NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 1998 (16/09/1998)
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V. DE LOS ORGANOS DE APOYO ADiWNISTRA- TIVO - Secretaría General VI. DE LOS ORGANOS DE APOYO TECNICO - Oficina General de Informática - Oficina Ejecutiva de Registro Penitenciario - Oficina Ejecutiva de Inteligencia VII. DE LOS ORGANOS DE EJECUCION Y DESCONCENTRADOS - Dirección General de Infraestructura Centro Nacional de Estudios Criminológicos y Peni- tenciarios (CENECP) - Direcciones Regionales CAPITULO 1 DE LA ALTA DIREXCION Artículo 7”.- La Alta Dirección está conformada por la Presidenciayvicepresidencia, quienes podrán contar con asesores. DE LA PRESIDENCIA Artículo So.- La Presidencia del Instituto Nacional Penitenciario es el órgano ejercitado por el funcionario de mayor nivel jerárquico y titular del Pliego Presupuesta1 con el cargo de Presidente, tiene funciones ejecutivas y le compete supervisar, controlar, coordinar y dirigir la polí- tica del Sistema Penitenciario Nacional, y además ejerce la representación legal del INPE, contando para el mejor cumplimiento de su misión con la Vicepresidencia. Artículo 9”.-Son funciones del Presidente del Institu- to Nacional Penitenciario: a) Dirigir y supervisar la ejecución de las diversas políticas para el adecuado cumplimiento de la misión del INPE. b) Convocar y presidir al Consejo Nacional Penitencia- rio. c)Aprobarlos planes, presupuesto, programas, memo- ria anual, balance general y estados financieros, así como elevarlos a los órganos señalados por Ley. d) Aprobar los documentos de gestión institucional que requieran ese nivel de aprobación. e) Designar, nombrar o contratar al personal directi- vo, de confianza, jefes de las unidades operativas y perso- nal de menor categoría. f) Suscribir convenios con entidades públicas y priva- das nacionales o extranjeras. g) Aprobar y autorizar fianzas, avales, asi como con- traer créditos financieros y otras obligaciones del Institu- to conforme a las normas legales vigentes. h) Expedir Resoluciones Presidenciales y proponer al titular del sector dispositivos legales de mayor jerarquía relativos al ámbito de EU competencia para su trámite ante las instancias correspondientes. i) Aprobar las convocatorias a licitaciones o concursos públicos de precios y/o de meritos. j) Aceptar donaciones o legados de personas o institu- ciones nacionales 0 extranjeras. k> Designar o proponer a los representantes del INPE ante organismos públicos o privados. 1) Autorizar la capacitación y perfeccionamiento del personal del INPE en instituciones nacionales y del ex- tranjero. m) Delegar a la Vicepresidencia, las facultades y atti- buciones que no siendo privativas de su función estime conveniente. n) Las demás que determine el Código de Ejecución Penal y su Reglamento DE LAVICEPRESIDENCIA Artículo lo”.- La Vicepresidencia del Instituto Nacio- nal Penitenciario es el órgano conformante de la Alta Dirección e inmediato a fa Presidencia, encargado de dirigir y supervisar las actividades de los órganos deapoyo técnico, la Dirección General de Infraestructura y las Direcciones Regionales. Artículo ll”.- El Vicepresidente es un alto funciona- rio del INPE directamente dependiente del Presidente a quien da cuenta de los asuntos propios de apoyo técnico y de las actividades de los órganos de ejecución a su cargo para la correspondiente toma de decisiones. Reemplaza al Presidente en los casos de ausencia por motivos de licen- cia, enfermedad, vacaciones, viajes al exterior del país u otras causales. A su vez es reemplazado por el Secretario General. Artículo 12”.- Son funciones del Vicepresidente del Instituto Nacional Penitenciario: a) Proponer al Presidente políticas y medidas necesa- rias para el cumplimiento de los objetivos y planes del INPE b) Dirigir y supervisar las actividades de la Dirección General de Infraestructura, y Direcciones Regionales, así como de los órganos de apoyo técnico del Sistema Peniten- ciario. c) Evaluar en coordinación con el Presidente el avance y cumplimiento de los planes institucionales adoptando las medidas correctivas necesarias. d) Ejercer las atribuciones y encargos relacionados con su función que le delegue el Presidente. CAPITULO II DEL ORGANO CONSULTIVO DEL CONSEJO NACIONAL PENITENCIARIO Artículo Mo.-El ConsejoNacional Penitenciario es el órgano técnico consultivo de carácter deliberativo y le corresponde asesorar a la Presidencia del INPE en asun- tos relacionados con la política Penitenciaria Nacional. Está dirigido por el Presidente e integrado por el Vicepre- sidente, el Secretario General y especialistas en asuntos criminológicos y Penitenciarios. CAPITULO III DEL ORGANO DE CONTROL DE LA OFICINA GENERAL DE AUDITORIA Artículo 14”.- La Oficina General de Auditoría es el órgano de control encargado de verificar la correcta utili- zación de los recursos asignados a la entidad, en el marco de las disposiciones de la Contraloría General de la Repú- blica y la Política Institucional. Está a cargo de un Direc- tor General quien depende directamente de1 Presidente del Instituto Nacional Penitenciario y funcionalmente de la Contraloría General de la República. Artículo 15”.-Son funciones de la Oficina General de Auditoría: a) Proponer al Presidente del Instituto Nacional Peni- tenciario la política del Sistema de Control Institucional de acuerdo con las normas legales vigentes sobre Audito- ría Gubernamental y la política del sector. b) Formular, dirigir y ejecutar el Plan Anual de Con- trol Gubernamental del INPE. c) Ejecutar y coordinar el control de los aspectos técnicos, legales, financieros, contables y administrativos de la gestión, tanto a nivel central como regional, median- te auditorías, exámenes especiales e investigaciones de los diferentes órganos del INPE de conformidad con la legislación sobre la materia. d) Presentar los informes de control a la Presidencia del Instituto Nacional Penitenciario y a la Contraloría General de la República. e)Proporcionaralosniveles dedecisiónlainformación resultante de las acciones de control que coadyuven a una adecuada gestión. f) Ejecutar el seguimiento de las medidas correctivas y las recomendaciones contenidas en los informes de control. g) Ejecutar las acciones de control ordenados por el órgano rector o la Presidencia del Instituto Nacional Penitenciario.