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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE DICIEMBRE DEL AÑO 1999 (18/12/1999)

CANTIDAD DE PAGINAS: 24

TEXTO PAGINA: 24

Pág. 181582 NORMAS LEGALES Lima, sábado 18 de diciembre de 1999 Artículo Noveno.- El servicio de Estacionamiento Vehicu- lar y conexos se efectuará de lunes a domingo en horarios corridos de 9.00 a.m. hasta las 18.00 p.m., durante la vigencia del presente Tributo. Excepto en la Zona Discotecas en donde el horario se extiende hasta las 04.00 del día siguiente inclusive. Artículo Décimo.- Las Playas en donde se presentara el Servicio de Estacionamiento vehicular son: Rivera Norte: 1. Rivera Norte 2. Malecón San Martín Rivera Sur: 1. Malecón Miguel Grau 2. Av. José de San Martín 3. Perímetro del Parque Central 4. Perímetro Mercado Municipal 5. Rivera Sur. Zona de Discotecas y Centros de Esparcimientos: 1. Zona Adyacente Kahunas 2. Zona Adyacente La Pólvora 3. Zona Adyacente El Huayco 4. Zona Adyacente Hollywood 5. Zona Adyacente Curayacu - 2ª Zona. Artículo Décimo Primero.- Encargar a la Secretaría General del Concejo cumpla con las disposiciones de la Ordenan- za Nº 211 de la Municipalidad Metropolitana de Lima y con el Art. 112º de la Ley Orgánica de Municipalidades a efectos de la plena vigencia de la presente Ordenanza. Por tanto: Mando se registre, publique y cumpla. WILDOR PARINANGO SANCHEZ Alcalde 15705 Prorrogan plazo para acogerse a amnis- tía tributaria y administrativa estable- cida en favor de contribuyentes del distrito DECRETO DE ALCALDIA Nº 009-99/MDSB San Bartolo, 11 de diciembre de 1999 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN BARTOLO CONSIDERANDO: Que, el Concejo Distrital de San Bartolo mediante Decreto de Alcaldía Nº 005-99-MDSB de fecha 22 de julio de 1999, concedió Amnistía Tributaria y Administrativa a favor de los contribuyentes del distrito de San Bartolo; Que, en sesión de Concejo de fecha 13 de noviembre de 1999, se acordó prorrogar la Amnistía Tributaria hasta el 31 de diciembre de 1999; Que, el Art. 41º del Código Tributario, autoriza a las Muni- cipalidades, para que por excepción y con carácter general, concedan a los contribuyentes el beneficio de la condonación de los intereses moratorios y sanciones correspondientes a los tributos que administran; facilitándoles así la regularización y actualización de sus deudas para su debida cancelación; Que, es política de esta Administración Municipal, otorgar facilidades a los Contribuyentes a fin de que puedan cumplir con la actualización y regularización de sus obligaciones tributarias Municipales, pendientes de cancelación por diferentes motivos; De conformidad con los Arts. 47º y 111º de la Ley Nº 23853 Orgánica de Municipalidades; SE DECRETA: Artículo Primero.- Prorrogar hasta el 31 de diciembre de 1999, el plazo para acogerse a la Amnistía Tributaria y Admi- nistrativa que establece el Decreto de Alcaldía Nº 005-99/ MDSB. Artículo Segundo.- Encargar a la Dirección de Rentas el cumplimiento del presente Decreto.POR TANTO: Regístrese, comuníquese, publíquese, cúmplase y archívese. WILDOR PARINANGO SANCHEZ Alcalde 15706 MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO Convocan a concurso para otorgar en concesión la construcción y adminis- tración de locales comerciales en di- versos parques del distrito RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 397-99-ALC/MSI San Isidro, 14 de diciembre de 1999 EL ALCALDE DE SAN ISIDRO CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 216-99-ALC/MSI del 24.4.99 y publicada en el Diario Oficial El Peruano el día 2 de mayo del año en curso, se aprobó la Iniciativa para la Inversión Privada presentada por la empresa Consorcio Inmo- biliario Los Portales S.A., para la construcción y administración de locales comerciales en la superficie de los parques Andrés Avelino Cáceres y Andrés Reyes, así como la explotación del Anfiteatro existente en el parque Andrés Avelino Cáceres y el consiguiente mantenimiento total e integral de ambos parques de esta jurisdicción; Que, los parques en mención han sido objeto de un trata- miento especial de construcción y remodelación no sólo en la parte superficial sino incluso en el subsuelo en donde existen playas de estacionamiento, dadas en concesión a la empresa Consorcio Inmobiliario Los Portales S.A., al amparo del Regla- mento de las Inversiones Privadas en Obras de Infraestructura y Servicios Públicos, habiéndose generado áreas superficiales libres de construcción, arborización y mobiliario urbano en un promedio del 15% de los parques que permite la construcción de módulos para locales comerciales; Que, para ser postor es necesario presentar un Estudio de Impacto Ambiental y otro Estudio de Tránsito; Que, con el fin de proceder a la Concesión de la superficie libre en la modalidad de Concurso de Proyectos Integrales y de conformidad a los Artículos 10º y 33º de la Ordenanza Nº 098-96- MML "Reglamento de las Inversiones Privadas en Obras de Infraestructura y en Servicios Públicos Locales en la provincia de Lima", modificada por el Artículo 1º de la Ordenanza Nº 112- 97-MML, es necesario aprobar las Bases y convocar al Concurso respectivo; según Informe Nº 384-99-09-OAJ/MSI de la Oficina de Asesoría Jurídica; y, En uso de las facultades conferidas por el Artículo 47º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 23853 y Artículos 10º y 33º de la Ordenanza Nº 098-96-MML; RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar las Bases y convocar a Con- curso en la modalidad de Proyectos Integrales para el otorga- miento en Concesión a fin de encargarle a una persona jurídica nacional o extranjera la construcción y administración de loca- les comerciales en el 15% de la superficie de los parques Andrés Avelino Cáceres y Andrés Reyes, así como la explotación del Anfiteatro existente en el parque Andrés Avelino Cáceres y con el consiguiente mantenimiento y conservación total e integral de ambos parques. Artículo Segundo.- Las propuestas que se presenten en el marco del Concurso de Proyectos Integrales, deberán contener los respectivos Estudios Ecológicos, Impacto Ambiental, Circu- lación y Tránsito. Artículo Tercero.- Encargar el cumplimiento de la pre- sente Resolución a la Secretaría General de la Municipalidad. Regístrese, comuníquese y cúmplase. GASTON BARUA LECAROS Alcalde 15708