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i .” j NORMAS LEGALESDirector: Enrique Sánchez Hernani http://www.editoraperu.com.pe Lima, viernes 2 de octubre de 1998 AÑO XVI - N” 6673 Pág. lfi4597 PCM Conceden descanso remunerado a ciu- dadanos que efectivamente participen como miembros de mesas de sufragio en elecciones municipales del presen- te año DECRETO SUPREMO w’040-98-PCM EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, el proceso electoral municipal para elegir a Alcaldes y Regidores de los Concejos Provinciales y Distritales de toda la República, tendrá lugar el 11 de octubre del ano en curso, conforme ala convocatoria efectuada mediante Decreto Supre- mo N” 01298-PCM,. II Que, es necesario brindar facilidades a los miembros de las mesas de sufragio por la labor desempeñada; De conformidad con lo dispuesto por el inciso 243 del Art. 118” de la Constitución Política del Perú; Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA: Artículo l”.- Los ciudadanos que efectivamente participen como miembros de las mesas de sufragio en las Elecciones Municipales del presente año, tendrán derecho a descanso remunerado el dia lunes 12 de octubre. Artículo 2”.- El presente Decreto Supremo será refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Trabajo y Promoción Social. DadoenlaCasadeGobierno.enLima,elprimerdí,idel mes de octubre de mil novecientos noventa y ocho. ALBERTO FUJIMORI FUJIMORI Presidente Constitucional de la República ALBERTO PANDOLFI ARBULU Presidente del Consejo de Ministros JORGE GONZALEZ IZQUIERDO Ministro de Trabajo y Promoción Social 11378 Crean la Comisión Asesora sobre Asun- tos del Canal de Panamá DECRETO SUPREMO N” 041-9%PCM EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, por Decreto Supremo N” 0016~82-PCM, del 25 de febrero de 1992, se creó la Comisión Multisectorial Asesora, de estudio, análisis, evaluación y seguimiento de la operatividady de la política tarifaria de la Comisión del Canal de Panamá y de sus problemas conexos; Que,esnecesarioreactivaryreestructurarelreferidomeca- nismo multisectorial de asesoramiento, de conformidad con los cambiosocurridosenlaestruct.uraministerial,deIPoderEjecu-/ :tivoycon lasexinrenciasdercs~~~lrdarlacompetitividadinterna- cional del comercioexterior peruano; Que, el 31 de diciembre de 1999 los Estados Unidos de América traspasarán ala República de Panamá la plena y total soberanía, administración y operación del Canal de Panamá, conforme 10 estipulan los Tratados Internacionales suscritos entre ambos países en 1977; DECRETA: Artículo lo.- Créase la Comisión Asesora sobre Asuntos del Canal de Panamá, encargada del estudio, evaluación y segui- miento de la operatividad y política tarifaria del Canal de Panamá y aspectos conexos. Artículo2”.-LaComisiónAsesorasobreAsuntosdelCanal de Panamá estará constituida por: -Un representante del Ministerio de Relaciones Exteriores, quien la presidirá. -Un representante de la Marina de Guerra del Perú. -Un representante del Ministerio de Industria, Turismo, Integración y Negociaciones Comerciales Internacionales. -Un representante del Ministerio de Transportes, Comuni- caciones, Vivienda y Construccion. -Un representante de la Cámara de Comercio de Lima. -UnrepresentantedelaAsociacióndeExportadoresiADEXJ. -Un representante de la Asociación de Armadores del Perú. -Un representante de la Asociación Marítima del Perú. -Un representante del Consejo de Usuarios de Distribución Física Internacional (CONUDFI 1. Artículo3”.- La designación dc los miembros de la comisión se efectuará por resolución dc los titulares de los sectores mencionados en el artículo anterior y por decisión de los Direc- torios de las entidades gremiales que la conforman, en el tkmi- no de treinta (301 días de publicado el presente Decreto, de- biendo instalarse la comisitin dentro de los treinta (30) días subsiguientes. Artículo 4”.- En el plazo de sesenta (60) días de instalada, la Comisión Asesora sobre Asuntos del Canal de Panamá elaborará un proyecto de reglamento de organización y funcio- nes, el mismo que será presentado al Ministerio de Relaciones Exteriores para su aprobación. Artículo 5”.- La Dirección de Intereses Marítimos de la Marina de Guerra del Perti actuara como SecretaríaTécnica de la comisión. Artículo 6”.- Derógase el Decreto Supremo N” 001ö-82- PCM, del 25 de febrero de 1982. Dadoen la Casa de Gobierno, en Lima, el primer día del mes de octubre de mil novecientos noventa y ocho. ALBERTO FUJIMORI FUJIMORI Presidente Constitucional de la República ALBERTO l’ANDOl,F1 ARBULU Presidente del Consejo de Ministros EDUARDO FERRER0 COSTA Ministrode Relaciones Exteriores ll379 Designan Presidente de la Comisión Nacional de Coordinación del Plan Na- cional de Población 1998-2002 (COORDIPLAN) RESOLUCION SUPREMA N” 562~SS-PCM Lima, 1 de octubre de 1998