Norma Legal Oficial del día 20 de noviembre del año 1998 (20/11/1998)


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TEXTO DE LA PÁGINA 17

MORDAZA, viernes 20 de noviembre de 1998

apertfaru, Pag. 165967
B.- RUTA ORIGEN DESTINO ITINERARIO FRECUENCIAS FLOTA VEHICULAR FLOTA OPERATIVA FLOTA DE RESERVA HORARIO : HUANCAYO -SANTIAGO DE PICHUS y viceversa HUANCAYO MORDAZA DE PICHUS SAPALLANGA - PUCARA - MARCAVALLE MORDAZA - QUISHUAR - ItA. CARAMPA Interdiarias Dos (2) Mnibus Un (1) omnibus: VP-1423 (1992) Un (1) omnibus: UP-2646 (1982) Salida de Huancayo: 01.36 horas Salida de MORDAZA de Pichus: 03.W horas

Otorgan permiso excepcional aempresa para que preste servicio publico de transporte terrestre interprovincial de pasajeros
RESOLUCION DIRRCTORAL W 136%9%MTCY15.18 MORDAZA, 9 de noviembre de 1998 VISTOS, el Expediente de Registro W 21351004 organizado por la Empresa de Transportes REGIONAL MORDAZA S.R.LTDA., sobre autorizacion de Permiso Excepcional para la prestacion de servicio en las rutas: Huancayo-Huallhua y Huancayo - MORDAZA de Pichus y viceversa, e InformeN" 1120-98-MTW5.18.04.2.atr delaDireccion de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional. CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo N" 01598-MTC, se dispone otorgar permisos excepcionales para realizar servicio publico de transporte de pasajeros alas empresas de transporte en rutas y distancias cortas menores de 100 km. de recorrido; Que, la empresa de transportes ha cumplido con presentar los requisitos establecidos en el Articulo 13" del Reglamento del Servicio Publico de Transporte Terrestre Interprovincial de Pasajeros por Carretera en Omnibus aprobado por Decreto Supremo N" 05-95-MTC y en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) aprobado por Decreto Supremo No 019-97-MTC, para la prestacion del servicio propuesto; Que, la documentacion adjunta al Expediente N" 21351004 ha sido revisada y analizada tecnicamente por la Direccion de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional eInternacionalenInformeN"1120-98-MTC/15.18.04.2.atr, dando su conformidad, recomienda la procedencia de lo solicitado por la empresa; Estando a las opiniones favorables de las Direcciones de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional en Memorandum N" 3339-98-MTC/ 15.18.04 y de Asesoria Legal en Informe N" 1298-98MTCY15.18.01; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo W 640 y su reglamento aprobado por Decreto SupremoW05-95-MTC, Decreto Supremo W015-98-MTC, Ley No 25035 y su reglamento aprobado por Decreto Supremo N"070-89-PCM, Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) aprobado por Decreto Supremo N" 01997-MTC y Decreto Ley N" 25862; SE RESUELVE: Primero.- Otorgar el Permiso Excepcional a favor de la Empresa de Transportes REGIONAL MORDAZA S.R.LTDA. para que preste Servicio Publico de Transporte Terrestre Interprovincial de Pasajeros, hasta el 31 de diciembre del ano 2000, computados a partir de la fecha de expedicion de esta resolucion, de conformidad con lo dispuesto en el Articulo 4" del Decreto Supremo N" 01598-MTC, en las rutas: Huancayo-Huallhua y Huancayo MORDAZA de Pichus y viceversa, de acuerdo a los siguientes terminos:
A: RUTA ORIGEN DESTINO ITINERARIO FRECUENCIAS FLOTA VEHICULAR : HUANCAYO-HUALLHUA y viceversa HUANCAYO : HUALLHUA : SAPALLANGA - PUCARA - MARCAVALLE PAZOS-TONGOS - QUILLUAY - HUARIBAMBAAYACANCHA : Interdiarias : Dos (2) omnibus

La tarjeta de circulacion sera expedida en relacion al ano de fabricacion de los vehiculos ofertados, bajo responsabilidad. Segundo.- El permiso excepcional que se autoriza en el articulo anterior, se sujetara a los reglamentos y disposiciones vigentes que se dicten para el ano 2000. Tercero.- La concesionaria esta obligada a cumplir con las normas legales establecidas en el reglamento aprobado por Decreto Supremo N" 05-95-MTC y demas disposiciones vigentes, concernientes al Servicio Publico de Transporte Terrestre Interprovincial de Pasajeros por Carretera en Omnibus, que se autoriza. Cuarto.- La concesionaria esta obligada a iniciar el servicio dentro de los treinta (30) dias calendario computados a partir de la fecha de publicacion de la presente resolucion, cumpliendo con lo establecido en el Articulo 17" del reglamento aprobado por Decreto Supremo N" 0595-MTC; en caso contrario, se aplicaran las sanciones previstas en el MORDAZA parrafo del Articulo 16" del citado reglamento. Quinto.- La presente resolucion se publicara en el Diario Oficial El Peruano, conforme a ley. Registrese y comuniquese. MORDAZA A. IBANEZ MANCHEGO Director General Direccion General de Circulacion Terrestre 13409

MITINCE
Sancionan con amonestacion a empresas de casinos de juego
RESOLUCION W 053-98-CNCJ MORDAZA, 15 de octubre de 1998 Vistos, el Informe W 144-98-STICNCJ de la Secretaria Tecnica de la Comision Nacional de Casinos de Juego, por el que se senala que con fecha 19 de agosto de 1998, un Supervisor de la Comision Nacional de Casinos de Juego levanto un acta en el Casino Sheraton por la comision de un hecho sancionable ye1 Informe Legal N" 123.98.CNCJ/AL. CONSIDERANDO: Que. seeun consta del acta de fecha 19 de agosto de 1998 levanrada por un Supervisor de la Comision Nacional de Casinos de Juego en el Casino Sheraton de la empresa Titular HOTELES SHERATON DEL PERU S.A., la dealer encargada del juego se planto incorrectamente con un puntaje de "14" y realizo pagos a los jugadores que se encontraban participando, en una jugada ocurrida en la Mesa de Black MORDAZA No 09 del citado casino; Que, el hecho descrito en el acta se encuentra acreditado con la cinta de video del Casino Sheraton referida a este incidente; Que, con fecha 21 de agosto de 1998, la empresa HOTELES SHERATON DEL PERU S.A. presenta su descargo a la Comision en el que reconoce la ocurrencia del hecho sin embargo manifiesta que es un acontecimiento involuntario en el que no es posible encontrar ningun indicio de mala fe por parte de la dealer y que luego de ocurrido el incidente se procedio a retornar a la mesa

FLOTA OPERATIVA : Un (1) omnibus: UP-2736 (1967) FLOTA DE RESERVA : Un (1) omnibus: UP-2771 (1986) HORARIO : Salida de Huancayo: 12.30 horas : Salida de Huallhua: 03.30 horas

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