Norma Legal Oficial del día 04 de agosto del año 1999 (04/08/1999)


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ANEXO Nº 06

NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 4 de agosto de 1999

REGLAMENTO ESPECIAL PARA LA PROVISION DE ESTACIONAMIENTOS EN EL DISTRITO DE MORDAZA DE MORDAZA 1) CONSIDERACIONES GENERALES.a) Es requisito indispensable que cada unidad inmobiliaria (vivienda, comercio, industria, etc.) cuente con espacios suficientes que permitan cubrir las demandas actuales de estacionamientos dentro del lote ya que el actual deficit de zonas de parqueo conlleva a la ocupacion indebida de areas publicas, tales como frentes de lotes de propiedades colindantes, bermas, pistas, etc, causando desorden y malestar a la comunidad. b) Una de las principales causas que motiva este problema es la aplicacion de las normas establecidas en el Reglamento Nacional de Construcciones, las cuales no se adecuan a los requerimientos actuales de parqueo generados principalmente por el crecimiento del MORDAZA automotor y el MORDAZA de densificacion urbana. c) En tal sentido es conveniente establecer pautas tecnicas que cubran la demanda existente, regulando la dotacion de estacionamientos dentro de cada lote de acuerdo al uso de la edificacion y segun las caracteristicas del mismo. 2) REQUERIMIENTO DE ESTACIONAMIENTOS 2.1.- INMUEBLES UBICADOS EN ZONIFICACION RESIDENCIAL R1- R6. a) Los estacionamientos deberan ser resueltos dentro del area de cada lote. b) Para edificaciones multifamiliares en lotes con frentes mayores de 11.00 mts el numero minimo de estacionamientos vehiculares se calculara en base al area de cada unidad de vivienda, a razon de 1 estacionamiento por cada 120 m2 de area techada total. Se exigira 1 estacionamiento adicional por el area excedente comprendida en el rango de 10 m2 a 100 m2. c) Las nuevas edificaciones multifamiliares ubicadas en lotes con frentes mayores a 11ml habilitaran un ingreso vehicular unico con un ancho minimo de 3.00 ml. y MORDAZA de 7.50 ml. a una MORDAZA de estacionamientos exclusivo dentro del lote. Asimismo el diseno de las puertas de acceso (batientes) no debera invadir las veredas o areas publicas en ningun caso. d) El espacio para estacionamiento debera tener individualmente senderos de circulacion y salida a la via publica totalmente libre de obstrucciones, fijas o moviles. Vale decir, no se permitiran los estacionamientos uno detras de otro, como computo, para diferentes unidades de vivienda. e) En el caso de usar semisotanos, el ancho libre del ingreso para automoviles no sera menor a 3.00 ml, debiendo respetarse los retiros reglamentarios. La construccion del primer nivel podra elevarse a una altura MORDAZA de 1.50 ml sobre el nivel de la vereda. Los lotes en esquina deberan respetar el ochavo respectivo. En el caso de sotanos se podra utilizar el area de terreno en su totalidad para estacionamiento. f) Los sotanos y semisotanos solo se utilizaran para estacionamientos. g) Las edificaciones nuevas, cambio de uso y ampliaciones independientes a las existentes dentro de un mismo lote con construcciones anteriores, deberan sujetarse a lo establecido en la presente norma. h) En caso de ampliaciones de edificaciones existentes, el requerimiento de estacionamiento sera el correspondiente a la MORDAZA original con la que fuera aprobado el proyecto en su debida oportunidad, siempre que se mantenga el uso para el que fue construido. i) Los procesos de Habilitacion MORDAZA que consideren lotes con frente a calles peatonales deberan proveer de areas comunes de estacionamiento, en las que se dispondra de un espacio por cada unidad de vivienda. j) Para lotes con frentes menores de 11ml., el requerimiento de estacionamiento vehicular minimo sera el correspondiente a la zonificacion residencial respectiva segun el Reglamento Nacional de Construcciones. k) Para el caso de edificaciones con deficit de estacionamientos estos deberan ser resueltos en funcion de lo dispuesto en los articulos 2° y 4° de la Ordenanza N° 202MML del 28/01/99.

l) Para el caso de edificaciones destinadas a actividades comerciales, se requerira el mismo numero de estacionamientos que para zonas comerciales. 2.2.- INMUEBLES UBICADOS EN ZONIFICACION COMERCIAL a) En Area de Estructuracion MORDAZA III, se exigira un (1) estacionamiento por cada 40 m2 de area construida total de venta. Se exigira un (1) estacionamiento adicional por cada 40 m2 de exceso. b) En Area de Estructuracion MORDAZA I y II, se exigira un estacionamiento cada 100 m2 de area de venta total. c) El estacionamiento debera ser resuelto dentro del lote. d) El requerimiento de estacionamientos vehiculares para cada establecimiento segun su uso es como sigue:
USOS SUPERMERCADOS AEU I, II III TIENDAS DE AUTOSERVICIO MERCADOS OFICINAS I, II III I, II III I, II III CINES, TEATROS Y LOCALES DE ESPECTACULOS LOCALES CULTURALES, CLUBES, INSTITUCIONES Y SIMILARES LOCALES DEPORTIVOS O COLISEOS I, II III I, II III I, II III ACADEMIAS I, II III COLEGIOS Y NIDOS I, II III RESTAURANTES I, II III MORDAZA DE BAILE Y DISCOTECAS I, II III UNIVERSIDADES I, II Un (01) estacionamiento cada 40 m2 del area construida total de venta. 20 m2 del area construida total de venta. 40 m2 del area construida total de venta. 20 m2 del area construida total de venta. 20 Puestos 10 Puestos 80 m2 del area construida total de oficina. 40 m2 del area construida total de oficina. 20 Butacas 10 Butacas 75 m2 del area construida total 40 m2 del area construida total 50 Espectadores 30 Espectadores 80 m2 del area construida total 40 m2 del area construida total 80 m2 del area construida total de aulas 40 m2 del area construida total de aulas 40 m2 del area construida total de restaurante 20 m2 del area construida total de restaurante 40 m2 del area construida total 20 m2 del area construida total 80 m2 del area construida total de aulas, laboratorio y ambiente de uso de alumnos 40 m2 del area construida total de aulas, laboratorio y ambiente de uso de alumnos 80 m2 del area construida total

III

HOSPITALES, CLINICAS, SANATORIOS, POLICLINICOS, POSTAS SANITARIAS Y EMERGENCIAS CENTROS MEDICOS, LABORATORIOS

I, II

III I, II III

40 m2 del area construida total 80 m2 del area construida total 40 m2 del area construida total 80 m2 del area construida total 40 m2 del area construida total 30% del numero total de dormitorios

CONSULTORIOS INDIVIDUALES

I, II III

HOTELES Y HOSTALES: DE 5 Y 4 ESTRELLAS HOTELES Y HOSTALES: HASTA 3 ESTRELLAS APART HOTEL

I, II, III

I, II, III I, II, III

25% del numero total de dormitorios 40% del numero total de dormitorios

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