la Municipalidad Distrital de Parcona en favor del Poder Judi- cial, de un terreno de 864.03 metros cuadrados, ubicado en la primera cuadra de la avenida Jhon F. Kennedy, distrito de Parcona, provincia y departamento de Ica, cuya área se encuentra especificada en la Ficha NO6389 del Registro de la Propiedad Inmueble de Ica. Artículo Segundo.- Autorizara la Sra. Presidenta de la Corte Superior de Justicia de Ica, para que en nombre y representación del Poder Judicial, suscriba los documentos necesarios para la formalización de la transferencia a que se contrae el artículo precedente. Art.ículoTercero.-Transcribirlapresenteresoluciónala Superintendencia de Bienes Nacionales, Contraloria General de la República, Gerencia General, Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Ica y a los órganos correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. DAVID PEZUA VIVANCO Titular del Pliego del Poder Judicial 12988