Norma Legal Oficial del día 21 de abril del año 1999 (21/04/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 15

MORDAZA, miercoles 21 de MORDAZA de 1999

NORMAS LEGALES

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Otorgan a empresa de transportes la concesion de ruta MORDAZA - Sequello
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 755-99-MTC/15.18 MORDAZA, 15 de MORDAZA de 1999 VISTOS, el Expediente de Registro Nº 00972010 organizado por la EMPRESA DE TRANSPORTES INTERPROVINCIAL MORDAZA SOCIEDAD ANONIMA "ETIGSA", sobre Concesion de Ruta: MORDAZA - SEQUELLO y viceversa e Informe Nº 268-99-MTC/15.18.04.1.RCM de la Direccion de Transportes de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional; CONSIDERANDO: Que, la referida empresa, mediante el expediente indicado en vistos, ha solicitado el otorgamiento de la concesion de ruta: MORDAZA - SEQUELLO y viceversa, al MORDAZA de lo establecido en el Reglamento de Servicio Publico de Transporte Terrestre Interprovincial de Pasajeros por Carretera en Omnibus aprobado por Decreto Supremo Nº 05-95-MTC; Que, en el Informe Nº 268-99-MTC/15.18.04.1.RCM, se concluye que la referida empresa cumple con los requisitos establecidos en el Articulo 13º del referido reglamento y senalados en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) aprobado por Decreto Supremo Nº 019-97-MTC, recomendandose la procedencia del pedido formulado; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 640 y su reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 0595-MTC, Ley Nº 23035 y su reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 070-89-PCM, Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) aprobado por Decreto Supremo Nº 019-97-MTC y Decreto Ley Nº 25862; SE RESUELVE: Primero.- Otorgar a la EMPRESA DE TRANSPORTES INTERPROVINCIALES MORDAZA SOCIEDAD ANONIMA "ETIGSA", la concesion de ruta: MORDAZA SEQUELLO y viceversa, para prestar Servicio Publico de Transporte Terrestre Interprovincial de Pasajeros por Carretera en Omnibus, por el periodo de diez (10) anos, contados a partir de la fecha de expedicion de la presente resolucion, de acuerdo a los siguientes terminos: RUTA ORIGEN DESTINO ITINERARIO ESCALA COMERCIAL FRECUENCIAS FLOTA VEHICULAR FLOTA OPERATIVA FLOTA DE RESERVA HORARIOS : MORDAZA - SEQUELLO y viceversa : MORDAZA : SEQUELLO : ICA - CHALA - INCUYO - PAUSA MARCABAMBA : PAUSA - MARCABAMBA : Dos (2) semanales : Tres (3) omnibus : Dos (2) omnibus: UO-6850 (1995) y UI-3593 (1987) : Un (1) omnibus: UH-2151 (1989) : Salidas de Lima: MORDAZA y miercoles a las 8.00 a.m. Salidas de Sequello: Martes y viernes a las 8.00 a.m.

Quinto.- Encargar la ejecucion de esta resolucion a la Direccion de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional. Registrese y comuniquese. MORDAZA A. MORDAZA MANCHEGO Director General Direccion General de Circulacion Terrestre 5155

PODER JUDICIAL
FE DE ERRATAS RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 158-99-SE-TP-CME-PJ Mediante Oficio Nº 441-99-PJ-SE/SG la Secretaria Ejecutiva del Poder Judicial solicita se publique Fe de Erratas de la Resolucion Administrativa Nº 158-99-SE-TP-CME-PJ, publicada en nuestra edicion del dia 17 de MORDAZA de 1999, en la pagina 172280. Tercer considerando DICE: "... Acta de Sesion de Trabajo que aprueba el Diseno Personalizado del MORDAZA Despacho Judicial para los Juzgados Civiles y Penales del Distrito Judicial de MORDAZA,...". DEBE DECIR: "... Acta de Sesion de Trabajo que aprueba el Diseno Personalizado del MORDAZA Despacho Judicial para los Juzgados Civiles y Laborales del Distrito Judicial de MORDAZA,...". Articulo Unico.DICE: "... Acta de Sesion de Trabajo que aprueba el Diseno Personalizado de MORDAZA Despacho Judicial para los Juzgados Civiles y Penales del Distrito Judicial de MORDAZA,...". DEBE DECIR: "... Acta de Sesion de Trabajo que aprueba el Diseno Personalizado del MORDAZA Despacho Judicial para los Juzgados Civiles y Laborales del Distrito Judicial de MORDAZA,...". 5215

BANCO CENTRAL DE RESERVA
Aprueban circular sobre credito en moneda nacional y extranjera que con fines de regulacion monetaria concede el BCRP a empresas del sistema financiero
CIRCULAR Nº 013-99-EF/90 MORDAZA, 20 de MORDAZA de 1999 El Directorio del Banco Central de Reserva del Peru ha resuelto establecer las siguientes condiciones para el credito en moneda nacional y extranjera que, con fines de regulacion monetaria, concede al Banco Central a las empresas del sistema financiero, con base en lo establecido en los Articulos 58º y 59º de su Ley Organica y sus Estatutos. Las condiciones establecidas en la presente circular regiran a partir del 1 de MORDAZA de 1999.

La tarjeta de circulacion sera expedida en relacion al ano de fabricacion de los vehiculos ofertados, bajo responsabilidad. Segundo.- La concesionaria esta obligada a cumplir con las normas legales establecidas en el reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 05-95-MTC y demas disposiciones vigentes, concernientes al Servicio Publico de Transporte Terrestre Interprovincial de Pasajeros por Carretera en Omnibus, que se autoriza. Tercero.- La presente Resolucion Directoral debera ser publicada por la empresa en el Diario Oficial El Peruano dentro de los treinta (30) dias calendario, siguientes a la fecha de su notificacion. Cuarto.- La concesionaria esta obligada a iniciar el servicio dentro de los treinta (30) dias calendario computados a partir de la fecha de publicacion de la presente resolucion, cumpliendo con lo establecido en el Articulo 17º del reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 05-95MTC; en caso contrario, se aplicaran las sanciones previstas en el MORDAZA parrafo del Articulo 16º del citado reglamento.

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