TEXTO PAGINA: 1
DIARIO OFICIAL FUNDADO EN 1825 POR EL LIBERTADOR SIMÓN BOLÍVAR NORMAS LEGALES Lima, viernes 2 de abril de 1999 AÑO XVII - Nº 6856 Pág. 171597Director: Manuel Jesús Orbegozo http://www.editoraperu.com.pe "AÑO DE LA ACTIVIDAD TURISTICA INTERNA " P C M Encargan el Despacho de la Presiden- cia de la República al Primer Vicepresi- dente RESOLUCION SUPREMA Nº 174-99-PCM Lima, 31 de marzo de 1999 CONSIDERANDO: Que, el señor Presidente Constitucional de la República, Ing. Alberto Fujimori, viajará del 2 al 5 de abril del presente año a los Estados Unidos de América, por motivos familiares; Que, en consecuencia, es necesario encargar las funciones del Despacho Presidencial mientras dure la ausencia del señor Presidente Constitucional de la República; De conformidad con el segundo párrafo del Artículo 115º de la Constitución Política del Perú; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo Unico.- Encargar el Despacho de la Presidencia de la República al Ing. Ricardo Márquez Flores, Primer Vicepre- sidente de la República, a partir del 2 de abril de 1999 y en tanto dure la ausencia del señor Presidente de la República. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República VICTOR JOY WAY ROJAS Presidente del Consejo de Ministros 4373 Aprueban donación efectuada por insti- tución canadiense que será destinada a comunidad y pueblos jóvenes ubica- dos en el Callao RESOLUCION DEL SECRETARIO GENERAL Nº 022-99-PCM Lima, 31 de marzo de 1999 Visto el Expediente Nº 1954-99 presentado por Cáritas del Perú, sobre aprobación de donación; CONSIDERANDO: Que mediante Certificado de Donación, legalizado por el Consulado General del Perú en Toronto, Canadian Food for Children, con sede en Toronto, Canadá, efectúa una donación de bienes a favor de Cáritas del Perú; Que según Conocimiento de Embarque Nº MSCU-M0953853 de fecha 9 de febrero de 1999 extendido por la Compañía Mediterranean Shipping Company S.A., se consigna que la mercadería donada ha sido enviada en el Contenedor Nº GSTU- 2435604 y embarcada en el puerto de Nueva York, a bordo del vapor MSC CALI 317 SB, con destino al Puerto Marítimo del Callao, Perú; Que la recurrente, entidad religiosa, se encuentra inscrita en el Registro de Donaciones que conduce la Secretaría Ejecuti- va de Cooperación Técnica Internacional de la Presidencia del Consejo de Ministros;Que, la importación de bienes donados a favor de entida- des religiosas se encuentran inafectas al Impuesto General a las Ventas y derechos arancelarios en virtud a lo previsto por los Decretos Legislativos Nºs. 821 y 809 respectivamen- te; Que, en consecuencia, es procedente que la Presidencia del Consejo de Ministros apruebe la donación solicitada; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 21942, Resolución Suprema Nº 508-93-PCM, Decreto Legislativo Nº 821, Decreto Legislativo Nº 809, Decreto Legislativo Nº 719 y con sujeción a lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 560, Decreto Supremo Nº 041-94-PCM y Resolución Ministerial Nº 039-96-PCM; Con la opinión favorable de la Secretaría Ejecutiva de Cooperación Técnica Internacional, y el visto bueno de la Oficina de Asesoría Jurídica de la Presidencia del Consejo de Ministros; SE RESUELVE: Artículo Primero.- APROBAR la donación de bienes efectuada por Canadian Food for Children, con sede en Toronto, Canadá, consistente en 36 sacos con harina de trigo (40 k. cada saco), 25 sacos con leche en polvo (25 k. cada saco), 234 cajas con jabón para baño, 60 cajas con jugos de fruta, 127 cajas con galletas, 34 baldes de plástico con alimentos diversos y ropa, 150 cajas con sopa de legumbres, 219 cajas con cereales, 42 cajas con frutas azucaradas, 23 cajas con salsa de tomate, 1 bicicleta usada, 92 cajas con ropa y alimentos diversos, con un valor C&F de 3.335,00 Dólares Canadienses (US$ 2.382,14 aproximadamente) y un peso bruto de 9.102,00 k., a favor de Cáritas del Perú, la que será distribuida por la Parroquia de Santo Toribio de Mogrovejo, entre las personas de escasos recursos económi- cos de la Comunidad del Alamo y de los pueblos jóvenes de Chicmabamba, La Quilla y 7 de Agosto, en el Callao. Artículo Segundo.- Dejar expresa constancia que queda prohibida la venta o la recepción de dinero como condición para la entrega de los bienes donados. Artículo Tercero.- Disponer que la recurrente remita a la Secretaría Ejecutiva de Cooperación Técnica Interna- cional de la Presidencia del Consejo de Ministros copia del Acta de Entrega o Recepción de la donación recibida de acuerdo a lo prescrito en el numeral 7.7 de la Resolución Suprema Nº 508-93-PCM. Artículo Cuarto.- Transcribir la presente resolución a la Superintendencia Nacional de Aduanas y a la Contraloría Ge- neral de la República dentro de los plazos establecidos. Regístrese, comuníquese y publíquese. VICTOR CAMACHO ORLANDINI Secretario General Presidencia del Consejo de Ministros 4312 AGRICULTURA Oficializan el Primer Festival Regional del Pijuayo que se llevará a cabo en el distrito de Yurimaguas, provincia de Alto Amazonas RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0252-99-AG Lima, 31 de marzo de 1999 Visto el Oficio Nº 431-99-CTAR-DRA-L/OPA-191 del 9 de marzo de 1999, de la Dirección Regional Agraria Loreto, me- diante el cual solicita la oficialización del "PRIMER FESTIVAL REGIONAL DEL PIJUAYO" a llevarse a cabo en el distrito de Yurimaguas, provincia Alto Amazonas - Loreto, del 8 al 10 de abril de 1999; y,