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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 1998 (22/11/1998)

CANTIDAD DE PAGINAS: 128

TEXTO PAGINA: 121

Lima, domingo 22 de noviembre de 1998 clmml) Pág. 166151 Manifiestos y que han sido destinadas a los diferentes regímenes, operaciones y destinos aduaneros especiales así como de aquéllas que se encuentran en abandono legal. 18. ADUANAS a través del ADUANET pondrá a disposición de los Transportistas, Agentes de Carga In- ternacional y Despachadores de Aduana consultas de la información de los Manifiestos tal como se encuentra registrada en el SIGAD. VII. DESCRIPCION A. PROCEDIMIENTO GENERAL DE LA TRANSMISION DE DATOS DEL MANI- FIESTO Y SU PRESENTACION 1. Los transportistas 0 sus representantes en el país transmitirán los datos del Manifiesto de Carga ala Inten- dencia de la Aduana respectiva por vía electrónica. 2. Al momento de la recepción del medio de transporte, los transportistas 0 sus representantes en el país entrega- rán al Oficial de Aduanas designado el Manifiesto de Carga y los siguientes documentos, según corresponda: a) Declaración General. b) Copia del documento de transporte : Conocimiento de Embarque, Guía Aérea, Aviso Postal (Formato AV7) o Carta Porte. c) Lista de pasajeros y tripulantes, sus efectos perso- nales y equipajes; d) Lista de provisiones de a bordo; e) Guía de Valijas y Envíos Postales (también denomi- nada Guía de Envíos). 3. El Oficial de Aduanas verificará que la documenta- ción esté completa y foliada por el transportista o su representante en el país firmando el cargo de recepción y anotando las incidencias y observaciones que se presen- ten, entregando los documentos al Area de Oficiales de Aduana. 4. Cumplida la recepción de los documentos se proce- derá a la descarga de las mercancías dentro de la Zona Primaria de cada Aduana. Excepcionalmente, la Aduana podrá autorizar la des- carga en la zona secundaria debido a circunstancias espe- ciales de caso fortuito o fuerza mayor, previa presentación de solicitud, con copia del documento de transporte res- pectivo y copia de la Factura Comercial. 5. El Area de Oficiales de Aduana remitirá en forma inmediata bajo responsabilidad, los Manifiestos y los documentos de transporte que los amparan al Area de Manifiestos. En los casos que la recepción de la unidad de transporte se produzca en días no laborables o fuera del horario normal de trabajo, dicha remisión se efectuará a primera hora del día útil siguiente o del mismo día útil si ésta ocurre de madrugada. 6. Tratándose de mercancías no sujetas a Convenios Internacionales, que ingresen por vía terrestre los trans- portistas 0 sus representantes en el país solicitarán el Formato del Manifiesto de Carga Terrestre, a la Aduana correspondiente y lo presentarán debidamente llenado con los datos consignados en el documento de transporte y Factura Comercial. En el caso de mercancías que ingre- sen desde Arica con destino al Perú se solicitará dichos Formatos a la Agencia Aduanera del Perú en Arica. 7. En la vía terrestre en las Aduanas Fronterizas, al arribo de la unidad de transporte se verificará el peso de la carga consignado en el Manifiesto efectuando el pesaje en lpbalanza aue determine la autoridad aduanera. En Aduaneros de su jurisdicción para la citada verificación con acompañamiento del Oficial de Aduanas. 8. Dentro del primer día útil de culminada la descarga, el transportista 0 su representante en el país entregará el Anexo 2 Término de la Descarga, al Oficial de Aduanas de servicio quien lo registrará de forma inmediata en el SIGAD.Dicha información podrá ser transmitida vía electró- lita por el transportista o su representante en el país. El wea de Oficiales de aquellas Intendencias de Aduana que LO se encuentren interconectadas remitirá dicho docu- nento al Area de Manifiestos para su ingreso en el XGAD. 9. La mercancía descargada se trasladará a los alma- enes designados bajo responsabilidad del transportista o ;u representante en el país. DE LA ENTREGA DE MERCANCIAS AL ALMA- :EN Y LA TARJA 10. Las mercancías serán entregadas dentro de las 24 ioras siguientes al término de la descarga por los trans- )ortistas 0 sus representantes en el país a los Almacenes lduaneros, para la conformidad del proceso de Tarja. ll. Los transportistas 0 sus representantes en el país mtregarán las mercancías a los Almacenes Aduaneros :onforme se vaya realizando la descarga, concluida la nisma y al término de la entrega se confeccionará como :onstancia de la recepción la Nota de Tarja y la Lista de 3ultos Faltantes y Sobrantes, indicándose la fecha de krmino de la recepción por al Almacén, con lo cual :ulmina la responsabilidad del transportista. 12. Cuando exista carga consolidada, los transportis- ;as o sus representantes en el país, o los Agentes de Carga [nternacional, para efectos de la Tarja al Detalle entrega- rán al Almacén Aduanero, copia del Manifiesto de Mer- :ancías Desconsolidadas y las copias de los documentos de transporte (madres e hijas) según corresponda. No podrá :fectuarse dicha Tarja sin la presentación de estos docu- mentos al Almacén. 13. El responsable del Almacén Aduanero ingresará sn su Sistema Automatizado los datos de la Nota de Tarja y Tarja al Detalle y los transmitirá al Area de Manifiestos conforme ésta se va realizando en la vía marítima. En el caso de las vías aérea o terrestre se realizará en un solo envío. 14. Para efectos de formular la Nota de Tarja y Tarja al Detalle se identificarán los bultos y mercancías nor :ada documento de transporte, determinando la Relación le Bultos Faltantes y Sobrantes, el Inventario de los 3ultos en mal estado, los errores de peso y transcripción I la Conformidad del Manifiesto. 15. Los bultos que se encuentren en mala condición exterior, serán inventariados bajo responsabilidad del ransportista o su representante en el país, el Agente de zarga Internacional cuando sea el caso y del Almacén Muanero dentro de las 24 horas de recepcionada la nercancía. Para tal efecto se depositarán por separado en ugares habilitados en los locales de almacenamiento. Dicha información será transmitida electrónicamente 1 ADUANAS debiendo constar en el DUIM. 16. Los bultos sin marca o etiqueta serán reconocidos por la Autoridad Aduanera, a fin de poder identificar su :ontenido y comprobar si se encuentran consignados en el Manifiesto de Carga, de ser positiva la comprobación y estar destinada al puerto, aeropuerto o terminal terrestre le descarga, se dará por conforme la recepción de los bultos, caso contrario se procede de acuerdo al rubro B.l DE LOS BULTOS FALTANTES Y SOBRANTES. 17. Está permitido que en el Almacén Aduanero los bultos sean sometidos a operaciones de reacondiciona- miento, reembalaje y reetiquetado. 18. El DUIM será presentado por el Almacén Aduane- ro dentro del primer día hábil siguiente de concluida la recepción por el Almacén; tratándose de carga consolida- da hasta cinco (5) días hábiles de concluida la recepción. Con la entrega del DUIM al Area de Manifiestos de la Bd~aa,“~~ean~ctiy~sej.iP.nenl)rcumolida la obligaciónde mal estado. DELACONFORMIDADDELMANIFIESTOPOR EL ALMACEN 19. La conformidad del manifiesto se presentará den- tro de los cinco (5) días hábiles siguientes al de la culmi-