Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 1998 (20/11/1998)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 6

Oficina de Administración No01 “Realización de Prácticas Preprofesionales”; IV02 “Realización de Tesis”; wo3 “Certificado de Prácticas Preprofesionales”; Estaciones Experimentales IV01 “Análisis de Suelos: Rutina, Fertilidad, Carac- terización, Salinidad, Determinaciones Parciales por Ele- mento”’ N” 02 “Ana& de Aguas con Fines de Riego”; N” 03 “Análisis Bromatológicos: Parcial y Comple- to”. N” 04 “Akilisis de Plantas: Parcial y Completo”; No 05 “Diagnóstico Entomológico”; N”06 “Diagnóstico Fitopatológico y Nematológico”; wo7 “Análisis de Calidad de Semillas”; N”08 “Constancia de Inspección de Campo”; wo9 “Prácticas Preprofesionales”; No 10 “Realización de Tesis”; N”11 “Certificado de Prácticas Preprofesionales”; N” 12 “Inscrinción en el Registro de Proveedores de Asistencia Técnica”; _ w 13 “Solicita Exclusión de Registro de PAT”; w 14 “Requerimiento de Capacitacion No Programada en el Plan Operativo”; Regístrese y comuníquese. RODOLFO MUÑANTE SANGUINETI Ministro de Agricultura RESOLUCION MINISTERIAL W 0626.98.AG Lima, 18 de noviembre de 1998 Visto el Informe N” 520-98-AG-PE’IT-DTSL del 6 de noviembre de 1998 del Proyecto Especial de Titulación de Tierras y Catastro Rural - PETT, referido al Proceso de Simplificación de Procedimientos Administrativos lleva- do a cabo por el Ministerio de Agricultura; y. CONSIDERANDO: Que, es objetivo del Gobierno simplificar los procedi- mientos y trámites administrativos con la finalidad de reducir las exigencias excesivas, requisitos innecesarios, así como las cargas y costos elevados; Que, el Decreto Supremo N” 037-98.PCM, con la tina- lidad de mejorar la gestión pública y desarrol1a.r en el Estadoinstitucioneseficientes, dispone quelas entidades que lo conforman procedan a la identificación y simplifica- ción de los procedimientos administrativos a su cargo; Que, es política del Gobierno promover el incrementa de la producción y la productividad agraria en base a una mayor inversión privada! otorgando para ello sebwridad jurídica alas tierras mediante su correspondientr sanea- miento físico legal e inscripción registral; De conformidad con el Decreto Legislativo N” 560 - Ley del Poder Ejecutivo y con lo dispuesto en el Artículo 22 del Decreto Legislativo N” 757 - Ley Marco para el Creci- miento de la Inversión Privada, y su reglamento aprobadc por Decreto Supremo N” 094.92.PCM; SE RESUELVE: Artículo Unico.- Dejar sin efecto a partir de la fecha los siguientes procedimientos administrativos del Pro. yecto Especial de Titulación de Tierras y Catastro Rura‘ - PE’R’: a) Por no ser de competencia directa del PETT No01 “Inscripción y Registro de Predios Ruralet (Primera de Dominio)“; No 18 “Reconocimiento de Comunidades Campesi nas o Nativas”.b) Por constituir servicios: N” 03 “Regularización o saneamiento de expedien- tes, títulos, contratos de compraventa otorga- dos a los adjudicatarios que no hayan inscrito en Registros Públicos”; N”22 “Apoyo a la regularización de derechos de propiedad predial en áreas no reformadas”. c) Por ser de carácter institucional: N”04 “Determinación, Declaración e Inscripción en Primera de Dominio a favor del Estado de Terrenos Eriazos”. d) Por carecer de vigencia, al haber sido deroga- das las normas legales que los sustentaban: N”o5 “Adjudicación de tierras eriazas con fines de irrigación o drenaje”; N’ 06 “Adjudicación de tierras eriazas con fines de irrigación - fondos públicos”; N” 07 “Arrendamiento de tierras eriazas”; N”08 “Venta de tierras eriazas (otros usos)“. Regístrese y comuníquese. RODOLFO MUÑANTE SANGUINETI Ministro de Agricultura 13398 RESOLUCION MINISTERIAL IV 0627.98.AG Lima, 18 de noviembre de 1998 Visto el Informe N” 332-98-AG-CONACS del 2 de octubre de 1998 del Consejo Nacional de Camélidos Sud- americanos - CONACS, referido al Proceso de Simplifica- ción de Procedimientos Administrativos llevado a cabo por el Ministerio de Agricultura; y, CONSIDERANDO: Que, es objetivo del Gobierno simplificar los procedi- mientos y trámites administrativos con la finalidad de reducir las exigencias excesivas, requisitos innecesarios, así como las cargas y costos elevados; Que, el Decreto Supremo N” 037.98-PCM, con la fina- lidad de mejorar la gestión pública y desarrollar en el Estado instituciones eficientes, dispone que las entidades de la administración pública procedan a la identificación y simplificación de los procedimientos administrativos a su cargo; Que, es política del Gobierno promover la mayor partici- pación del sector privado particularmente de los producto- res ganaderos en el desarrollo sostenible de las comunida- descampesinas altoandinas; De conformidad con el Decreto Legislativo N” 560 - Ley del Poder Ejecutivo y con lo dispuesto en el Artículo 22” del Decreto Legislativo N” 757 - Ley Marco para el Creci- miento de la Inversión Privada, y su reglamento aprobado por Decreto Supremo N” 094-92-PCM; SE RESUELVE: Artículo Unico.- Dejar sin efecto a partir de la fecha, los siguientes procedimientos administrativos del Conse- jo Nacional de Camélidos Sudamericanos - CONACS, por estar comprendidos en el Registro Unico de Camélidos Sudamericanos Silvestres del Perú, constituido por el Artículo 7” del Reglamento de la Ley N” 26496, aprobado por Decreto Supremo N” 07.96-AG: N”03 “Registro de Población”; N”04 “Registro de Areas de Manejo de Camélidos Silvestres”; N”05 “Registro de Producción y Procedencia”; IV06 “Registro de Transformación”; N”07 N” 08“Registro de Productos:; “Registro de Comerciahzación”; N” 09 “Registro de Compradores o Usuarios”;