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Pág. 171599 NORMAS LEGALES Lima, viernes 2 de abril de 1999 premo Nº 135-90-PCM, Decreto Supremo Nº 037-91-PCM y Decreto Supremo Nº 031-89-EF; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior de los señores representantes de las Oficinas Registrales Regionales del país, doctores: Carlos Fernández Dávila (Arequipa); Mirtha Rivera Bedregal (Arequipa); José Fernando Rueda Alvarez (Cusco); Juan José Garazatúa Nuñovero (Ica); y, Lucio Benjamín Yep Maeda (La Libertad), a la ciudad de México D.F., República de México, del 5 al 9 de abril de 1999, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2º.- Los gastos que demande el cumplimiento de la presente resolución, serán con cargo al Presupuesto del Pliego 067 Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, Uni- dad Ejecutoras 003, 006, 008 y 009 de las respectivas Oficinas Registrales Regionales, de acuerdo al siguiente detalle por asistente: Pasajes US$ 801.60; Viáticos US$ 1 200; Inscripción US$ 150; y, Tarifa Corpac US$ 25. Artículo 3º.- La presente resolución no da derecho a exone- ración de impuestos o de derechos aduaneros, de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República CARLOTA VALENZUELA DE PUELLES Ministra de Justicia 4380 PESQUERIA Ratifican Acuerdo de la PROMCEPRI que establece que la construcción y explotación de la Red Vial Nº 5 sea entregada en concesión al sector pri- vado RESOLUCION SUPREMA Nº 046-99-PE Lima, 29 de marzo de 1999 CONSIDERANDO: Que, mediante el Artículo 4º del Decreto Legislativo Nº 839 se creó la Comisión de Promoción de Concesiones Privadas - PROMCEPRI, como el organismo encargado de promover la inversión privada en obras públicas de infraestructura y de servicios públicos que pueden ser otorgados en concesión al sector privado; Que, de acuerdo con el Artículo 6º, numeral 2 del Texto Unico Ordenado aprobado por el Decreto Supremo Nº 059-96-PCM, correspondía a la PROMCEPRI establecer las obras públicas de infraestructura y de servicios públicos que deben ser entregadas en concesión al sector privado; estableciendo el Artículo 2º, segundo párrafo del Reglamento de dicho Texto Unico Ordenado aprobado por el Decreto Supremo Nº 060-96-PCM, que el Acuer- do de la PROMCEPRI será ratificado por Resolución Suprema; Que, de acuerdo con el numeral 3 del Artículo 6º del Texto Unico Ordenado mencionado en el considerando anterior, co- rrespondía también a la PROMCEPRI aprobar el Plan de Promoción de la Inversión Privada relativo a la concesión de una o varias obras públicas de infraestructura o de servicios públi- cos; Que, por Resolución Suprema Nº 092-97-PCM del 7 de marzo de 1997 y Resolución Suprema Nº 219-98-PCM del 25 de abril de 1998 se nombró al Comité Especial que estará encarga- do de determinar y promover las redes o tramos de la Red Vial Nacional que serán entregados en concesión al sector privado, bajo los mecanismos y procedimientos establecidos en los disposi- tivos legales a que se refiere el considerando anterior; Que, dicho Comité Especial, en cumplimiento de parte del encargo para el que ha sido nombrado, propuso a la PROMCE- PRI la entrega en concesión al sector privado de la Red Vial Nº 5 que comprende los siguientes tramos: "Lima-Pativilca (el cual comprende la construcción de la autopista Huacho-Pativilca), Ancón-Chancay (Serpentín de Pasamayo) y Lima-Canta-Abra La Viuda-Unish"; Que, la PROMCEPRI, en su sesión del 2 de febrero de 1998, acordó que la construcción, mejoramiento, mantenimiento de la Red Vial Nº 5 sean entregados en concesión al sector privado bajo los mecanismos y procedimientos establecidos en las nor- mas legales a que se refiere el segundo considerando; Que, asimismo, la PROMCEPRI, en su indicada sesión aprobó el Plan de Promoción de la Inversión Privada presen-tado por el mencionado Comité Especial, para la promoción de la inversión privada bajo forma de concesión en la referida Red Vial; Que, por el Decreto de Urgencia Nº 025-98 se ha transferido a la Comisión de Promoción de la Inversión Privada (COPRI) las funciones, atribuciones y competencias otorgadas a la PROM- CEPRI y, en virtud de lo dispuesto por el Decreto de Urgencia Nº 001-99, por Resolución Suprema Nº 033-99-PCM del 13 de enero de 1999 se ha establecido que la COPRI esté adscrita al sector Pesquería; Que, la COPRI ha aprobado una versión actualizada del Plan de Promoción de la Inversión Privada para el otorgamiento de la referida concesión, acuerdo que debe ser ratificado por Resolución Suprema, conforme a lo establecido por el Artículo 11º del Reglamento indicado en el segundo considerando; Que, conforme a los dispositivos indicados, las mencionadas Resoluciones Supremas deben ser refrendadas por el Ministro de Pesquería y por el Ministro del sector correspondiente; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Ratificar el Acuerdo de la PROM- CEPRI en virtud del cual se establece que la construcción, mejoramiento, mantenimiento y explotación de la Red Vial Nº 5 que comprende los siguientes tramos: "Lima-Pativilca (el cual comprende la construcción de la autopista Huacho-Pativilca), Ancón-Chancay (Serpentín de Pasamayo) y Lima-Canta-Abra La Viuda-Unish" sean entregados en concesión al sector priva- do, bajo los mecanismos y procedimientos establecidos en las disposiciones legales a que se refiere el segundo considerando de esta Resolución Suprema. Artículo Segundo.- Ratificar el Acuerdo adoptado por la COPRI que aprueba el Plan de Promoción de la Inversión Privada a que se refiere el noveno considerando de esta Resolu- ción Suprema. Artículo Tercero.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Pesquería y por el Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República GUSTAVO CAILLAUX ZAZZALI Ministro de Pesquería ALBERTO PANDOLFI ARBULU Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción 4378 RELACIONES EXTERIORES Designan delegación que participará en la IV Reunión del Mecanismo Bila- teral de Consultas a Nivel de Vicecan- cilleres Perú-Colombia RESOLUCION SUPREMA Nº 131-99-RE Lima, 31 de marzo de 1999 Debiendo realizarse la "IV Reunión del Mecanismo Bilateral de Consultas a Nivel de Vicecancilleres Perú-Colombia", en la ciudad de Bogotá, República de Colombia, del 5 al 6 de abril de 1999; Considerando la Hoja de Trámite (GAC) Nº 0782, del Gabi- nete de Coordinación del señor Viceministro y Secretario Gene- ral de Relaciones Exteriores, de 23 de marzo de 1999; De conformidad con el inciso b) del Artículo 12º del Decreto Legislativo Nº 894, Ley del Servicio Diplomático de la República, de 24 de diciembre de 1996; el Artículo 1º del Decreto Supremo Nº 163-81-EF, de 24 de julio de 1981 y su modificatoria, el Decreto Supremo Nº 031-89-EF, de 20 de febrero de 1989; el Decreto Supremo Nº 135-90-PCM, de 26 de octubre de 1990; y, el Decreto Supremo Nº 037-91-PCM, de 1 de febrero de 1991; SE RESUELVE: 1º.- Designar a la Delegación peruana que participará en la "IV Reunión del Mecanismo Bilateral de Consultas a Nivel de Vicecancilleres Perú-Colombia", a realizarse en la ciudad de Bogotá, República de Colombia, del 5 al 6 de abril de 1999, conformada por los siguientes funcionarios: