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Lima. viernes 2 dc octuhrc dc 199X C’tc[m Pág. 164611 1’ 1 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHORRILLOS7 5,31554 z 5,31461 5,31369 :: 5,31276 5,31183 12 5,31091 :4 5,30998 5,30906 15 5.30813 16 5,30721 :;: 5,30628 5,30536 19 5,30443 aY 5,30351 5,30258 a3 5,30166 5,30073 ;5 5,29981 5,29889 a7 5.29796 5.297042 5,29612 5,29519 9’: 5,29427 5,29335POR CUANTO:Que, las Municipalidades Distritales son órganos del Go- bierno Local con autonomía nolítica. económica v administrati- va en los asuntos de su competencia’conforme lodispone el Art. 191” de la Constitución Política del Perú; Que, los Gobiernos Locales excepcionalmente pueden condo- nar con carácter general, el interés moratorio y sanciones res- necto de los tributos oue administran conforme lo señala el Art. 41” del Código Tributario aprobado por Decreto Legislativo N” 816, de fecha 20 de abril de 1996;. Que, es necesario otorgar facmdades a los contribuyentes a fin de que puedan cumplir con el pago de sus obligacionestributaria adeudadas; Estando alo expuesto, con el voto por UNANIMIDAD de los señores miembros del Concejo Municipal en la Sesión Ordinariadel 18 de setiembre de 1998, yen uso de las facultades conferidas alConcejoporlaLeyOrgánicadeMunicipalidades,LeyN”23853, enconcordanciaconelArtículo41”delCódigoTributarioaproba- doporDecretoLegislativoN”816,yconladispensadeltrámitede aprobación del acta, se ha expedido la siguiente: ORDENANZA: El índice que antecede es también de aplicación para los convenios de reajuste de deudas que autoriza el Articulo 1235”del Código Civil. Se destaca que el índice en mención no debe ser utilizado para:Artículo Unico.- AUTORIZAR al Sr. Alcalde, para am- pliar el plazo de la AMNISTIA TRIBUTARIA dispuesta me- diante la Ordenanza Municipal N” 025~S8-MDCH, hasta un plazo adicional de quince días. a. Calcular intereses, cualquiera fuere su clase.b. Determinar el valor al día del pago de las prestaciones a ser restituidas por mandato de la ley o resolución judicial (Artículo 1236” del Código Civil, en su texto actual consagrado por la Ley N” 26598). JAVIER DE LA ROCHA MARIE Gerente General 11366 IPSS FE DE ERRATAS RESOLUCION W 031~GCR-IPSS-96 MedianteOficioN”866-OGII-IPSS-98,elInstitutoPeruano de Seguridad Social solicita se publique Fe de Erratas de la Resolución N”031-GCR-IPSS-98, publicadaen nuestraedición del día 30 de setiembre de 1998, en la página 164542. DICE: Disposición Transitoria.- Durante el mes de octubre las entidades empleadoras podrán utilizarindistintamente los for-matos a que se hace referencia en los Artículos 6” y 7” de lapresente resolución. DEBE DECIR: Disposición Transitoria.- Durante el mes de octubre las entidadesempleadoras podrán utilizar indistintamente los for- matos a que se hace referencia en los Artículos 5” y 6” de lapresenteresolución. 11348 MUNICIPALIDAD DE CHORRILLOS Autorizan ampliación de plazo de amnistía tributaria otorgada en favorde contribuyentes del distritoArtículo Primero.- Prorrogar el plazo de la Amnistía TributariadispuestomediantelaOrdenanzaMunicipalN”025- 98-MDCH, hasta el día 15 de octubre de 1998. Artículo Segundo.- Encargar a las Oficinas de Rentas y Administración, y a la Unidad de Relaciones Públicas y Comu- nicación Social efectuar las acciones necesarias para dar fiel cumplimiento al presente Decreto de Alcaldía. PORTANTO: ORDENANZAMUNICIPAL IV’ O!?&S&bMDCHMando se registre, publique y cumpla.PABLO GUTIERREZ WESELBY Alcalde Chorrillos, 21 de setiembre de 1998 11361POR TANTO:Mando se registre, publique y cumpla.PABLO GUTIERREZ WESELBYAlcalde 11366 Prorrogan plazo de amnistía otorgadapara el pago de diversas obligaciones tributarias DECRETO DE ALCALDIA w015-98-MDCH Chorrillos, 30 de setiembre de 1998 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDADDISTRITAL DE CHORRILLOSPOR CUANTO: Que, con fecha 18 de setiembre de 1998, se expidió la Ordenanza Municipal N” 02598-MDCH, por la cual se concede AmnistíaTributaria en lajurisdicción del distrito de Chorrillos hastael 30 de setiembre de 1998, a todos los contribuyentes que nohubierancumplidoconsusobligacionesformalesosustancia-les referidas a años anteriores e inclusive hasta el 31 de agosto de 1998; Que, con fecha 21 de setiembre de 1998, se expidió la OrdenanzaMunicioalN”026-98-MDCH.oorlooueselefaculta al Sr. Alcalde a disponeruna ampliación del plazo de la Amnistía dispuesta mediante la Ordenanza Municipal NO25-98-MDCH; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas a la Alcaldía por la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N” 23853 ya la Ordenanza Municipal N” 026~98-MDCH, de fecha 21 de setiembre de 1998; SE DECRETA