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Lima, jueves 1 dc ocluhn: de 1908 c[m Pág. 164569 embarcación pesquera denominada “NAPO 4”y retirar de los Anexos 1 y V de la Resolución Ministerial N” 200.98.PEArtículo 3”.- Incorporar en el Anexo IV de la Resolu- a la citada embarcación.ciónMinisterialN”200-98.PE, alaembarcaciónpesquera que se indica a continuación: ANEXO lv EMBARCACJON MATRICULA CAP. BOD. In3DESTINO PERMISO REDES MALLA ESPECIE SIS. PRES. ARMADOR NAPO 4 CO-2446-PM 162.61 CHI R.M. N” 474.96-PE CERCO 112’ - 1 1/2” ANCH./SARD. PESOUERA MANUMAR S.A. Artículo 4”.- Transcribir la presente Resolución Mi- nisterial a la Dirección General de Capitanias y Guarda- costas del Ministerio de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUDWIG MEIER CORNEJO Ministro de Pesquería 11259 RESOLUCION MINISTERIAL IT 469.98.PE Lima, 28 de setiembre de 1998 CONSIDERANDO: Que, conforme lo dispuesto en el Artículo 5” de la Resolución Ministerial N” 200.98-PE, las embarcaciones pesqueras cuyos armadores no han cumplido con las disposiciones establecidas en los Artículos 2” y 3” de la Resolución Ministerial N” 137-98.PE y las consideradas en el Anexo N” 3 de la Resolución Ministerial N” 131-98. PE, se encuentran consignadas en el Anexo V de la citada resolución y no son consideradas por el Ministerio de Pesquería para los efectos de la autorizaciónde incremen- to de flota, mediante la sustitución de capacidad de bode- ga a que se refiere el Artículo 24” de la Ley General de Pesca y los Artículos 19”~ 24” de su reglamento, pudiendo presentar hasta el 18 de mayo de 1998, el Certificado de Inspección de Condición conforme a los términos de refe- rencia establecidos en la Resolución Ministerial N” 132. 98.PE, vencido dicho plazo el Ministerio de Pesqueríaprocederá a la cancelación definitiva de los permisos de pesca correspondientes y al retiro de las embarcaciones pesqueras cuyos armadores no cumplan con presentar dicho certificado, del Anexo 1 de la Resolución Ministerial N” 200.98.PE: Que,laempresaRECOMENS.R.Ltda. no hacumplido con presentar el Certificado de Inspección de Condición de la embarcación pesquera denominada “KEVIN” de Matrícula N” CE-2796.CM, dentro del plazo establecido en el segundo párrafo del Artículo 5” de la Resolución Ministerial N” 200.98.PE, por lo que en aplicación de lo dispuesto en el citado artículo procede cancelar el permiso de pesca otorgado mediante la Resolución Ministerial N 728.97.PE y retirar a la citada embarcación de los Anexos 1 y V, e incorporarla en el Anexo IV de la Resolución Ministerial N” 200.98.PE; Estando a lo informado por la Dirección Nacional de Extracción y con la visación de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad alo establecido en el Artículo 11 “de la Resolución Ministerial No 200.98-PE; Con la opinión favorable del Viceministro; SE RESUELVE: Artículo lo.-Cancelar el permiso de pesca otorgado a traves de la Resolución Ministerial N” 728.97.PE, respec- to a la embarcación pesquera denominada “KEXIN” de Matrícula N” CE-2796.CM y retirar de los Anexos 1 y V de la Resolución Ministerial N” 200.98.PE ala citada embar- cación. Artículo 2”.- Incorporar en el Anexo IV de la Resolu- ción Ministerial N” 200.98.PE, ala embarcacióan pesque- ra que se indica a continuación: EMBARCACION MATRICULA CAP. BOD. DESTINO PERMISO REDES MALLA ESPECIE SIS. PRES. ARMADOR m3 KEVIN CE-2796.CM 111.74 CHI R M. N” 72%97.PE CERCO 112”. 1 112” ANCH./SARD. RECOMEN S.R.Ltda. Artículo 3”.- Transcribir la presente Resolución Mi- nisterial a la Dirección General de Capitanías y Guarda- costas del Ministerio de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUDWIG MEIER CORNEJO Ministro de Pesquería 11266 Declaran fundada en parte impugna- ción y modifican artículos de resolu- ción que otorgó permiso de pesca a empresa RESOLUCION MINIS’IXRIAL W 470.98.PE Lima, 28 de setiembre de 1998Visto los escritos de Registros Nos. 14952, 231097 y 04890001 de fechas 7 de noviembre de 1997,6 de febrero, 8 de abril, 13 de mayo, 15 de junio y 22 de julio de 1998, a través de los cuales AGROPESCA S.A., propietaria de la embarcación pesquera “CIUDAD BLANCA” interpone recurso de reconsideración contra el Artículo 1” de la Resolución Ministerial N” 618-97.PE. CONSIDERANDO: Que mediante Resolución Ministerial N”618-97.PE de fecha 20 de octubre de 1997, se otorga permiso de pesca a AGROPESCA S.A. para operar la embarcación pesquera “CIUDAD BLANCA” de Matrícula N”Pl-11303.PM, para ser utilizada en la extracción de los recursos hidrobiológi- cos tiburón, perico y mero, con destino para el consumo humano directo en el ámbito del litoral peruano y fuera de las cinco (5) millas costeras, utilizando cajas con hielo como sistema de preservación a bordo y como aparejo de pesca el espinel 0 palangre; Que mediante los escritos del visto, la recurrente interpone recurso de reconsideración para que se modifi- que lo dispuesto en el Artículo 1” de la Resolución Minis- terial N” 618-97.PE, fundamentando su petitorio en la