Norma Legal Oficial del día 16 de septiembre del año 1998 (16/09/1998)


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TEXTO DE LA PÁGINA 26

la Direccion General de Gobierno Interior del Ministerio del Interior por las causales expuestas en la parte considerativa de la presente resolucion. Artfculo 2".- El servidor procesado tiene derecho a presentar su descargo escrito y las pruebas que crea conveniente para su defensa a la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios del Ministerio del Interior ya sea directamente o por intermedio del Prefecto del departamento de MORDAZA, dentro del plazo que estipula la ley a partir del dia siguiente de la recepcion de la notificacion o de la publicacion de la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano. Articulo So.- Remitirtodos los actuados ala Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios del Ministerio del Interior para que dentro del plazo de ley concluya las acciones correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA RUESTA Ministro del Interior 10216

yo, Manteca, Rio Seco, Cucaracha, Alto Uchiza, Huaranguillo y Pacote de la provincia de Tocache - departamento de San Martin. Articulo Segundo.- Dejar sin efecto la Resolucion de Coordinacion Regional N" OOl-98.SENASA-SM del 30 de MORDAZA de 1998. Articulo Tercero.- Los profesionales del SENASA seran responsables de cumplir y hacer cumplir la presente resolucion, para cuyo efecto dispondran su conocimiento a las autoridades respectivas de todos los sectores involucrados. Regfstrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Coordinador Regional Servicio Nacional de Sanidad Agraria SENASA - San MORDAZA 10453

AGRICULTURA

COMISION EJECUTIVA DEL PODER JUDICIAL,

Dlsponen levantar estado de cuarente- Autorizan participacion de vocal suna declarada en distrito y diversos ca- premo en Congreso de Derecho de serios de la provincia de Tocache, de- Familia, a llevarse a cabo en MORDAZA RESOLUCIONADMINISTRATJS'A partamento de San MORDAZA W 726~CME-PJ
RESOLUCION DE COORDINACION W 003-96-AG-SENASA-SM Tarapoto, 27 de agosto de 1998 VISTO: El Informe Tecnico W 025-98-MGG de fecha 17 de agosto de 1998 que da cuenta de la ausencia de nuevos brotes epidemiologicos de rabia MORDAZA en el sector Fray MORDAZA del distrito de MORDAZA Progreso, provincia de Tocache - departamento de San Martin; y, CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo dispuesto en el Articulo 17" del Decreto Ley W 25902 -Ley Organica del Ministerio de Agricultura- el Servicio Nacional de Sanidad Agraria deviene en ente responsable de cautelar la seguridad sanitaria en el agro nacional, ejerciendo control y supervision del estado sanitario de animales, y para tal fin organiza y conduce el sistema cuarentenario nacional; Que, luego de la MORDAZA de vacunacion perifocal antirrabica llevada a cabo en el sector Fray MORDAZA del distrito de MORDAZA Progreso; medidas sanitarias adoptadas y labores estrictas y permanentes de vigilancia epidemiologica; se comprobo silencio epidemiologico y buen estado sanitario de la poblacion pecuaria en las zonas afectadas, no habiendose presentado ningun brote de enfermedad compatible a rabia; Que, el Informe Tecnico N' 025-9%MGG de fecha 17 de agosto de 1998 da cuenta de la ausencia de nuevos brotes epidemiologicos compatibles a rabia MORDAZA en el sector Fray MORDAZA del distrito de MORDAZA Progreso, provincia de Tocache, recomendando el levantamiento del estado de cuarentena declarado mediante Resolucion de Coordinacion W OOl-9%AG-SENASA-SM en dicha MORDAZA, incluyendo sus caserios; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley W 25902; Decreto Supremo N" 24-95AG, y con las visaciones de la Unidad de Servicios de Proteccion, Inspeccion y Regulacion Animal y de Asesoria Legal; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Levantar el estado de cuarentena declarada en el distrito de MORDAZA Progreso y los casetios de Progreso, MORDAZA MORDAZA, Rio Uchiza, HuacamaLima, 14 de setiembre de 1998 LA COMISION EJECUTIVA DEL PODER JUDICIAL VISTA: La documentacion presentada por el doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Vocal Titular de la Corte Suprema de Justicia de la Republica, mediante el cual solicita autorizacion para participar como ponente en el X Congreso Internacional de Derechos de Familia, a desarrollarse en la MORDAZA de MORDAZA, Republica de Argentina; y, CONSIDERANDO: Que mediante Ley N" 26546, se crea la Comision Ejecutiva del Poder Judicial, la misma que ha asumido per un periodo de excepcion las funciones de gobierno y gestion de este Poder del Estado; Que mediante Leyes Ns. 26623 y 26695, se ampliaron y modificaron las atribuciones de la Comision Ejecutiva, con el fin de factibilizar la reestructuracion integral del Poder Judicial, en las materias referidas al Despacho Judicial, MORDAZA Judicial y Estatuto Organico del Magistrado; Que el Presidente del X Congreso Internacional de Derecho de Familia, invita al citado magistrado, para participar en el MORDAZA "El Derecho de Familia y los Nuevos Paradigmas", a desarrollarse entre el 20 y 24 de setiembre del ano en curso, en MORDAZA, Republica Argentina; Que dentro del MORDAZA de Reforma Judicial, resulta necesario la participacion del referido magistrado como observador de la Corte Suprema de Justicia de la Republica, en el evento MORDAZA referido; con el fin de captar experiencias y evaluar su aplicacion en el MORDAZA de modernizacion de la administracion de justicia; En uso de las facultades conferidas por las Leyes N" 26546 sus modificatorias y ampliatorias, la Comision Ejecutiva del Poder Judicial, en sesion de la fecha; RESUELVE: Primero.- Autorizar la participacion del doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Vocal Titular de la Corte Suprema de Justicia de la Republica, como ponente en el X Congreso

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