Norma Legal Oficial del día 21 de abril del año 1999 (21/04/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 25

MORDAZA, miercoles 21 de MORDAZA de 1999

NORMAS LEGALES

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ca, la Contaduria Publica de la Nacion, ha acordado y convenido en felicitar a la Direccion General del Tesoro Publico del Ministerio de Economia y Finanzas, a la Superintendencia Nacional de Aduanas y al Tribunal Constitucional, por haber presentado en tercer lugar del Gobierno Central, la rendicion de cuentas completa del ejercicio 1998, por lo que merecen ser felicitadas de modo especial y hacer de conocimiento publico; Estando a lo previsto en el Articulo 10º y el inciso m) del Articulo 18º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Sistema Nacional de Contabilidad y de su Organo Rector; con la aprobacion de la Alta Direccion y la visacion de la Oficina General de Asesoria Juridica; y, En uso de las facultades legales que le confiere el Articulo 9º de la Ley Nº 24680, modificado por el Articulo 277º de la Ley Nº 24977; SE RESUELVE: Articulo 1º.- FELICITAR a los funcionarios de la Direccion General del Tesoro Publico del Ministerio de Economia y Finanzas, de la Superintendencia Nacional de Aduanas (como entidad captadora) y al Tribunal Constitucional por haber presentado en tercer lugar del Gobierno Central, la rendicion de cuentas completa del ejercicio 1998 para la elaboracion de la Cuenta General de la Republica; conforme al detalle siguiente: - Al Director General del Tesoro Publico, senor Lic. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, y al Director de la Oficina de Contabilidad y Estadistica, senor CPC MORDAZA MORDAZA Panca. - A la Superintendenta Nacional de Aduanas, senora Ing. Econ. MORDAZA Higaonna de MORDAZA, al Intendente Nacional de Recaudacion Aduanera, senor Econ. MORDAZA Zaconeta MORDAZA y al Jefe de la Division de Contabilidad de Ingresos, senorita CPC Yanette MORDAZA Morante. - Al Presidente del Tribunal Constitucional, senor Dr. MORDAZA J. MORDAZA MORDAZA, al Gerente General, senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA y a la Contadora General del Pliego, senorita CPC MORDAZA MORDAZA MORDAZA Rodriguez. Articulo 2º.- SOLICITAR a los funcionarios mencionados en el articulo anterior, MORDAZA extensiva esta especial felicitacion, al personal del area de Contabilidad, y a todas las demas personas que han contribuido a la MORDAZA de la rendicion de cuentas en forma oportuna, lo que significa un ejemplo que la Contaduria Publica de la Nacion exhorta a imitar. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA A. MORDAZA MORDAZA Contador General de la Nacion 5192

INPE
Instauran MORDAZA administrativo disciplinario a funcionarios del INPE
RESOLUCION DE LA PRESIDENCIA DEL INSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO Nº 185-99-INPE-P MORDAZA, 12 de MORDAZA de 1999 VISTO: El Informe Nº 002-99-INPE/CEPAD, de fecha 6 de MORDAZA de 1999, emitido por la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios del Instituto Nacional Penitenciario. CONSIDERANDO: Que, mediante Informe Nº 012-98-INPE/AG del 17.ABR.98 "EXAMEN ESPECIAL A LA ADMINISTRACION DE LA DIRECCION REGIONAL CENTRO-HUANCAYO", el Organo de Control Interno comunica las graves irregularidades en que habrian incurrido los funcionarios Nivel F-4 MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director Regional, Nivel F-2 MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director de Administracion, Nivel F-2 MORDAZA AYOSA MORDAZA ex Director de Seguridad, Nivel F-2 MORDAZA CUPE MORDAZA ex Administrador de la Direccion Regional, Nivel F-1 MORDAZA MORDAZA MUNIVE ex Jefa de la Unidad Financiera de la Direccion Regional Huancayo, Nivel F-2 MORDAZA MORDAZA CHAUPIS ex Jefe de la Unidad de Personal y Nivel F-2 MORDAZA MORDAZA MORDAZA ex Directora de Tratamiento de la Direccion Regional Centro-Huancayo. Que, se ha habria acreditado que los bienes para la implementacion del E.P. MORDAZA han sido distribuidos sin el control interno respectivo, segun Pecosa Nº 996 de fecha 26.OCT.97 el Director Regional Centro-Huancayo MORDAZA MORDAZA MORDAZA Nivel F-4 y el ex Director de Administracion MORDAZA MORDAZA MORDAZA Nivel F-2, sin ser su funcion

solicitan y recepcionan 60 colchones y 60 frazadas destinadas al E.P. MORDAZA, de los cuales trasladan personalmente sin la PECOSA respectiva y entregan solo 56 colchones y 60 frazadas, entregando 4 colchones al administrador del E.P. Huamancaca; asi mismo el haber permitido que el ex Director de Seguridad de la Direccion Regional Nivel-2 MORDAZA AYOSA MORDAZA traslade 4 millares de ladrillos destinados a la construccion de ambientes para la Policia Nacional del Peru, sin tener en cuenta que el expediente tecnico para la construccion todavia no habia sido aprobado por la Sede Central del INPE, segun Informe Nº 036-97-INPE/DRC.OA.U.ABAST.A.MANT de fecha 15.DIC.97; por otro lado estos tres funcionarios aludidos habrian visado sin mayor reparo las Actas de Conformidad de Trabajo Nºs. 036 y 048-97-INPE/DRC-OAU-ABAST-A-MANT de fecha 25.SET.97 y 10.OCT.97 respectivamente, del pintado del E.P, MORDAZA inobservando que el trabajo se realizo parcialmente y que el cerco perimetral fue pintado con yeso, MORDAZA y goma tal como consta en el informe S/N de fecha 5.OCT.97 del Ing. residente de la obra Sr. MORDAZA Ribeeck MORDAZA, ademas haber inobservado un faltante de 17 galones de pintura cuyo uso no se encuentra registrado en el cuaderno de obra, mas el pago indebido de S/. 1,350.64 Nuevos Soles al contratista por lo que se dejo de pintar; por tales hechos habrian incumplido con las obligaciones establecidas en los Incs. a), b) y d) del Art. 21º del Decreto Legislativo Nº 276 e incurrido en las faltas establecidas en el Art. 28º Incs. a), d) y f) del mismo cuerpo legal. Que, se habria establecido responsabilidad administrativa en el Director Regional MORDAZA MORDAZA MORDAZA porque en el procedimiento de adquisicion de bienes existen serias deficiencias y errores desde el origen de la necesidad, hasta la emision del giro del comprobante, evidenciandose falta de efectividad, eficiencia y economia; haber aprobado las Resoluciones Nºs. 029-97 y 068-97, conformando el Comite de Adjudicaciones sin observar lo dispuesto en el RUA, ademas de incluir al Jefe de Control Previo, cuyas funciones no son compatibles como miembro del referido comite; por no haber ejercido una supervision, coordinacion y control a las Unidades de Abastecimiento y por haber aprobado un organigrama en donde no se encuentra considerada el Area de Transporte a pesar de que en el Manual de Organizacion y Funciones si se establece dicha area; asi mismo la falta de prevision respecto a la insuficiencia de personal en los EE.PP. Yanamilla y La Merced; falta de medidas de supervision y control que eviten el uso indebido del servicio telefonico; por tales hechos ha incumplido obligaciones establecidas en los Incs. a) y b) del Art. 21º del Dec. Leg. Nº 276, ha incurrido en las faltas establecidas en los Incs. a) y d) del Art. 28º del mismo cuerpo de ley. Que, se habria establecido que el funcionario Nivel F-2 MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director de Administracion de la Direccion Regional Centro-Huancayo, viso los Comprobantes de Pago Nºs. 1254, 1584 y 1671 referente a las Ordenes de Compra Nºs. 478, 658 y 687, autorizando el pago al proveedor FESEL por el suministro de equipos sanitarios, materiales de ferreteria y equipos electricos, con precios sobrevalorados hasta por la suma de S/. 1,084.00 N.S.; haber visado el Comprobante de Pago Nº 1256 autorizando el pago por la compra de municiones sin previo requerimiento; haber visado los comprobantes de pago inobservando que la documentacion sustentatoria eran solo copias de las Ordenes de Pedido Nºs. 12559, 12553, 12557 y 12562 sin ejercer el debido control; haber permitido que los acuerdos del Comite de Adjudicaciones se aprobaran y se registraran en el Libro de Actas en forma generica, sin especificar cantidad de los bienes y sin registrar el detalle de las ofertas; falta de control, supervision y coordinacion con la Unidad de Abastecimiento; asi mismo las acciones de bienestar son limitadas, asi como los legajos se encuentran incompletos; por otro lado el haber visado el Comprobante de Pago Nº 278 del 27.MAY.97 regularizando la compra de telas Barrington en donde los documentos utilizados para darle validez al MORDAZA de estas adquisiciones fueron fotocopias del Oficio Nº 084-97INPE/DRC-EPMSM.DEP y cotizaciones de proveedores, correspondientes a un MORDAZA de adquisicion anterior; haber dado su aprobacion como Director de Administracion a los Comprobantes de Pago Nºs. 1275 y 1643, de fechas 31.JUL.97 y 30.SET.97 por S/. 5,146 Nuevos Soles cada uno a favor de Industrias J y M por la confeccion de 167 buzos, cuando solo se requirieron 100, existiendo 67 juegos de buzos sin requerimiento; falta de accion de control que evite el uso indebido de unidades telefonicas; por tales hechos habria incurrido en negligencia en el ejercicio de sus funciones, faltas previstas en los Incs. a), b) y d) del Art. 21º y los Incs. a) y d) del Art. 28º del Dec. Leg. Nº 276; Que, asi mismo se habria establecido que el funcionario Nivel F-2 MORDAZA AYOSA MORDAZA, ex Director de Seguridad de la Direccion Regional Centro - Huancayo, accedio a la solicitud de la empresa MERA Representaciones aceptando el cambio de suministro de 44 grilletes por municiones ante la imposibilidad del proveedor de suministrar dichos bienes de la Orden de Compra Nº 309 de fecha 12.MAY.97, la misma que fuera cambiada por otra orden de compra con igual numero pero diferente fecha 30.JUN.97 para la adquisicion de municiones, orden que se hizo sin tener en cuenta las necesidades del INPE y sin haberse efectuado el requerimiento previo; ademas no superviso ni previo la insuficiencia de personal para brindar una adecuada seguridad en los EE.PP. "La Merced" y "Yanamilla"

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