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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 1998 (16/09/1998)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 15

Lima, micrcoles 16 de scticmbrc de 1998 Artículo 6!Y.- El Centro Nacional de Estudios Crimi- nológicos Penitenciarios tiene las funciones siguientes: a) Proponer a la Alta Dirección del INPE las recomen- daciones de política penitenciaria, dentro del ámbito de su competencia. b) Programar, organizar, dirigir y ejecutar las accio- nes de selección, formación, capacitación, perfecciona- miento y especialización del personal del Sistema Nacio- nal Penitenciario. c) Programar y ejecutar estudios e investigaciones en el campo Criminológico y Penitenciario, así como proyec- tos educativos y empresariales para los Establecimientos Penitenciarios. d) Desarrollar acciones de extensión y proyección educativa que coadyuven a la prevención del delito. e) Difundir información criminológica y penitenciaria, publicando el resultado de sus estudios e investigaciones. D Organizar certámenes nacionales e internacionales sobre asuntos de sucompetencia. g) Establecer relaciones de intercambio científico y docente celebrando convenios de cooperación técnica con instituciones nacionales e internacionales que coutribu- yan al logro de la misión del CENECP y de los Estableci- mientos Penitenciarios. h) Administrar un Centro de Información Especializa- da en materia criminológica y penitenciaria. i) Formular, proponer y ejecutar su presupuesto. j> Aprobar sus normas académicas, administrativas y disciplinarias. k) Generar y recepcionar recursos públicos yio priva- dos en base al desarrollo de actividades de capacitación e investigación en el ámbito de su competencia. 1) Las demás que le asigna el Presidente o la Alta Dirección. Artículo 70”.- El CENECP está conformado por las siguientes unidades orgánicas: ORGANO CONSULTIVO - Consejo Consultivo ORGANO DE CONTROL - Oficina de Auditoría Interna ORGANOS DE ASESORAMIENTO - Oficina de Planificación - Oficina de Asesoría Legal ORGtiOS DE APOYO ADMINISTRATlVO - Secretaría General - Oficina de Administración. ORGANOTECNICO-PEDAGOGICO - Dirección Académica ORGANO DE EJECUCION - Escuela de Formación - Escuela de Capacitación - Escuela Superior ORGANO DESCONCENTRADO - Instituto de Investigaciones Criminológicos y Peni- tenciarias Artículo 71”.- El Consejo Consultivq, es el órgano deliberativo en aspectos académicos, admmistrativos y disciplinarios del CENECP. Es convocado y presidido por el Director General y está integrado por el Director Ejecutivo, Director Académico, Director Administrativo, Secretario General, los Directores de las Escuelas y el personal que se requiera según su Reglamento. Artículo 72”.- La Oficina de Auditoría Interna, es el órgano de Control encargado de organizar, coordinar, ejecutar y evaluar las actividades de control administra-tivos y financieros del CENECP de conformidad con la política de control institucional y los dispositivos del Sistema Nacional de Control. Está a cargo de un Director, quien depende del Director General. Artículo 73”.- La Oficina de Planificación, es el órgano de asesoramiento encargado de formular presu- puestos, planes y programas de desarrollo, así como proyectos para establecer convenios e implementar nue- vos procedimientos y técnicas en materia académicas y administrativas de conformidad con la normatividad le- gal vigente. Coordina sus acciones con la Sede Central del INPE. Está a cargo de un Director quien depende del Director Ejecutivo. Artículo 74”.- La Oficina de Asesoría Legal, es el órgano encargado de brindar asesoramiento legal espe- cializado a la Alta Dirección del CENECP en asuntos de su competencia. Está a cargo de un Director quien depen- de del Director Ejecutivo Artículo75”.- La Secretaría General es el órgano de apoyo administrativo encargado de planificar, organi- zar, dirigir y supervisar los sistemas de información, trámite documentario, informática, prensa y relaciones públicas. Está a cargo de un Secretario General, quien tiene categoría de Director y depende de la Dirección General. Artículo 76”.- La Oficina de Administración, es el órgano de apoyo, encargado de planificar, organizar, diri- gir, supervisar y evaluar los procesos y actividades t.écni- cas relacionadas con el manejo de los recursos humanos, económicos, financieros, materiales y los servicios gene- rales del CENECP. Está a cargo de un Director quien depende del Director Ejecutivo. Artículo 77”.- La Dirección Académica, es el órga- no técnico pedagógico encargado de planificar, supervi- sar, evaluar y controlar el desarrollo de las actividades académicas y de instrucción de las Escuelas del CENECP. Está a cargo de un Director quien depende del Director Ejecutivo. Artículo 78”.- La Escuela de Formación, es el órgano de ejecución del CENECP encargado de organi- zar, dirigir, ejecutar, supervisar y evaluar las actividades académicas para el personal ingresante al Sistema Peni- tenciario mediante programas regulares y no regulares conducentes a la obtención del título de Especialista en Tratamiento de Inconductas Sociales; desarrolla además cursos de extensión cultural. Está a cargo de un Director quien depende del Director Ejecutivo. Artículo 79”.- La Escuela de Capacitación, es el órgano de ejecución encargado de actualizar y capacitar al personal del Sistema Penitenciario a través de programas y cursos en la modalidad regular o itinerante en las áreas de Tratamiento, Seguridad y Administración Penitencia- ria, otorgando Diplomas, Constancias, Menciones y Cer- tificaciones. Está a cargo de un Director, quien depende del Director Ejecutivo. Artículo 80”.- La Escuela Superior, es el órgano de ejecución, encargado de planificar, programar, dirigir y evaluar cursos regulares y no regulares de alto nivel conducentes al perfeccionamiento y especialización. De- sarrolla un curso regular para la obtención del título de Segunda Especialidad Profesional en Tratamiento, Segu- ridad y Administración Penitenciaria; asimismo organiza certámenes nacionales e internacionales en las áreas criminológicas y penitenciarias. Está a cargo de un Direc- tor quien depende del Director Ejecutivo. Artículo 81”.- ElInstituto de Investigaciones Cri- minológicas y Penitenciarias, es el órgano desconcen- trado del CENECP, encargado de realizar investigacio- nes sobre la problemática criminológica y penitenciaria. Está a cargo de un Director, quien depende del Director General. Artículo 82”.- El funcionamiento del CENECP se rige por su Estatuto. La descripción de las competencias fun- cionales de sus diversas unidades orgánicas, así como de los cargos que comprende, se establece en su Reglamento Interno que será aprobado por Resolución Presidencial. DE LAS DIRECCIONES REGIONALES Artículo 83”.- Las Direcciones Regionales son los órganos desconcentrados del INPE encargadas de plani- ficar, dirigir y supervisar la aplicación de la política penitenciaria en los Establecimientos Penitenciarios ubi-