Norma Legal Oficial del día 10 de noviembre del año 1998 (10/11/1998)


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TEXTO DE LA PÁGINA 17

I.ima, martes 10 dc noviembre de 1998
de autonomia politica, economica y administrativa, y las funciones son concordantes con la Ley Organica de Municipalidades, Ley N" 23853; Que, compete a los gobiernos locales en materia de acondicionamiento territorial el mantenimiento de la infraestructura MORDAZA, entre estas las vias publicas trniendo la potestad de organizar y mantener los sistemas de senales de semaforos como del MORDAZA de vehiculos y peatones; Que, en el distrito por Ordenanza N" 02-96-MS1 del 10 de octubre de 1996 se creo la Tasa de Estacionamiento de Vehiculos en la Via Publica y mediante Decreto de Alcaldia W 007-97.ALC/MSI del 20 dejunio de 1997 se establecio alas zonas comerciales concordante con la Ordenanza N" OJ9-94MML; Que, segun Ordenanza N" 127.97-MML se aprobo el Plano del Sistema Vial Metropolitano de la provincia de MORDAZA, la clasificacion de vias, la competencia de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA y de las Distritales en la infraestructura MORDAZA vial; Que, el Municipio de San MORDAZA ha realizado un Estudio Tecnico Normativo relacionado con el estacionamiento en la jurisdiccion concluyendo que el problema de trinsito y transporte se viene acrecentando dia a dia, generado por el uso irracional e indiscriminado de los conductores de vehiculos publicos y privados en areas residenciales, ocasionando el gran deficit de espacios, recomendando se dicten medidas de urgencia tales como el reordenamiento integral del MORDAZA y transporte vehicular, adecuada senalizacion y semaforizacion, acciones de educacion y seguridad vial, construccion de playas de estacionamiento con apoyo de la inversion privada en la modalidad de concesiones, etc.; Que, el Concejo de San MORDAZA en Sesion del 29 de noviembre de 1997 aprobo la Ordenanza N" lo-97.MS1 referente a las zonas rigidas para estacionamiento de vehiculos en avenidas y calles con arreglo a la Ordenanza N" 127-97-MML y elevada para su ratificacion a la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA la que segun DicLamen N" 99.9%CAL-MML de la Comision de Regidores de Asuntos Legales, recomendo se devuelva la mencionada Ordenanza Distrital para que se legisle en lo que es de su competencia; Estando a las atribuciones conferidas en el Articulo 47", inriso 6) de la Ley Organica de Municipalidades, Ley N" 23853; DECRETA: Articulo lo.- Declarese como zonas rigidas yio restringidas para el estacionamiento de vehiculos en las avenidas y calles locales, asi como las zonas para parqueo vehicular en la jurisdiccion de San MORDAZA determinadas por la Direccion de Desarrollo Urbano. Articulo 2".- Encarguese a la Direccion de Obras Publicas la reestructuracion de las actuales zonas de parqueo. Articulo 3"~ Encarguese a la Direccion de Seguridad Vecinal la ejecucion del presente decreto en coordinacion con la Policia Nacional del Peru. Articulo 4".- Transcribase el presente decreto a la Municipalidad Metropolitana de Lima. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase MORDAZA BARUA LECAROS MORDAZA 12958 FE DE ERRATAS DECRETO DE ALCALDIA N" 22-98-ALCfMSI Por Oficio N" 668-98.SGiMSI, la Municipalidad de San MORDAZA solicita se publique Fe de Erratas del Decreto de Alcaldia N" 22-98-ALC/MSI, publicado en nuestra edicion del dia 6 de noviembre de 1998, en la pagina 165506. DICE: Dado en San MORDAZA a los tres dias del mes de noviembre de mil novecientos noventiocho.

el-l) Pag. 165623
DEBE DECIR: Dado en San MORDAZA a los cinco dias del mes de noviembre le mil novecientos noventiocho. 12968

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA
Modifican ordenanza que aprobo normas para el uso del retiro municipal
ORDENANZA N" 20-98 San MORDAZA, 31 de agosto de 1998 LA ALCALDESA DE SAN MIGUEL; POR CUANTO: EL CONCEJO DE SAN MIGUEL; CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza W 14-98 del 30 de junio de 1998 y publicada el 19 de MORDAZA de 1998 en el Diario Oficial El Peruano se aprobaron las normas para el uso del retiro municipal; Que, a la entrada en vigencia y ejecucion de la citada disposicion, la Comision de Obras, luego del analisis practicado por la Direccion de Desarrollo MORDAZA, ha considerado la modificacion de algunas de sus disposiciones, adecuandolas a la realidad del distrito de San MORDAZA, permitiendo la promocion de actividades generadoras de trabajo para la poblacion; De conformidad con el Dictamen de la Comision de Obras y con la dispensa del tramite de aprobacion del Acta, en sesion extraordinaria de la fecha, aprobo la siguiente: ORDENANZA MODIFICATORIA DE LA ORDENANZA N" 14-98 Articulo Primero.- Modifiquense los Articulos 3" y 6 inciso g) de la Ordenanza N" 14-98 del 30 dejunio de 1998, en los siguientes terminos: Articulo 3": Es unicamente permitido el uso del retiro municipal para fines de expansion de la actividad que se desarrolla en el establecimiento comercial o de servicios que cuenta con autorizacion municipal de funcionamiento. No se podra autorizar la apertura de un establecimiento comercial yio de servicios que ocupe solamente el retiro municipal, salvo los giros o actividades exceptuadas mediante Decreto de Alcaldia. Articulo 6".- i...) g) Compromiso solidario del propietario y del arrendatario de retirar lo construido al solo requerimiento de la Municipalidad constituido como obligacion de hacer, e inscrito como gravamen del inmueble en los Registros Publicos. Este requisito podra ser sustituido por un compromiso similar con firmas legalizadas ante Notario Publico siempre y cuando la actividad se encuentre comprendida dentro de los conceptos de pequena o micro empresa contenidos en el Decreto Legislativo N" 705. Articulo Segundo.- Incorporese una cuarta Disposicion Transitoria a la Ordenanza N" 014-98 con el siguiente tenor: Cuarta: Tratandose de techos aligerados o similares existentes a la dacion de la presente ordenanza se exceptua lo dispuesto en el Articulo MORDAZA inciso d) para efectos de la regularizacion que dispone la primera disposicion transitoria. En ningun caso se podra autorizar la construccion de un MORDAZA piso salvo que exista ya a la dacion de la presente norma. POR TANTO: Mando se publique y cumpla. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Alcaldesa 12960

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