Norma Legal Oficial del día 10 de noviembre del año 1998 (10/11/1998)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 16

Pag. 165622 $1-l, ~MX~kWfl~
VISTOS, el Atestado Policial N" 058-98-ADUANAS-PP/ UIE del 21.0TC.98; y, CONSIDERANDO: Que, en virtud de la documentacion remitida con el Memorandum N" 1181-97-ADUANAS-INFA.12.02.01 del lO.NOV.97, por la Intendencia Nacional de Fiscalizacion Aduanera, se tomo conocimiento de las verificaciones efectuadas alas Declaraciones Unicas de Importacion N"s. 060614,070192,025673,036573,040097,060431,079011, 085103,035588,096813,034587 y 044788 del 22.0CT.93, 30.NOV.93,19.Al3R.94,31.MAY.94,13.JUN.94,29.AGO.94, 8.NOV.94,29.NOV.94,8.MAY.95,28.NOV.95,7.MAY.96y ll.JUN.96, respectivamente, numeradas por don CAFLOS MORDAZA MORDAZA SAN MORDAZA, detectandose indicios de subvaluacion; habiendose derivado dichos actuados a la Unidad de Investigaciones Especiales Adscrita a Aduanas, para su indagacion Tecnico - Policial correapondiente; Que, practicadas las investigaciones por dicha unidad, con intervencion de la Fiscalia Provincial Penal Especializada en Delitos Tributarios y Aduaneros, se ha formulado el Atestado de Vistos en el cual se evidencia presunta responsabilidad penal de MORDAZA MORDAZA MORDAZA SAN MORDAZA, al haber internado al MORDAZA mercancias subvaluadas procedentes de Colombia, a traves de las precitadas Declaraciones Unicas de Importacion, las mismas que se encuentran sustentadas en documentos falsos (facturas comerciales) las cuales expresan una reduccion en el valor de las mercancias en el orden del 77% del valor real de transaccion; circunstancia plenamente acreditada :d haberse contrastado los cargos de las facturas comerciales que el proveedor colombiano presento ante la Direccion de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) de Colombia, con las instrumentales presentadas por don MORDAZA MORDAZA MORDAZA San MORDAZA al sustentar la importacion de las mercancias en cuestion; comportamiento delictivo de=.arrollado con el proposito de evadir parcialmente el pago de los tributos aduaneros a la importacion que le eran legalmente exigibles, hecho que le ha causado al Estado Peruano un grave perjuicio economico de aproximadamente Ciento Diez Mil Doscientos Catorce y 801100 Dolares Amencanos KIS$110,214.80); Que, los hechos MORDAZA descritos, por la forma y circunstancias en que se produjeron, configuran los delitos de Defraudacion de Rentas de Aduana y Contra la Fe Publica, previstos y penados en los Incs. b) y d) del Art. 5" e Inc 0 del Art. 7" de la Ley N" 26461. Ley de los Delitos Aduaneros - y en el Art. 427" del Codigo Penal, lo cual amerita la necesidad de autorizar al Procurador Publico de esta Super!ntendencia, para que ejerza las acciones judiciales a que h .ibiere lugar; De conformidad con lo dispuesto por la Primera Diaposicion Complementaria de la Ley General de Aduanas I>ecreto Legislativo N" 809-; En ejercicio de las facultades delegadas mediante Resolucion de Superintendencia de Aduanas N" 002759 del 22.DIC.95; SE RESUELVE: Articulo Unico.- AUTORIZAR al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales de la Superintendencia Nacional de Aduanas, para que en defensa y representacion de los derechos e intereses del Estado, ejerza las acciones judiciales a que hubiere lugar en contra de MORDAZA MORDAZA MORDAZA SAN MORDAZA, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolucion; debiendose para tal efecto, remitirsele la documentacion actuada. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Superintendente Ejecutivo 12947 FtESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA E3ECUTIVA DE ADUANAS IV 000810 Callao, 4 de noviembre de 1998 Vistos, el Atestado N" 059-98-ADUANAS-PPKJIE 19.0CT.98; y, del CONSIDERANDO:

MORDAZA, martcs 10 de noviembre de 1998

Que, en virtud de la documentacion remitida por la Intendencia Nacional de Fiscalizacion Aduanera con Memorandum N" 1421-97 - ADUANASOB, se tomo conocimiento de la comision del ilicito de contrabando realizado por MORDAZA MORDAZA MORDAZA utilizando la modalidad de internamiento subrepticio de partes y accesorios para computadoras, omitiendo consignar, en los documentos presentados al despacho (entre otros, factura comercial, declaracionjurada, gula aereaycarta poder), datos correspondientes a dichas mercancias, las mismas que inclusive se encontraban ocultas en otras mercancias (monitores) declaradas en la documentacion senalada; habiendose derivado dichos actuados a la Unidad de Investigaciones Especiales Adscrita a la Procuraduria Publica, para su indagacion tecnico-policial correspondiente; Que, practicadas las investigaciones por dicha unidad con conocimiento de la Fiscalia Especializada en Delitos Tributarios y Aduaneros, se ha formulado el atestado de vistos en el cual se evidencia la presunta responsabilidad penal de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA ENRIQUEVASQUEZRUIZyYENIMERCEDESVASQUEZ MORDAZA, por el internamiento subrepticio de partes y accesorios para computadoras, acondicionados en el interior de diez monitores con el fin de burlar el control aduanero y evadir el pago total de tributos que grava la importacion de dichos bienes; siendo el monto de la evasion de SIETE MIL NOVECIENTOS SETENTAY TRES DOLARES AMERICANOS Y SETENTISEIS CENTAVOS KJSD $7,973.76); Que, los hechos MORDAZA descritos, por la forma en que se produjeron, configuran el ilicito de contrabando, lo cual sustenta la necesidad de autorizar al Procurador Publico de esta Superintendencia para que ejerza las acciones judiciales a que hubiere lugar; De conformidad con lo dispuesto por la Primera Disposicion Complementaria de la Ley General de Aduanas Decreto Legislativo N" 809; En ejercicio de las facultades delegadas mediante Resolucion de Superintendencia de Aduanas N" OO2759 del 22.DIC.95; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales de la Superintendencia Nacional de Aduanas, para que en defensa y representacion de los intereses del Estado, ejerza las acciones judiciales a que hubiere lugar contra MORDAZA MORDAZA NEYRACARMELO,CARLOSENRIQUEVASQUEZRUIZ, y YEN1 MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolucion; debiendo para tal efecto remitirsele la documentacion actuada. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Superintendente Ejecutivo 12948

MUNICIPAL1DAD DE SAN lSIDR0
Dictan disposiciones relativas a la declaracion de zonas rigidas para el estacionamiento vehicular y reestructuracion de zonas de parqueo en el distrito
DECRETO DE ALCALDIA w 23-9%ALUMSI San MORDAZA, 6 de noviembre de 1998 CONSIDERANDO: Que, de conformidad con los Articulos 191" y 192" de la Constitucion Politica del Estado las Municipalidades gozan

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.