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Pág. 181502 NORMAS LEGALES Lima, jueves 16 de diciembre de 1999 Que, es objetivo de la actual gestión municipal preser- var el orden y la seguridad del vecindario; y considerando que la exhibición indiscriminada de bebidas alcohólicas envasadas y precintadas en los diversos centros de comer- cialización, sin ningún tipo de regulación, tiende en cierto modo a estimular el consumo masivo de las mismas, ocasionando actos reñidos con la moral y las buenas costumbres con el consiguiente malestar del vecindario; En uso de las atribuciones conferidas por la Ley Orgá- nica de Municipalidades, Ley Nº 23853 y con el voto unánime de los miembros del Concejo Municipal se apro- bó lo siguiente: ORDENANZA Artículo Primero.- Adicionar a la Ordenanza Nº 002- 98/MJM el siguiente artículo: "Artículo Décimo.- Disponer que la exhibición de las bebidas alcohólicas envasadas y precintadas no exceda del 20% del área total de exhibición de mercadería en los diversos establecimientos comerciales al por menor de bienes de consumo directo como Mini Markets, Bodegas o Tiendas de Abarrotes comprendidos en la jurisdicción del distrito de Jesús María." Artículo Segundo.- Reemplazar el Texto de la Se- gunda Disposición Transitoria por la siguiente: "Segunda.- Encargar a la División de Policía Munici- pal, Serenazgo, Oficina de Administración de Tributos y Rentas, Unidad de Administración y Fiscalización Tribu- taria, el cumplimiento de la presente Ordenanza." Regístrese, publíquese y cúmplase. FRANCISCA IZQUIERDO NEGRON Alcaldesa 15575 Disponen el embanderamiento gene- ral del distrito DECRETO DE ALCALDIA Nº 019-99/MJM Jesús María, 7 de diciembre de 1999 LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE JESUS MARIA CONSIDERANDO: Que, la segunda semana del mes de diciembre de 1999 se realizarán las celebraciones por el 36 aniversario de la Creación Política del distrito de Jesús María; Que, con tal ocasión, resulta necesario convocar la participación cívica del vecindario del distrito con el embanderamiento de las viviendas, locales públicos y privados, como una expresión de saludo al distrito por su aniversario; Que, es función de las Municipalidades aprobar nor- mas referidas al ornato, de conformidad con el Artículo 65º inciso 9) de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 23853; y, En uso de su facultad conferida por el Artículo 47º inciso 6) de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 23853; SE DECRETA: Artículo Primero.- Disponer el embanderamiento general de las viviendas, locales comerciales, instalaciones públicas y privadas del distrito de Jesús María desde el 7 hasta el 18 de diciembre del presente año. Artículo Segundo.- Quienes incumplan el presente Decreto de Alcaldía, se harán acreedores a las sanciones y multas correspondientes. Artículo Tercero.- Encargar a la Policía Municipal el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía. Regístrese, comuníquese y cúmplase. FRANCISCA IZQUIERDO NEGRON Alcaldesa 15576MUNICIPALIDAD DE LURIGANCHO- CHOSICA Modifican el Texto Unico de Procedi- mientos Administrativos de la municipalidad ORDENANZA Nº 007/CDL-CH Chosica, 15 de noviembre de 1999 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LURIGANCHO-CHOSICA POR CUANTO: EL CONCEJO DISTRITAL DE LURIGANCHO-CHO- SICA, en Sesión Extraordinaria de la fecha; y, CONSIDERANDO: Que, del Informe Nº 126-99-DR-MDLCH se indica que mediante Acuerdo de Concejo Nº 31-97/CDL se dispuso la suspensión del otorgamiento de la Licencia Especial de Funcionamiento y se dejó sin efecto las licencias especiales que se expidieron antes de la dación del mencionado dispo- sitivo, así mismo se señala que posteriormente a través del Acuerdo de Concejo Nº 34-99/CDL ha quedado sin efecto el Acuerdo de Concejo Nº 31-97/CDL, quedando expedito el otorgamiento de la autorización especial de funcionamiento (Licencia Especial), por lo cual se propone se aprueben los correspondientes derechos; Que, mediante Dictamen de Comisión Nº 06-99/CEPPI, la Comisión de Economía, Presupuesto, Planificación e Informática aprueba el citado informe proponiendo al Con- cejo el respectivo proyecto de ordenanza; Que, con el debate correspondiente conforme consta en actas; y, Sometido a votación en la forma reglamentaria, por unanimidad aprobó la siguiente; ORDENANZA: Artículo Unico.- Incluir en el Texto Unico de Procedimien- tos Administrativos de la Municipalidad Distrital de Lurigan- cho-Chosica el siguiente procedimiento administrativo: DENOMINACION DEL PROCEDIMIENTO ADMI- NISTRATIVO: Autorización Especial Municipal REQUISITOS: 1.- Formato Solicitud Declaración Jurada. 2.- Copia simple del Certificado Autorización Municipal de Funcionamiento. 3.- Comprobante de pago por derecho de trámite. DERECHO DE PAGO EN NUEVOS SOLES: 1.-Formato Solicitud Declaración Jurada 10.00 2.-Inscripción o Reinscripción 110.00 A.-Centro Nocturno 110.00 B.-Discoteca, Recreos, Salones de Bailes, Salsódromos y similares 110.00 C.-Bar, Cantina y Licorería 110.00 D.-Restaurantes y similares 60.00 F.-Bodega, Abarrotes y similares 40.00 G.-Aparatos de esparcimiento y recreativos (Pimboll, Nintendo y Similares) por unidad 10.00 H.-Juego de Billar, Billas, Bochas, Bowling y similares, por unidad 10.00 I.-Salas de Bingo 110.00 J.-Casinos 110.00 POR TANTO: De conformidad con el Artículo 47º de la Ley Nº 23853, Orgánica de Municipalidades, lo promulgo en Lurigancho- Chosica a los quince días del mes de noviembre de mil novecientos noventinueve. LUIS FERNANDO BUENO QUINO Alcalde 15272