Norma Legal Oficial del día 16 de septiembre del año 1998 (16/09/1998)


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TEXTO DE LA PÁGINA 10

V. DE LOS ORGANOS DE APOYO ADiWNISTRATIVO - Secretaria General VI. DE LOS ORGANOS DE APOYO TECNICO - Oficina General de Informatica - Oficina Ejecutiva de Registro Penitenciario - Oficina Ejecutiva de Inteligencia VII. DE LOS ORGANOS DE EJECUCION Y DESCONCENTRADOS - Direccion General de Infraestructura Centro Nacional de Estudios Criminologicos y Penitenciarios (CENECP) - Direcciones Regionales CAPITULO 1 DE LA ALTA DIREXCION Articulo 7".- La Alta Direccion esta conformada por la Presidenciayvicepresidencia, quienes podran contar con asesores. DE LA PRESIDENCIA Articulo So.- La Presidencia del Instituto Nacional Penitenciario es el organo ejercitado por el funcionario de mayor nivel jerarquico y titular del Pliego Presupuesta1 con el cargo de Presidente, tiene funciones ejecutivas y le compete supervisar, controlar, coordinar y dirigir la politica del Sistema Penitenciario Nacional, y ademas ejerce la representacion legal del INPE, contando para el mejor cumplimiento de su mision con la Vicepresidencia. Articulo 9".-Son funciones del Presidente del Instituto Nacional Penitenciario: a) Dirigir y supervisar la ejecucion de las diversas politicas para el adecuado cumplimiento de la mision del INPE. b) Convocar y presidir al Consejo Nacional Penitenciario. c)Aprobarlos planes, presupuesto, programas, memoria anual, balance general y estados financieros, asi como elevarlos a los organos senalados por Ley. d) Aprobar los documentos de gestion institucional que requieran ese nivel de aprobacion. e) Designar, nombrar o contratar al personal directivo, de confianza, jefes de las unidades operativas y personal de menor categoria. f) Suscribir convenios con entidades publicas y privadas nacionales o extranjeras. g) Aprobar y autorizar fianzas, avales, asi como contraer creditos financieros y otras obligaciones del Instituto conforme a las normas legales vigentes. h) Expedir Resoluciones Presidenciales y proponer al titular del sector dispositivos legales de mayor jerarquia relativos al ambito de EU competencia para su tramite ante las instancias correspondientes. i) Aprobar las convocatorias a licitaciones o concursos publicos de precios y/o de meritos. j) Aceptar donaciones o legados de personas o instituciones nacionales 0 extranjeras. k> Designar o proponer a los representantes del INPE ante organismos publicos o privados. 1) Autorizar la capacitacion y perfeccionamiento del personal del INPE en instituciones nacionales y del extranjero. m) Delegar a la Vicepresidencia, las facultades y attibuciones que no siendo privativas de su funcion estime conveniente. n) Las demas que determine el Codigo de Ejecucion Penal y su Reglamento DE LAVICEPRESIDENCIA Articulo lo".- La Vicepresidencia del Instituto Nacional Penitenciario es el organo conformante de la Alta Direccion e inmediato a fa Presidencia, encargado de dirigir y supervisar las actividades de los organos de

apoyo tecnico, la Direccion General de Infraestructura y las Direcciones Regionales. Articulo ll".- El Vicepresidente es un alto funcionario del INPE directamente dependiente del Presidente a quien da cuenta de los asuntos propios de apoyo tecnico y de las actividades de los organos de ejecucion a su cargo para la correspondiente toma de decisiones. Reemplaza al Presidente en los casos de ausencia por motivos de licencia, enfermedad, vacaciones, viajes al exterior del MORDAZA u otras causales. A su vez es reemplazado por el Secretario General. Articulo 12".- Son funciones del Vicepresidente del Instituto Nacional Penitenciario: a) Proponer al Presidente politicas y medidas necesarias para el cumplimiento de los objetivos y planes del INPE b) Dirigir y supervisar las actividades de la Direccion General de Infraestructura, y Direcciones Regionales, asi como de los organos de apoyo tecnico del Sistema Penitenciario. c) Evaluar en coordinacion con el Presidente el avance y cumplimiento de los planes institucionales adoptando las medidas correctivas necesarias. d) Ejercer las atribuciones y encargos relacionados con su funcion que le delegue el Presidente. CAPITULO II DEL ORGANO CONSULTIVO DEL CONSEJO NACIONAL PENITENCIARIO Articulo Mo.-El ConsejoNacional Penitenciario es el organo tecnico consultivo de caracter deliberativo y le corresponde asesorar a la Presidencia del INPE en asuntos relacionados con la politica Penitenciaria Nacional. Esta dirigido por el Presidente e integrado por el Vicepresidente, el Secretario General y especialistas en asuntos criminologicos y Penitenciarios. CAPITULO III DEL ORGANO DE CONTROL DE LA OFICINA GENERAL DE AUDITORIA Articulo 14".- La Oficina General de Auditoria es el organo de control encargado de verificar la correcta utilizacion de los recursos asignados a la entidad, en el MORDAZA de las disposiciones de la Contraloria General de la Republica y la Politica Institucional. Esta a cargo de un Director General quien depende directamente de1 Presidente del Instituto Nacional Penitenciario y funcionalmente de la Contraloria General de la Republica. Articulo 15".-Son funciones de la Oficina General de Auditoria: a) Proponer al Presidente del Instituto Nacional Penitenciario la politica del Sistema de Control Institucional de acuerdo con las normas legales vigentes sobre Auditoria Gubernamental y la politica del sector. b) Formular, dirigir y ejecutar el Plan Anual de Control Gubernamental del INPE. c) Ejecutar y coordinar el control de los aspectos tecnicos, legales, financieros, contables y administrativos de la gestion, tanto a nivel central como regional, mediante auditorias, examenes especiales e investigaciones de los diferentes organos del INPE de conformidad con la legislacion sobre la materia. d) Presentar los informes de control a la Presidencia del Instituto Nacional Penitenciario y a la Contraloria General de la Republica. e)Proporcionaralosniveles dedecisionlainformacion resultante de las acciones de control que coadyuven a una adecuada gestion. f) Ejecutar el seguimiento de las medidas correctivas y las recomendaciones contenidas en los informes de control. g) Ejecutar las acciones de control ordenados por el organo rector o la Presidencia del Instituto Nacional Penitenciario.

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