Norma Legal Oficial del día 22 de agosto del año 1999 (22/08/1999)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, MORDAZA 22 de agosto de 1999

autoridad ejecutiva quien en "materia presupuestal", es responsable de manera solidaria con el Concejo segun sea el caso; Que, las consideraciones vertidas anteriormente se encuentran dentro del MORDAZA de competencias que tiene la Alcaldia precisadas en los Articulos 47º, 48º y 53º de la Ley Nº 23853 - Organica de Municipalidades, concordante con la Constitucion Politica en sus Articulos 76º y 191º este ultimo en su MORDAZA Parrafo precisa que corresponde a la Alcaldia las funciones ejecutivas dentro del MORDAZA de la autonomia politica, economica y administrativa de los gobiernos locales; Que, el Articulo 44º inciso c) del Decreto Supremo Nº 039-98-PCM - Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, indica que el procedimiento de Adjudicacion Directa de Menor Cuantia es aplicable en las exoneraciones a que hace referencia el Articulo 19º, debiendo de hacerse de conocimiento de la Comision de Presupuesto y Cuenta General del Congreso de la Republica, del Ministerio de Economia y Finanzas y de la Contraloria General de la Republica; Que, con la finalidad de cumplir con los objetivos de mantener el saneamiento ambiental en los niveles alcanzados, es necesario la adquisicion de los servicios, teniendo como referencia para la adjudicacion los terminos expresados en las Bases Administrativas elaboradas para el Concurso en lo que sea aplicable, por lo que resulta necesario aprobar la respectiva exoneracion por ajustarse a lo dispuesto en el acervo legal vigente; Estando a lo expuesto, en concordancia con lo dispuesto en la Ley Nº 26850, su reglamento y con las atribuciones conferidas a la Alcaldia mediante la Ley Nº 23853 Organica de Municipalidades; RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la Exoneracion de la realizacion de Concurso Publico Nº 001-99-CE-MDEA por las consideraciones expuestas. Articulo 2º.- Autorizar a la Direccion de Administracion para que a traves de la Unidad de Abastecimiento como organo encargado de los procesos de seleccion lleve a cabo el procedimiento de Adjudicacion Directa de Menor Cuantia para la contratacion de los servicios descritos en el primer considerando de la presente Resolucion. Articulo 3º.- Encargar a la Direccion de Administracion la remision de la informacion correspondiente a la Contraloria General de la Republica de acuerdo a lo dispuesto en la Directiva Nº 03-99-CG/AT aprobada por Resolucion de Contraloria Nº 053-99-CG, asimismo poner de conocimiento de la Comision de Presupuesto y Cuenta General del Congreso de la Republica y del Ministerio de Economia y Finanzas la presente Resolucion. Articulo 4º.- Encargar a la Secretaria General poner de conocimiento del Concejo Municipal la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA ANTIPORTA LAYMITO MORDAZA 10819

CSDB-C, Reglamento del Servicio de Estacionamiento y Seguridad Vehicular del distrito de San Borja. CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 042-97-CDSB-C publicada el 26 de marzo de 1997 se aprobo el Reglamento del Servicio de Estacionamiento y Seguridad Vehicular del distrito de San Borja; siendo modificada por Ordenanza Nº 075-97-CDSB-C; Que, mediante Ordenanza Nº 212 publicada en el Diario Oficial El Peruano el 12 de febrero del presente ano, la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, aprobo la Ordenanza MORDAZA de la Tasa por Estacionamiento Vehicular en la provincia de MORDAZA, derogando los Edictos Nº 184-93 y Nº 196-94; Que, resulta entonces pertinente, adecuar la Ordenanza Nº 042-97-CDSB-C las nuevas disposiciones emanadas por la Municipalidad Provincial; Estando a lo expuesto y a lo dispuesto en el Articulo 110º de la Ley Organica de Municipalidades, se aprobo la siguiente: ORDENANZA Articulo Primero.- Modificar el Articulo 1º de la Ordenanza Nº 042-97-CDSB-C, debiendo quedar redactado como sigue: "Articulo 1º.- La presente Ordenanza tiene por finalidad regular la tasa por estacionamiento de vehiculos, asi como los aspectos tecnicos y administrativos del Servicio de Estacionamiento y Seguridad Vehicular en la jurisdiccion del distrito de San Borja." Articulo Segundo.- Modificar el Articulo 7º, de la Ordenanza Nº 042-97-CDSB-C, debiendo quedar redactado como sigue: "Articulo 7º.- El monto correspondiente a la tasa que debe pagar el usuario del Servicio de Estacionamiento y Seguridad Vehicular por cada media hora o fraccion sera el equivalente al 0.0212% de la UIT." Articulo Tercero.- Modificar el Articulo 12º, debiendo quedar redactado como sigue: "Articulo 12º.- Encontrandose en cumplimiento de sus funciones, estan inafectos al pago de la Tasa por Estacionamiento Vehicular los conductores de: 1. Ambulancias 2. Vehiculos del Cuerpo General de Bomberos 3. Vehiculos de las Fuerzas Armadas y Policia Nacional 4. Vehiculos que presten servicio de Serenazgo y administrativo de otras Municipalidades 5. Vehiculos de limpieza publica." Articulo Cuarto.- Modificar el Articulo 13º, debiendo quedar redactado como sigue: Se consideran zonas de estacionamiento vehicular las siguientes: VIA
Av. Aviacion Av. Aviacion Av. Aviacion Av. Aviacion Av. San MORDAZA Av. San MORDAZA Av. San MORDAZA Av. San MORDAZA MORDAZA Bernini MORDAZA Carpaccio MORDAZA Carpaccio MORDAZA Morelli MORDAZA Morelli MORDAZA Ucello MORDAZA Ucello Av. De la Tosa MORDAZA Av. De Las Artes Av. De Las Artes Av. De Las Artes Av. De la Poesia Av. De la Poesia MORDAZA Las Letras Prol. Av. MORDAZA Prol. Av. MORDAZA Av. Aviacion

CUADRA SENTIDO
22 22 24 a 34 24 a 34 19 y 20 19 y 20 21 21 01 02 02 01 02 01 y 02 01 y 02 11 03 04 04 01 01 02 01 03 35 S-N N-S S-N N-S S-N N-S N-S S-N E-O E-O O-E S-N S-N S-N N-S N-S E-O O-E E-O N-S S-N O-E E-O E-O N-S

LADO
DERECHO DERECHO DERECHO DERECHO DERECHO DERECHO DERECHO DERECHO DERECHO DERECHO DERECHO DERECHO DERECHO DERECHO DERECHO DERECHO DERECHO DERECHO DERECHO DERECHO DERECHO DERECHO DERECHO DERECHO DERECHO

FORMA
PARALELO PARALELO DIAGONAL DIAGONAL Diagonal Diagonal Paralelo Paralelo Diagonal Diagonal Diagonal Diagonal Diagonal Diagonal Diagonal Paralelo Diagonal Paralelo Paralelo Paralelo Paralelo Paralelo Paralelo Paralelo Paralelo

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA
Modifican articulos de ordenanza que regula el servicio de estacionamiento y seguridad vehicular en el distrito
ORDENANZA Nº 168-99-CDSB-C San MORDAZA, 20 de agosto de 1999 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA Visto, en su XVIII-99 Sesion Ordinaria de fecha 19.8.99, el Dictamen Nº 021-99-CDSB-CDU de la Comision de Desarrollo MORDAZA sobre Modificacion de la Ordenanza Nº 042-97-

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