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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE ABRIL DEL AÑO 1999 (21/04/1999)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 15

Pág. 172353 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 21 de abril de 1999 Otorgan a empresa de transportes la concesión de ruta Lima - Sequello RESOLUCION DIRECTORAL Nº 755-99-MTC/15.18 Lima, 15 de abril de 1999 VISTOS, el Expediente de Registro Nº 00972010 organi- zado por la EMPRESA DE TRANSPORTES INTERPRO- VINCIAL GONZALES SOCIEDAD ANONIMA "ETIGSA", sobre Concesión de Ruta: LIMA - SEQUELLO y viceversa e Informe Nº 268-99-MTC/15.18.04.1.RCM de la Dirección de Transportes de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional; CONSIDERANDO: Que, la referida empresa, mediante el expediente indicado en vistos, ha solicitado el otorgamiento de la concesión de ruta: LIMA - SEQUELLO y viceversa, al amparo de lo establecido en el Reglamento de Servicio Público de Transporte Terrestre Interprovincial de Pasa- jeros por Carretera en Omnibus aprobado por Decreto Supremo Nº 05-95-MTC; Que, en el Informe Nº 268-99-MTC/15.18.04.1.RCM, se concluye que la referida empresa cumple con los requisitos establecidos en el Artículo 13º del referido reglamento y señalados en el Texto Unico de Procedi- mientos Administrativos (TUPA) aprobado por Decreto Supremo Nº 019-97-MTC, recomendándose la proceden- cia del pedido formulado; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 640 y su reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 05- 95-MTC, Ley Nº 23035 y su reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 070-89-PCM, Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) aprobado por Decreto Supremo Nº 019-97-MTC y Decreto Ley Nº 25862; SE RESUELVE: Primero.- Otorgar a la EMPRESA DE TRANSPOR- TES INTERPROVINCIALES GONZALES SOCIEDAD ANONIMA "ETIGSA", la concesión de ruta: LIMA - SEQUELLO y viceversa, para prestar Servicio Público de Transporte Terrestre Interprovincial de Pasajeros por Carretera en Omnibus, por el período de diez (10) años, contados a partir de la fecha de expedición de la presente resolución, de acuerdo a los siguientes térmi- nos: RUTA :LIMA - SEQUELLO y viceversa ORIGEN :LIMA DESTINO :SEQUELLO ITINERARIO :ICA - CHALA - INCUYO - PAUSA - MARCABAMBA ESCALA COMERCIAL :PAUSA - MARCABAMBA FRECUENCIAS :Dos (2) semanales FLOTA VEHICULAR :Tres (3) ómnibus FLOTA OPERATIVA :Dos (2) ómnibus: UO-6850 (1995) y UI-3593 (1987) FLOTA DE RESERVA :Un (1) ómnibus: UH-2151 (1989) HORARIOS :Salidas de Lima: Domingo y miércoles a las 8.00 a.m. Salidas de Sequello: Martes y viernes a las 8.00 a.m. La tarjeta de circulación será expedida en relación al año de fabricación de los vehículos ofertados, bajo responsabili- dad. Segundo.- La concesionaria está obligada a cumplir con las normas legales establecidas en el reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 05-95-MTC y demás disposiciones vigentes, concernientes al Servicio Público de Transporte Terrestre Interprovincial de Pasajeros por Carretera en Omnibus, que se autoriza. Tercero.- La presente Resolución Directoral deberá ser publicada por la empresa en el Diario Oficial El Peruano dentro de los treinta (30) días calendario, siguientes a la fecha de su notificación. Cuarto.- La concesionaria está obligada a iniciar el servicio dentro de los treinta (30) días calendario compu- tados a partir de la fecha de publicación de la presente resolución, cumpliendo con lo establecido en el Artículo 17º del reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 05-95- MTC; en caso contrario, se aplicarán las sanciones previstas en el segundo párrafo del Artículo 16º del citado reglamento.Quinto.- Encargar la ejecución de esta resolución a la Dirección de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional. Regístrese y comuníquese. CARLOS A. IBAÑEZ MANCHEGO Director General Dirección General de Circulación Terrestre 5155 PODER JUDICIAL FE DE ERRATAS RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 158-99-SE-TP-CME-PJ Mediante Oficio Nº 441-99-PJ-SE/SG la Secretaría Ejecu- tiva del Poder Judicial solicita se publique Fe de Erratas de la Resolución Administrativa Nº 158-99-SE-TP-CME-PJ, pu- blicada en nuestra edición del día 17 de abril de 1999, en la página 172280. Tercer considerando DICE: "... Acta de Sesión de Trabajo que aprueba el Diseño Personalizado del Nuevo Despacho Judicial para los Juzga- dos Civiles y Penales del Distrito Judicial de Arequipa,...". DEBE DECIR: "... Acta de Sesión de Trabajo que aprueba el Diseño Personalizado del Nuevo Despacho Judicial para los Juzga- dos Civiles y Laborales del Distrito Judicial de Arequipa,...". Artículo Unico.- DICE: "... Acta de Sesión de Trabajo que aprueba el Diseño Personalizado de Nuevo Despacho Judicial para los Juzga- dos Civiles y Penales del Distrito Judicial de Arequipa,...". DEBE DECIR: "... Acta de Sesión de Trabajo que aprueba el Diseño Personalizado del Nuevo Despacho Judicial para los Juzga- dos Civiles y Laborales del Distrito Judicial de Arequipa,...". 5215 BANCO CENTRAL DE RESERVA Aprueban circular sobre crédito en mo- neda nacional y extranjera que con fines de regulación monetaria conce- de el BCRP a empresas del sistema financiero CIRCULAR Nº 013-99-EF/90 Lima, 20 de abril de 1999 El Directorio del Banco Central de Reserva del Perú ha resuelto establecer las siguientes condiciones para el crédito en moneda nacional y extranjera que, con fines de regulación monetaria, concede al Banco Central a las empresas del sistema financiero, con base en lo establecido en los Artículos 58º y 59º de su Ley Orgánica y sus Estatutos. Las condiciones establecidas en la presente circular regirán a partir del 1 de julio de 1999.