Norma Legal Oficial del día 22 de agosto del año 1999 (22/08/1999)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, MORDAZA 22 de agosto de 1999

a) Prorrateo simple del costo total entre todos los predios registrados por zonas: casa-habitacion, terrenos sin construir. b) Ubicacion geografica de las zonas. c) El uso o actividad desarrollada en el predio. d) El valor de la (UIT) Unidad Impositiva Tributaria, vigente al mes de enero de cada ano. Articulo 10º.- RENDIMIENTO DE LOS ARBITRIOS.- El importe recaudado por concepto de los Arbitrios regulados en la presente Ordenanza constituye renta de la Municipalidad Provincial de Huaral. El rendimiento de los mencionados arbitrios sera destinado unica y exclusivamente a financiar el costo de los Servicios. Articulo 11º.- JUSTIFICACION TECNICA DE LAS DETERMINACION DE LAS TASAS.- De acuerdo a lo dispuesto en el Articulo 69º del Decreto Legislativo Nº 776 Ley de Tributacion Municipal modificado por la Ley Nº 26725, los importes aprobados en la presente Ordenanza han sido calculados en funcion al costo efectivo del servicio a presentar segun se especifica en los MORDAZA I y II anexos. TITULO II ARBITRIOS DE LIMPIEZA PUBLICA, PARQUES Y JARDINES Articulo 12º.- DEFINICION DE ARBITRIO DE LIMPIEZA PUBLICA.- El Arbitrio de Limpieza Publica, comprende el cobro por el servicio de recoleccion domiciliaria y de escombros, transporte, carga, transferencia y disposicion final de los deshechos solidos urbanos provenientes de los predios referidos en el articulo de la presente Ordenanza asi como el servicios de MORDAZA de calles, baldeo de plazas, barrido de calles y plazas. Articulo 13º.- DEFINICION DE ARBITRIO DE PARQUES Y JARDINES.- El Arbitrio de Parques y Jardines, comprende: el cobro por los servicios de implementacion, recuperacion y mantenimiento y mejoras de parques y jardines de uso publico. Articulo 14º.- DETERMINACION DE LOS ARBITRIOS.- Conforme a los criterios senalados en el Articulo 9º se establece en el anexo I el importe mensual de los arbitrios destinados a financiar los servicios de Limpieza Publica, Parques y Jardines Publicos.DISPOSICIONES TRANSITORIAS Y FINALES Primer.- La presente Ordenanza regular los Arbitrios a partir del ejercicio fiscal 1999. Segundo.- Fijar el 0.036% de la Unidad Impositiva Tributaria por concepto de gastos administrativos, servicio de emision mecanizada y distribucion a domicilio (S/. 1.00). Tercero.- Los jubilados, cesantes y pensionistas, propietarios de un solo inmueble, que lo dediquen en su integridad a MORDAZA habitacion y que MORDAZA reconocidos como tales por la Municipalidad Provincial de Huaral y que perciban una pension mensual no mayor de S/. 400.00 (Cuatrocientos y 00/100 Nuevos Soles) o que el valor total de su predio no supere los S/. 28,000.00 abonaran por los Arbitrios regulados en la presente Ordenanza un monto mensual diferenciado (50% del pago de los arbitrios que le corresponda). Asimismo cuando se desarrolle dentro de su predio una actividad economica cuya autorizacion de apertura este a su nombre o de su conyuge, abonaran el arbitrio a que se refiere en el parrafo anterior siempre que su pension mensual no exceda del monto indicado. En su caso, cuando cedan el uso parcial del inmueble con fines productivos, comerciales y/o profesionales o para casa-habitacion solo se les aplicara el beneficio por el area que continuen ocupando. Al area cedida se les aplicara los arbitrios en forma normal. Cuarto.- Encargar a Secretaria General la publicacion a la Direccion de Administracion y Oficina de Rentas el estricto cumplimiento de la presente Ordenanza. Quinto.- Deroguese las Ordenanzas, asi como todas las disposiciones legales emanadas por el Concejo Provincial de Huaral, que se opongan a la presente Ordenanza.

Sexto.- Facultese al MORDAZA para que mediante Decreto, dicte las Disposiciones Complementarias para la adecuada aplicacion de la presente Ordenanza, con sujecion a la normatividad vigente, dando cuenta al Concejo Municipal. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Provincial de Huaral CUADRO TARIFARIO 1999 SERVICIO DE LIMPIEZA Y MANTENIMIENTO DE PARQUES Y JARDINES
I.- MORDAZA HABITACION UBICACION Urb. Populares Huaral MORDAZA MORDAZA Residencial II.- COMERCIO UBICACION Urb. Populares Huaral MORDAZA MORDAZA Residencial III.- INDUSTRIA UBICACION MENOR MAYOR LIMPIEZA PUBLICA 39.20 78.40 PARQUES Y JARDINES 16.80 33.60 % UIT TOTAL 2.0% - 56.00 4.0% - 112.00 LIMPIEZA PUBLICA 6.90 13.70 15.70 PARQUES Y JARDINES 2.90 5.90 6.70 % UIT TOTAL 0.35% - 9.80 0.70% - 19.60 0.80% - 22.40 LIMPIEZA PUBLICA 4.90 9.80 14.70 PARQUES Y JARDINES 2.10 4.20 6.30 % UIT TOTAL 0.25% - 7.00 0.50% - 14.00 0.75% - 21.00

IV.- SERVICIO EN GENERAL UBICACION Urb. Populares Huaral MORDAZA MORDAZA Residencial LIMPIEZA PUBLICA 6.90 13.70 15.70 PARQUES Y JARDINES 2.90 5.90 6.70 % UIT TOTAL 0.35% - 9.80 0.70% - 19.60 0.80% - 22.40

V.- GOBIERNO CENTRAL, INST. PUBLICAS DESC. GOB. LOCAL UBICACION Huaral VI.- C.E. EDUCATIVOS UBICACION INICIAL PRIMARIA SECUNDARIA LIMPIEZA PUBLICA 9.80 13.70 15.70 PARQUES Y JARDINES 4.20 5.90 6.70 % UIT TOTAL 0.50% - 14.00 0.70% - 19.60 0.80% - 22.40 LIMPIEZA PUBLICA 15.70 PARQUES Y JARDINES 6.70 % UIT TOTAL 0.70% - 22.40

VII.- FINANCIERAS, EMPRESAS QUE PRESTAN SERVICIOS PUBLICOS, DE TRANSPORTE, HOSTALES, GRIFOS, POLICLINICOS, DISCOTECAS, SALON DE JUEGOS, MAYORISTAS, RESTAURANTES CLUBS. UBICACION HUARAL LIMPIEZA PUBLICA 39.20 PARQUES Y JARDINES 16.80 % UIT TOTAL 2% - 56.00

VIII.-VIVIENDAS DESOCUPADAS (TERRENO SIN CONSTRUIR. UBICACION HUARAL 10816 LIMPIEZA PUBLICA 4.90 PARQUES Y JARDINES 2.10 % UIT TOTAL 0.252% - 7.00

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