Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE OCTUBRE DEL AÑO 1998 (02/10/1998)

CANTIDAD DE PAGINAS: 16

TEXTO PAGINA: 14

protecci@, conservación, Puesta en Valor. y otra+ acciones de VISTO el Acuerdo N” 125 de fecha 24 de ,junio de 1998, de emergencia, las que a su vez deberán enmarcarse dentro de un/ .,..,’la Comisión Tecnlca de Arqueología del INC: y, plan de manejo y desarrollo para el sitio arqueológico d e “El Portillo”. CONSIDERANDO: Articulo 3”.- Encargar a la Dirección del Centro Nacional de Registro del Patrimonio Inmueble I R inscripción registral de Que. mediante el Acuerdo N° 125, de fecha 24 de junio de los sitios arqueológicos antes mencionados e n los Registros 1998, la Comisión Técnica de Arqueología del INC; solicita ala Públicos y Margesí de Bienes Nacionales. Dirección Nacional del INC se declare como Patrimonio Cultu- Articulo 4”.- Transcríbase la presente resolución a la Mu- ral de la Nación al sitio arqueológico de “Monterrey Sector 1 y 2”. nicipalidad Metropolitana de Lima, ya la Municipalidad I)istri~ ubicado en cl distrito de Ate Vitarte, en la provincia y tal, autoridades politicas, civiles y militares de su jurisdwción y departamento de Lima; su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Que. la Comisión Técnica de Arqueoloda del INC; ante los peligros de depredación señala que es de urgente necesidad la Regístrese y comuníquese declaración de “Patrimonio Cultural de la Nación al sitio de “Monterrey Sector 1 y 2” por ser un asentamiento del período LUIS ARISTA MONTOYA Intermedio Tardio (sigloXI -XII) y por su importancia cultural, Director Nacional científica y arqueológica; Que, de acuerdo a lo dispuesto en la Ley N° 24047, de 11290 Amparo al Patrimonio Cultural de la Nación v su modificatoria. RESOLUCIONDIRECTORALNACIONAL N° 277/INC Lima, 15 de setiemhrc de 199X VISTO, el Acuerdo N° 125 de fecha 24 de junio de 1998, de la Comisión Técnica de Arqueologia del INC; y. CONSIDERANDO: Que, mediante el Acuerdo N” 125. de fecha 24 de junio de 1998, la Comisión Técnica de Arqueologia del INC: solicita a la Dirección Nacional del INC se declare como Patrimonial Cultu- ral de la Nación al sitio arqueológico de "El Naranjal" ubicado en la calle Huandoy en el distrito de Los Olivos. en la provincia y departamento de Lima; Que, la Comísión Técnica de Arqueológica del INC; ante los peligros de depredación, señala que essde urgente necesidad la declaración de "Patrimonio Cultural de la Nación" al sitio de "ElNaranjal” por ser un asentamiento de l periodo Intermedio Tardío (sigloX1 -XII) y por su importancia cultural. científica y arqueológica; Que, de acuerdo a lo dispuesto en la Ley N” 24047, do Amparo al Patrimonio Cultural de 1a Nación y su modificatoria, la Ley N” 24193, los sitios arqueológicos tienen carácter intan- gihle, inalienable e imprescriptible. siendo deber del INCeeeeestw- blecer acciones en salvaguarda de los sitios prehispanicos confor- mantes del Patrimonio Cultural de la Nación; Estando a lo acordado y con la visaciones de la Dirección Ejecutiva, Dirección General de Patrimonio Arqueológico y de la Oficina General de Asesoría Jurídica: Deconformidad con lo dispuesto en la Ley N”24047. Ley de Amparo al Patrimonio Cultural de la Naclónysu mr)dilìcatorla. la Ley N” 24193; el Decreto Ley N”25762: y cl Decrc%o Supremo N” 050-94-FD. J < SE RESUELVE: Art íc ul o lo.- Declarar como Patrimonio Cultural de la Nación al sitio arqueológico de "El Naranjal”, ubicado en la calle Huandoy en e1 distrito de Los Olivos. provinci a y depar- tament o de Lima, cuyos límites y lindero s se encuentran especificados en el plano que como Anexo 1 se adjunta a la presente resolución. Articulo 2”~ Encargara la Dirección General de Patrimo- nio Arqueológico del INC, establecer las acciones orientadas a la protección, conservación, Puesta en Valor. y otras acciones de emergencia, las que a su vez deberán enmarcarse dentro de un plan de manejo y desarrollo para el sitio arqueológico de “El Naranjal”. Articulo 3”.- Encargara la Dirección del Centro Nacional de Registrodel Patrimonio Inmueble la inwripcló n registra1 de los sitios arqueológicos antes mencionados en los Registros Públicos y Margesí de Bienes Nacionales. Artículo 4O.- Transcríbase la pwsent r resolución %I la >lu- nicipalidad Metropolitana de Lima,va laMunicipalid~~dDi.;t~~- tal,autoridadespolíticas.civiles y militarerde srljurisdicción y su publicación en el Diario Oficial I<l Peruano Regístrese y comuníquese. LUIS ARISTA MONTOYA Director Nacional 11291la Ley N” 24193, los sitios arqueológicos tienen carácter intan: gible, inalienable eimprescriptible, siendo deber del INC, esta- blecer acciones en salvaguarda de los sitios prehispánicos confor- mantes del Patrimonio Cultural de la Nación; Estando a lo acordado y con la visaciones de la Dirección Ejecutiva, Dirección General de Patrimonio Arqueológico y de la Oficina General de Asesoría Juridica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N” 24047, Ley de Amparo al Patrimonio Cultural de la Nación y su modificatoria, la LeyN”24193;cl DecretoLeyN”25762;yel Decreto Supremo y” oio-94-PD.1% 1, SE RESUELVE: Artículo lo.- Declarar como Patrimonio Cultural de la Nación al sitio arqueológico de “Monterrey Sector 1 y 2”, ubicado en el Distrito de Ate Vitarte, provincia y departamento de Lima cuyos límites y linderos se encuentran especificados en el plano que como Anexo 1 se adjunta a la presente resolución Artículo 2”.- Encargara la Dirección General de Patrimo- nioArqueoló~icodelINC,establecerlasaccionesorientadasala protección, conservación, Puesta en Valor, y otras acciones deemergencia. las que a su vez deberán enmarcarse dentro de un plan de manejo y desarrollo para el sitio arqueológico de “Mon- terrey Sector 1 y 2”, ubicado en el distrito de Ate Vitarte. Artículo 3”.- Encargar ala Dirección del Centro Nacional de Registro del Patrimonio Inmueble la inscripción registra1 de los sitios arqueológicos antes mencionados en los Registros Públicos y Margesí de Bienes Nacionales. Artículo 4”.- Transcríbase la presente resolución a la Mu- nicipalidad Metropolitana de Lima y a la Municipalidad Distri- tal, autoridades políticas, civiles y militares de su jurisdicción y su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Regístresey comuníquese. LUIS ARISTA MONTOYADi rector Nacional 11292 BANCO CENTRAL DE RESERVA Indice de Reajuste Diario a que se re- fiere el Artículo 240” de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros CIRCULAR N” 022-QB-EF/QO Lima, 1 de octubre de 1998El índice de reajuste diario, a que se refiere el Artículo 240” de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de SegurosyOr~á:ánicadelaSupcrintendenciadenancaySeyros, correspondiente al mes de octubre es el siguiente: DIA INDICE ;5,32110 5,32017 3 5.31925 RESOLUCION DIRECTORAL NACIONAI, N’ 278/‘INC 4 5 3189‘2 5 5:31739 Lima,15desetiembr e de 1998 l 6 5,31647