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Iha, viernes 2 dc octubre dc 1 998 @mml) Pág.164607 tadopor interpósita persona para la refacción de la obra Capilla WieseLtdo. procedaalaenajenacióndelosbienesseñaladosen La Rinconada, utilizando a la persona de Dante Sánchez Corne- el anexo que forma parte integrante de la presente resolución. jo con quien le une un vínculo de familiaridad directa, aparece de Artículo 2”.- Vencido el plazo de prórroga otorgado al fojas 5 a 7; del análisis de autos se establece que la documenta- Banco Wiese Ltdo., dicha empresa deberá proceder conforme a ción remitida por los recurrentes consta que el Regidor José loestablecidoenel segundopárrafodel ArtículoBlvdelaLey Augusto Sánchez Herrera, integró una comisión de recepción de General, debiendo constituirse la correspondiente provisión obras; sin embargo, no aparecen documentos que prueben que con cargo a los resultados del mes en que venció el referido haya Intervenido en la contratación de la obra con la empresa plazo. Seryconst Casg. E.I.R.L.; tampoco se ha probado que el repre- sentante de la empresa contratista, don José Danti Sánchez Regístrese, comuníquese y publíquese. Cornejo sea hermano del padre del regidor cuyavacancia se ha declarado; razones por las cuales el acuerdo de Concejo que MARTIN NARANJO LANDERER declaró su vacancia deviene en nulo; Superintendente de Banca y Seguros El Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones; RESUELVE: ANEXO Artículo Primero.- Declarar fundado el recurso de revi- BIENES MUEBLES 0 INMUEBLES ADJUDICADOS POR OBLIGACIONES sión interpuesto por don Luis Alberto Gallegos Vilca, contra el DE DEUDORES, SOBRE LOS CUALES acuerdo de sesión extraordinaria del Concejo Provincial de SE AUTORIZA AL BANCO WIESE LTDO. PRORROGA Contralmirante Villar de fecha 14 de agosto del año en curso que PARA SU VENTA, CONFORME A LO DISPUESTO EN EL ARTICULO 219 declaró la vacancia de su cargo de alcalde del Concejo Provincial DE LA LEY GENERAL DELSISTEMA de Contralmirante Villar; en consecuencia, NULO el referido FINANCIERO Y DEL SISTEMA DE SEGUROS Y ORGANICA acuerdo, respecto a la declaratoria de vacancia del cargo de DE LA SUPERINTENDENCIA DE BANCA Y SEGUROS alcalde y regidor que ostentan en el citado municipio don Luis Alberto Gallegos Vilca y don José Augusto Sánchez Herrera, TW DESCNPMOFU FECHADE VALDRENLBRDS - respectivamente. DEBIEN UEICACIDN ADJU- (Entk¡wJs~) DE Artículo Segundo.- Declarar que don Luis Alberto Galle- lEmaA gos Vilca y don José Augusto Sánchez Herrera deben de conti- nuar en el ejercicio de su cargo de alcalde y regidor, respectiva-Umdades de Cam~ti Hyunda 12997 8 906,60 X3.99 mente, del Concejo Provincial de Contralmirante Villar, depar-Transporte año 1953 tamento de Tumbes, conforme a ley. Maqunanas Cosechadora 9 L.97 54 ea%53 9.3 99 Artículo Tercero.- Las autoridades políticas y policiales Massey Perguson prestarán las garantías que requiera el cumplimiento de la presente resolución, bajo responsabilidad.Inmueble Av Sanbago L Gonzales 9 9 97 250 WO5 9.3.99 Registrese y comuníquese.Ny 1148-l í5.5 Ch!clayo.V.A SS. SERPA SEGUR& BRINGAS VILLAR; USá 90 588.24 MUÑOZ ARCE; HERNANDEZ CANELO; Inmueble Av Victor Raúl 9997 313 X5.42 9 3.99 Secretario General, TRUJILLANO Haya de la Tone ll343N” 201 Chiclayo, ” A USSll4 ooO.08 Inmueble urb LOS PInos, 25.9 97 40 652.91 25.399 SBSMr G-Lote28 i Prorrogan plazo para que empresa ban- cariaprocedaaenajenar bienesadjudi- cados en pago de deudas RESOLUCION SBS N” 984-98 Lima, 18 de setiembre de 1998Dictan precisiones para presentacibn de anexos “Reportes de TesorerCa y EL SUPERINTENDENTE DE BANCA Y SEGUROSposición diaria de liquidez” y Posición mensual de liquidez”VISTA:CIRCULAR No B-2018-98 La solicitud de prórroga del plazo para la enajenación de los bienes que forman parte del anexo de la presente resolución, recibidos encobro de acreencias, presentada por el Banco Wiese Ltdo., conforme a lo previsto por el Artículo 216 de la Ley N” 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros:Lima, 28 de setiembre de 1998 CIRCULAR N” B-2018-98 F-359-98 CM-208-98 CR-078-98 CONSIDERANDO: Que, el Artículo2lYde lamencionadaLeyGeneral,estable- ce que cuando como consecuencia del pago de una deuda contraí- dapreviamenteyde huenafe,serecibaoadjudiqueen pago total o parcial, bienes muebles o inmuebles, la empresa de que se trate debe enajenarlos en el plazo de un (ll año, el mismo que podrá ser prorrogado por esta Superintendencia por una sola vez y por un máximo de seis (6~ meses; Que, en el segundo párrafo del referido artículo se precisa quevencidodicho plazo, sin que laenajenación se hayaefectua- do, el Banco Wiese Ltdo. deberá constituir una provisión hasta nor el monto equivalente al costo en libros de los bienes no kendidos; . Estando a lo informado por el Intendente de Instituciones Financieras “B” mediante Informe N”ASIF “B”-116OTi98 y a lo opinado por la Superintendenta Adjunta de Banca; y, En uso de las atribuciones conferidas por la Ley N” 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros; RESUELVE: Artículo l”.- Prorrogar por seis (6) meses el plazo a que se refiere el Artículo 215 de la Ley General, para que el Banco__________-_----____----------~-- _--__-_ Ref.: Precisiones al Anexo N” 15-A “Reporte de tesorería y posición diaria de liquidez” y al Anexo N” 15-B YPosici6n mensual de liquidez”. Señor Gerente General: Sírvase tomarnotaque,conlafinalidaddeunapresentación adecuada de los Anexos N” 15-A “Reporte de tesoreria y posición diaria de liquidez” y N” 15-B “Posición mensual de liquidez” establecidos en la Resolución SBS N”622-98 de fecha 30 de junio de 1998 y cuyo envío periódico debe realizarse a partir del 1 de octubre de 1998, esta Superintendencia considera necesario realizar las siguientes precisiones: 1. Anexo No 15-A “Reporte de tesorería y posición diaria de liquidez” a) Para efectos de la presentación del anexo en medios impresos, la información correspondiente ala columna “Moneda Nacional” deberá ser registrada en miles de Nuevos Soles y, aquella correspondiente a “Moneda Extranjera”deberá ser re- /gistrada en miles de Dólares Americanos.