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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 1998 (24/11/1998)

CANTIDAD DE PAGINAS: 24

TEXTO PAGINA: 3

Lima, martes 24 de noviembre de 1998 c[m Pág. 166317 sido asumidas por la Oficina de Instituciones y Organis- mos del Estado - OIOE; Que, mediante Decreto Supremo No 013-98-TR se ha dejado sin efecto la autorización y facultades conferidasa CONADE mencionadas en el primer considerando; Que, de conformidad con el inciso 1) del Artículo 4” del Decreto Legislativo No 674, Ley de Promoción de la Inversión Privada en las empresas del Estado y la Ley N” 26440, la COPRI ha acordado incluir a la Compañía Celulósica S.A. y Papelera del Norte S.A., en eli proceso de promoción a que se refiere el mencionado DecretoLegislativo; Que, conforme a la parte final del señalado Artículo 4” del Decreto Legislativo N” 674, este Acuerdo de la COPRI debe ser ratificado por Resolución Suprema; Que, asimismo, la COPRI ha propuesto a los integran- tes del Comité Especial de la referida Empresa, loscuales deben ser nombrados por Resolución Suprema; De conformidad con lo dispuesto por los Artículos 4” y 5” del Decreto Legislativo N” 674 y el Artículo 1” del Decreto de Urgencia N” 025-98; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo l”.- Ratifícase el Acuerdo adoptado por la Comisión de Promoción de la Inversión Privada (CO- PRI), conforme al cual se incluye en el proceso depromoción de la inversión privada a que se refiere elDecreto Legislativo No 674, a la Compañía Celulósica S.A. y Papelera del Norte S.A. Artículo 2”.- Constitúyase el Comité Especial que llevará adelante el proceso respectivo en la Compañía Celulósica S.A. y Papelera del Norte S.A., el cual estará integrado por las siguientes personas: - Don Javier Zúñiga Quevedo, quien lo presidirá - Don Aldo Flores ZúXliga - Doña Carla Pegorari Rodríguez Artículo 3”.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de la Presidencia y por elMinistro de Trabajo y Promoción Social. Regístrese, comuníquese y publíquese.Rúbrica del Ing. Alberto FujimoriPresidente Constitucional de la República JOSE TOMAS GONZALES REATEGUI Ministro de la Presidencia JORGE GONZALEZ IZQUIERDO Ministro de Trabajo y Promoción Social 13654PRES Declaran infundada impugnación inter-puesta contra resolución por la cual se sancionó con destitución a ex Presiden- te del CTAR La Libertad RESOLUCION SUPREMA N“ 276-98-PRES Lima, 23 de noviembre de 1998 Visto, el recurso de apelación interpuesto con fecha 2 de setiembre de 1998, por el señor Noé Inafuku Higa, contra la Resolución Suprema N” 203-98-PRES publica- da en el Diario Oficial El Peruano en su edición de fecha 12 de agosto del año en curso; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial No 272-98- PRES expedida con fecha 18 de junio de 1998, se instauró proceso administrativo disciplinario al señorNoé Inafuku Higa, ex Presidente del Consejo Transito-rio de Administración Regional - La Libertad, al estar comprendido en los hechos descritos en la Observación N” 1 del Informe No 005-97-CTAR-LL/ORCI emitido por la Oficina Regional de Control Interno del citadoGobierno Regional, referente al Examen Especial a la Captación y Uso de los recursos del Fondo Regional deFinanciamiento Empresarial - FOREFE y a los hono- rarios por asesoría percibidos por el CTAR - La Liber- tad entre 1992 y 1996, por configurar faltas de carácter disciplinarias previstas en los incisos a) y h) del Artí- culo 28” de la Ley de Bases de la Carrera Administra-tiva y de Remuneraciones del Sector Público - Decreto Legislativo No 276; Que, de conformidad con lo dispuesto en el Artícu- lo 170” del Reglamento de la Carrera Administrativaaprobado por Decreto Supremo N” OO&90-PCM y en las normas legales vigentes sobre la materia, en elcitado proceso ‘se expidió la Resolución Suprema N 203-98-PRES, sustentada en el Informe N” 014-98- PRES/CEPAF de la Comisión Especial de Procesos Administrativos para Funcionarios del Ministerio de la Presidencia, a través de la cual al indicado exfuncionario, se le impuso la sanción disciplinaria dedestitución; Que, contra la Resoiución Suprema mencionada en el considerando precedente, al amparo de lo dis-puesto en el Artículo 99” del Texto Unico Ordenado de la Ley de Normas Generales de Procedimientos Ad- FEDERACION DE COLEGIOS DE CONTADORES PUBLICOS DEL PERU Y SU JUNTA DE DECANOS COLEGIO DE CONTADORES PUBLICOS DE CAJAMARCA La Comisión Organizadora tiene el agrado de invitar a los distinguidos colegas Contadores Públicos a participar en lapresentación de trabajos técnicos, su discusión y análisis y a las conferencias especializadas durante los tres días. Tendremos la participación de distinguidos profesionales versados en matena tributaria, con.la participación especial de la Superintendencia Nacional de la Administración Tributarla y el Ex Superintendente, Dr. Armando Zolezzi Moler. Dicha Convención se cumplirá de acuerdo con el programa que actualmente se encuentra en divulgación en los Colegios de Contadores Públicos de Lima y de Provincias CPC Leomio Flores Kmja CPC Arnaldo Kiamann Cbapilfique~ PresIdente Federación Presidente de la Comisión Organizadora ,