Norma Legal Oficial del día 22 de agosto del año 1999 (22/08/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 21

MORDAZA, MORDAZA 22 de agosto de 1999

NORMAS LEGALES
UNIDAD ORGANICA:

Pag. 177131
UNIDAD ESPECIALIZADA EN CONCESIONES DE TELECOMUNICACIONES (U.E.C.T.)
AUTORIDAD QUE APRUEBA EL TRAMITE AUTORIDAD QUE RESUELVE EL RECUR. IMPUG.

ENTIDAD: MINISTERIO DE TRANSPORTES, COMUNICACIONES, VIVIENDA Y CONSTRUCCION
Nº DE ORD. DENOMINACION DEL PROCEDIMIENTO

REQUISITOS

DERECHOS CALIFICACION DEPENDENCIA DE AUTOEVALUACION DONDE SE INICIA PAGO MATICO POSIT. NEGAT. NO REGUL. EL TRAMITE

07

TRANSFERENCIA DE CON- . Solicitud de la empresa titular del derecho de conceCESIONES. MORDAZA, segun formato. . Declaracion Jurada del adquirente, de asumir todas las obligaciones contraidas por el titular.

Gratuito*

20 d.

Oficina de Tramite Documentario

Viceministro

Reconsideracion Viceministro Apelacion Ministro

En caso de que el MORDAZA titular no sea Concesionario debera presentar: PARA PERSONA JURIDICA: MORDAZA del testimonio de constitucion de la empresa y del poder vigente del representante legal, inscritos en los Registros Publicos (legalizados o certificados por fedatario). PARA PERSONA NATURAL: MORDAZA del documento de identidad (legalizado o certificado por fedatario). . Hoja de datos personales del representante y de los accionistas con derecho a MORDAZA, que representen el 10% o mas del capital social, con fotografias (por triplicado). . Declaracion Jurada del solicitante y de los accionistas con derecho a MORDAZA que representen el 10% o mas del capital social, de no hallarse impedidos de contratar con el Estado ni estar incursos en las limitaciones establecidas en la Ley y el Reglamento.

* Se refiere al pago por derecho de tramite, no asi al pago por derecho de concesion, al pago del canon si correspondiera y al pago de la publicacion de la resolucion, exigibles luego de publicada la resolucion correspondiente y cuyos montos se calculan de acuerdo a lo dispuesto en el Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones y sus modificatorias.

ENTIDAD: MINISTERIO DE TRANSPORTES, COMUNICACIONES, VIVIENDA Y CONSTRUCCION
Nº DE ORD. DENOMINACION DEL PROCEDIMIENTO REQUISITOS

UNIDAD ORGANICA : DIRECCION GENERAL DE CIRCULACION TERRESTRE DIRECCION DE TRANSPORTE DE PASAJEROS Y CARGA
DERECHO DE PAGO (UIT) CALIFICACION DEPENDENCIA AUTOEVALUACION NO DONDE SE INICIA MATICO POSIT. NEGAT. REGUL. EL TRAMITE AUTORIDAD AUTORIDAD QUE APRUEBA QUE RESUELVE EL TRAMITE EL RECURS. IMPUG.

37

OTORGAMIENTO DE PERMISO PARA OPERACIONES FERROVIARIAS

A) Personas Naturales Solicitud al Director General de Circulacion Terrestre, adjuntando: a MORDAZA del documento de identidad del solicitante b Declaracion jurada en la que se senale expresamente el nombre y domicilio del solicitante y que no tiene antecedentes penales. Asimismo, debera indicarse la naturaleza y objeto de la (s) operacion (es) a realizar c MORDAZA de los documentos que acrediten la experiencia del solicitante en la prestacion de servicios ferroviarios de carga y/o pasajeros, segun el MORDAZA de permiso solicitado. d MORDAZA de la pro forma de cobertura emitida por una compania de seguros de conformidad con lo dispuesto en el D.S. Nº. 027-99-MTC, la misma que debera tener un plazo de vigencia equivalente a la del permiso de operacion. B) Personas Juridicas Solicitud al Director General de Circulacion Terrestre, adjuntando: a MORDAZA del Registro Unico del Contribuyente (RUC) del solicitante. b MORDAZA simple de la escritura publica de constitucion de la persona juridica y, de ser el caso, MORDAZA simple de la escritura publica que contenga los estatutos vigentes, MORDAZA con la MORDAZA de su inscripcion en los Registros Publicos. Los estatutos deberan contemplar de manera expresa que el solicitante puede prestar servicios publicos de transporte ferroviario de carga y/o pasajeros. c Declaracion jurada en la que se senale expresamente la denominacion o razon social y domicilio del solicitante, asi como nombre y domi

Gratuito

60 dias

Mesa de Partes de la DGCT

Director General

Reconsideracion Director General, Apelacion: Viceministro de Transportes

Vigencia: Un ano

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