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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE OCTUBRE DEL AÑO 1998 (01/10/1998)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 7

I I.ima,jucvcs I de octuhrc dc 19YX @pémuuu, Pág. 164563rYrr\rnrnqn 1 x7-n y desagüe; Que, la Ley Orgánica del Ministerio de la Presidencia, arrobada nor Decreto Lev N” 25556. establece como fina- lidad del Ministerio de lapresidencia atender las necesi- dades básicas de la población a través del desarrollo de obras de infraestructura y programas sociales; Que, a partir del año 1985, el nivel de las aguas de la laguna Piuray viene disminuyendo sistemáticamente hasta alcanzar valores críticos, sin registrar recupera- ción. Históricamente el caudal de explotación de la laguna ha sido 220 L.p.s. en promedio, los estudios realizados determinan que, para mantener un balance hídrico de la laguna y sea una fuente de abastecimiento sostenible, debe explotarse un caudal máximo de 130 L.p.s., lo que significará un abastecimiento de agua a la ciudad con una continuidad de sólo 4 horas al día; Que, en base a los Estudios de Factibilidad de los Planes de Expansión del Mínimo Costo, financiados por el BID y elaborados por el Programa Nacional de Agua Potable y Alcantarillado -PRONAP-, se ha determinado que de continuar la sobre explotación de la laguna de Piuray, principal fuente de abastecimiento de agua a la ciudad del Cusco, disminuirá significativamente su nivel, desencadenando la eutroficación de la laguna, con conse- cuencias para la población, situación corroborada con los estudios complementarios realizados en el año 1997, que indican que la sobre explotación de la laguna la han llevado a un estado mesotrófico, concluyendo que el perio- do de explotación está llegando a su fin; Que, la ejecución de las obras que inicialmente ha venido realizando SEDACUSCO S.A. desde 1993 a 1997 con el financiamiento del Gobierno Francés (equivalente a US$ 10,7 millones), y los aportes del FONAVI, Tesoro Público y de la Empresa Municipal por US$16,0 millones, no han sido suficientes para culminar las obras previstas hasta la zona de captación en Piñipampa, bajo un esque- ma que no perjudique el medio ambiente; Que, a efectos de concluir dicha obra se tiene asegura- da la financiación de los estudios definitivos correspon- dientes, con recursos que provienen de una donación del Gobierno Francés por Fr.Fr. 1360 000,OO y recursos del BID y del Tesoro Público; Que, el PRONAP en el marco de la primera etapa priorizada de dichos estudios de factibilidad, ha definido una solución de emergencia que permitirá mitigar la posi- ble vulnerabilidad del sistema existente y poner en valor las reservas de agua con un costo de inversión S!. 29 994 55053 equivalente a US$ 9,675 millones, que implicará adelantar la ejecución de obras de la nueva fuente de abastecimiento en la zona Piñipampa, a través de la capta- ción indirecta de 400 L.p.s. de las aguas del río Vilcanota, con la explotación de trece pozos de 200 L.p.s. cada uno, manteniendo uno de reserva; Que, es necesario autorizar al Proyecto Especial Pro- grama Nacional de Agua Potable y Alcantarillado -PRO- NAP- del Pliego del Ministerio de la Presidencia, a ejecu- tar las obras para el Abastecimiento de Agua Potable a la ciudad del Cusco, hasta por la suma de TRES MILLONES Y OO/100 NUEVOS SOLES (S/. 3 000 000,001; De conformidad con lo dispuesto por el Artículo 39” de la Ley N” 26703 - Ley de Gestión Presupuestaria del EstadoylaSecciónIIIdelaDirectivaN”001-98-EF/76.01 - Directiva para la Aprobación, Ejecución, Control y Eva- luación del Proceso Presupuestario del Sector Público para 1998; DECRETA: Artículo l”.- Autorizar al Proyecto Especial Progra- ma Nacional de Agua Potable y Alcantarillado -PRO- NAP-, del Pliego del Ministerio de la Presidencia, a ejecutar las obras para el Abastecimiento de Agua Pota- ble ala ciudad del Cusco, hasta por la suma de VEINTI- NUEVE MILLONES NOVECIENTOS NOVEN- TICUATRO MIL QUINIENTOS CINCUENTA Y 53/100 NUEVOS SOLES (S/. 29 994 550,53) que comprende los costos directos, indirectos, Impuesto General alas Ven- tas y reajuste de precios previstos en el período de1 , / ’ -.I 11 I 1 ‘11 ejecución de las obras antes citadas hasta por la suma de TRES MILLONES Y OO/100 NUEVOS SOLES (Si. 3 000 300.00). nara tuvo efecto. el Titular del Pliego del Minis- :erio de’la Presidencia aprueba las modifica;ones presu- ouestarias en el Nivel Funcional Programático que se requieran para la ejecución de las mismas, en el Pliego 125: Ministerio de la Presidencia. Artículo 3”.- La Oficina de Planificación, Programa- :ión y Presupuesto del Ministerio de la Presidencia, mstruirá a la Unidad Ejecutora bajo su ámbito a fin que elabore la correspondiente “Nota para Modificación Pre- supuestaria”, que se requiera como consecuencia de lo dispuesto en el artículo precedente. Copia de la resolución se remitirá dentro de los cinco 15) días de aprobada a los organismos señalados en el Artículo 5” de la Ley N” 26894 Ley de Presupuesto del Sector Público para 1998. Artículo 4”.- La Oficina de Planificación, Programa- ción y Presupuesto del Ministerio de la Presidencia, solicitará ala DirecciónNacional delPresupuesto Público las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de los nuevos Componentes, Finalidades de Metas y Unidades de Medida. Artículo 5”.- El presente Decreto Supremo entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano y será refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, por el Ministro de Economía y Finanzas y por el Ministro de la Presidencia. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los treinta días del mes de setiembre de mil novecientos noventa y ocho. ALBERTO FUJIMORI FUJIMORI Presidente Constitucional de la República ALBERTO PANDOLFI ARBULU Presidente del Consejo de Ministros JORGE BACA CAMPODONICO Ministro de Economía y Finanzas JOSE TOMAS GONZALES REATEGUI Ministro de la Presidencia ll334 ECONOMIA Y FINANZAS Autorizan viaje de funcionarios de la SBS a los EE.UU., en comisión de servicios RESOLUCION SUPREMA N” 189-98-EF Lima, 30 de setiembre de 1998 CONSIDERANDO: Que, mediante OfícioN”7821-98, la Superintendencia de Banca y Seguros solicita se autorice el viaje de dos funcionarios alas ciudades de Washington, D.C., Estados Unidos de América, y Panamá, Panamá, del 22 al 30 de setiembre de 1998, para realizar una Pasantía en el Financia1 Enforcement Network -FINGEN- y en la Uni- dad de Análisis Financiero - Consejo de Seguridad Publica y Defensa Nacional, la Superintendencia Bancaria de Panamá y en la Fiscalía de Drogas del Ministerio Público de Panamá; Que, en consecuencia, es necesario autorizar dicho viaje, cuyos gastos serán cubiertos con recursos del Pre-