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Pág. 181499 NORMAS LEGALES Lima, jueves 16 de diciembre de 1999 comprenden vías de Libre Acceso", estableció el día 15 de noviembre del presente año, como último día para poder solicitar las aclaraciones y consultas sobre el contenido de las bases; Que, las bases que regulan el proceso de adjudicación de rutas de libre acceso mencionado en el considerando precedente, han sido modificadas con la finalidad de simplificar el procedimiento de adjudicación, habiéndose establecido así mismo, la posibilidad de que las empresas participantes, puedan efectuar consultas o aclaraciones respecto del contenido de las mismas; hecho, que ha motivado que se presenten al proceso de adjudicación, un gran número de empresas que venían prestando el servi- cio de manera informal, las cuales han solicitado se amplíe el plazo establecido para efectuar las consultas y aclara- ciones respectivas; Que, uno de los objetivos de la Municipalidad de Lima, es el procurar la integración paulatina del transporte informal al sistema formal y regular dicho proceso en el ámbito de la provincia de Lima, en concordancia con lo establecido por la segunda disposición complementaria de la Ordenanza Marco del Transporte Terrestre en la provincia de Lima, Ordenanza Nº 131; razón por la cual, es necesario ampliar el plazo establecido para realizar las consultas y aclaraciones, en aras de lograr la mayor participación de las empresas que desean formalizar su situación, ante la autoridad competente; De conformidad con la Ordenanza Marco del Trans- porte en la provincia de Lima, Ordenanza Nº 131 y el Reglamento del Servicio Público de Transporte Urba- no e Interurbano de pasajeros en ómnibus y otras modalidades para la provincia de Lima, Ordenanza Municipal Nº 104; RESUELVE: Artículo Primero.- Modificar el ítem 4.2 de las "Ba- ses para participar del Proceso de adjudicación directa de Rutas cuyos recorridos comprenden vías de Libre Acce- so", aprobado por Resolución Directoral Municipal Nº 058-99-MML/DMTU del 14 de octubre de 1999, el mismo que queda redactado de la siguiente manera: 4.2.- Las aclaraciones y consultas a las bases, sólo se podrán formular hasta el 30 de noviembre de 1999, las mismas serán absueltas por escrito en un plazo no mayor de 5 días útiles, y éstas pasarán a integrar la presente Base; debiendo las empresas recoger las res- puestas a las aclaraciones y consultas realizadas, en la mesa de partes de la Dirección Municipal de Transpor- te Urbano, mostrando copia del recibo de la compra de las Bases. Artículo Segundo.- Encargar a la Dirección General de Transporte el cumplimiento de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y cúmplase. ELVIRA MOSCOSO CABRERA Directora Municipal Dirección Municipal de Transporte Urbano 15555 Modifican resolución mediante la cual se aprobaron bases de autorización extraordinaria para brindar servicio en rutas RESOLUCION DIRECTORAL MUNICIPAL Nº 075-99-MML-DMTU Lima, 3 de diciembre de 1999 Vistos, los Informes Nºs. 529, 533, 534, 536, 547, 548, 563, 564, 566, 574, 575, 576, 577, 578, 579 y 580, MML- DMTU-DGTE-APR, así como el Memorándum Nº 187-99- MML-DMTU e Informe N° 153-MML-DMTU-AL; y, CONSIDERANDO: Que, los Artículos 4º y 6º del Reglamento Nacional del Servicio Público de Transporte Urbano e Interurbano dePasajeros aprobado por Decreto Supremo Nº 012-95- MTC, establecen que el servicio sólo podrá ser prestado luego de obtener concesión o autorización respectiva, utilizando para ello vehículos habilitados mediante la correspondiente tarjeta de circulación, la cual será emiti- da por la Autoridad Administrativa, la misma que cuenta con facultades para otorgar concesiones, autorizaciones o sus correspondientes modificaciones; Que, en el Artículo 14º de la Ordenanza Municipal Nº 104, Reglamento del Servicio Público de Transporte Ur- bano e Interurbano de Pasajeros en Omnibus y otras modalidades en la Provincia de Lima, establece que las condiciones para el otorgamiento de concesiones para el Transporte Público de Pasajeros serán establecidas en las correspondientes bases; Que, el Artículo 3º Inc. d) de la Ordenanza Marco del Transporte Terrestre en la Provincia de Lima Nº 131, establece que, corresponde a la Municipalidad Metropoli- tana de Lima otorgar las concesiones y autorizaciones correspondientes para la gestión del servicio; Que, al amparo de la precitada normatividad, la Direc- ción Municipal de Transporte Urbano de la Municipali- dad Metropolitana de Lima, expidió la Resolución Direc- toral Municipal Nº 058-99-MML-DMTU, según la cual se aprueban las Bases, conteniendo los plazos, procedimien- tos y requisitos para otorgar Autorización Extraordinaria que permita brindar el servicio en rutas cuyos recorridos comprendan vías de libre acceso, disponiéndose su venta y entrega a partir del 25 de octubre hasta el 26 de noviembre de 1999; Que, sin embargo, se ha presentado gran acogida en torno a la adquisición de las bases para el presente proceso de Adjudicación de rutas de libre acceso, motivo por el cual, atendiendo a las recomendaciones técnicas recogidas, devino en necesario la prórroga del plazo para proceder a la venta de las mismas hasta el 7 de diciembre de 1999; Que, por Resolución Directoral Municipal N° 066-99- MML-DMTU, se amplió hasta el 30 de noviembre la recepción de solicitudes para realizar aclaraciones y con- sultas; Que, las solicitudes de aclaración y/o consultas presen- tadas por las empresas, a tenor de lo establecido en el ítem 4.2 de las bases del proceso de adjudicación directa que viene llevándose a cabo , pasarán a formar parte de las mismas; razón por la cual las solicitudes aprobadas por la Asesoría del Plan Regulador, sobre inclusión de rutas, modificación de las mismas, y modificación de datos técni- cos de las rutas, mediante los informes citados en la parte introductoria de la presente resolución, deben ser incor- poradas a las bases; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27181– Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre, Ley Nº 23853– Ley Orgánica de Municipalidades, Decreto Su- premo N º 012-95-MTC – Reglamento Nacional del Servi- cio Público de Transporte Urbano e Interurbano de Pasajeros, Decreto Supremo Nº 015-98-MTC y Nº 026- 99-MTC, Ordenanza Marco del Transporte Terrestre Nº 131, Ordenanza Municipal Nº 104 – Reglamento de Servicio Público del Transporte Urbano e Interurbano de Pasajeros en Omnibus y otras modalidades para la Provincia de Lima, la Ordenanza Municipal Nº 219 – Texto Unico Ordenado de Procedimientos Administrati- vos de la Municipalidad Metropolitana de Lima corres- pondiente al año 1999, y los Decretos de Alcaldía Nº 054 -93 y Nº 026-96-MLM. SE RESUELVE: Artículo Primero .- Modificar el Artículo Primero de la Resolución Directoral Municipal Nº 058-99-MML- DMTU, disponiéndose la prórroga de la venta de las Bases hasta el 7 de diciembre de 1999. Artículo Segundo .- Aprobar la inclusión de rutas, modificación de las mismas y de sus datos técnicos, que corren en el Anexo 1 de la presente resolución. Artículo Tercero .- Encargar que la Dirección Gene- ral de Transporte dicte las medidas complementarias que se requieran para continuar con el proceso de Adjudica- ción Directa. Regístrese, comuníquese y publíquese. ELVIRA MOSCOSO CABRERA Directora Municipal Dirección Municipal de Transporte Urbano