Norma Legal Oficial del día 18 de diciembre del año 1999 (18/12/1999)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 18 de diciembre de 1999

Contra la precitada Resolucion, el mencionado ex servidor ha interpuesto Recurso Impugnatorio de Reconsideracion; Que, de acuerdo a lo regulado en el MORDAZA parrafo del Art. 98º del Decreto Supremo Nº 02-94-JUS, modificado por el Articulo 1º de la Ley Nº 26810, el termino para la interposicion del Recurso de Reconsideracion es de quince (15) dias, que en el caso sub examine el Recurso materia del grado ha sido formulado excediendo los plazos senalados en la Normatividad Procesal Administrativa vigente; Asimismo, las Disposiciones contenidas en el Inc. e) del Art. 101º del "Texto Unico Ordenado de la Ley de Normas Generales de Procedimientos Administrativos" aprobado por Decreto Supremo Nº 02-94-JUS, son de caracter imperativo al preceptuar que el escrito de interposicion del recurso impugnatorio debera expresar firma del letrado en los lugares en que la defensa sea cautiva; que en el caso de autos el recurso materia de alzada adolece de requisito esencial de forma puesto que no se encuentra suscrito por letrado que lo autorice y habiendose contravenido el caracter obligatorio de la MORDAZA resulta no amparable el recurso recurrido; Estando al Dictamen Nº 249-99-INPE/OGAJ, de fecha 3 de diciembre de 1999 de la Oficina General de Asesoria Juridica y con la visaciones de la Oficina de Recursos Humanos y la Oficina General de Asesoria Juridica; De conformidad a lo establecido en el Art. 98º modificado por el Art. 1º de la Ley Nº 26810 y al Inc. e) del Art. 101º del "Texto Unico Ordenado de la Ley de Normas Generales de Procedimientos Administrativos" aprobado por Decreto Supremo Nº 02-94-JUS, Decreto Legislativo Nº 276, Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, Resolucion Ministerial Nº 199-98-JUS "Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional Penitenciario" y en uso de las facultades conferidas por la Resolucion Suprema Nº 189-99-JUS; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar INADMISIBLE el Recurso de Reconsideracion, interpuesto por servidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, contra la Resolucion de la Presidencia del Instituto Nacional Penitenciario Nº 737-99-INPE-P, de fecha 19 de octubre de 1999, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Notifiquese la presente Resolucion a traves del Diario Oficial El Peruano, para los efectos legales pertinentes. Articulo 3º.- Remitase MORDAZA de la presente Resolucion a las instancias pertinentes para los fines de ley. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA G. MORDAZA ESQUERRE Presidente 15707

del ano en curso, de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA, que aprueba el Texto Unico de Procedimientos Administrativos MORDAZA - 1999, en su jurisdiccion. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA LEMBCKE MORDAZA MORDAZA de MORDAZA Encargado de la Alcaldia 15700 ACUERDO DE CONCEJO Nº 233 MORDAZA, 8 de noviembre de 1999 EL CONCEJO METROPOLITANO DE LIMA; Vista en Sesion Ordinaria de la fecha, la solicitud formulada mediante Oficio Nº 314-99-CDSB de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA, para la ratificacion de la Ordenanza Nº 139-99CDSB-C que aprueba los Derechos contenidos en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos - MORDAZA del Ejercicio 1999, en su jurisdiccion; De acuerdo con la opinion favorable del Servicio de Administracion Tributaria (SAT), emitida mediante Informe Nº 000096-1999-SAT/04, y Oficio Nº 00615-99-SAT/ MML de la Jefatura del SAT; lo opinado por la Comision de Economia, Planificacion y Presupuesto en su Dictamen Nº 100-99-MML/CEPP y lo normado por el Edicto Nº 020, Reglamento Interior del Concejo; ACORDO: Ratificar la Ordenanza Nº 139-99-CDSB-C de 23 de marzo de 1999, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 14 de junio del ano en curso, de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA, que aprueba los Derechos contenidos en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos - MORDAZA - del ano 1999, en su jurisdiccion. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA LEMBCKE MORDAZA MORDAZA de MORDAZA Encargado de la Alcaldia 15701

MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE MORDAZA
Ratifican ordenanzas referidas al MORDAZA de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA
ACUERDO DE CONCEJO Nº 231 MORDAZA, 8 de noviembre de 1999 EL CONCEJO METROPOLITANO DE LIMA; Vista en Sesion Ordinaria de la fecha, la solicitud formulada mediante Oficio Nº 314-99-CDSB de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA, para la ratificacion de la Ordenanza Nº 138-99CDSB-C que aprueba el Texto Unico de Procedimientos Administrativos - MORDAZA del ano 1999, en su jurisdiccion; De acuerdo con la opinion favorable del Servicio de Administracion Tributaria (SAT), emitida mediante Informe Nº 0000941999-SAT/04, y Oficio Nº 00614-99-SAT/MML de la Jefatura del SAT; lo opinado por la Comision de Economia, Planificacion y Presupuesto en su Dictamen Nº 098-99-MML/CEPP y lo normado por el Edicto Nº 020, Reglamento Interior del Concejo; ACORDO: Ratificar la Ordenanza Nº 138-99-CDSB-C de 23 de marzo de 1999, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 14 de junio

MUNICIPALIDAD DE COMAS
Inician procedimiento administrativo a ex funcionarios de la municipalidad
RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 935-99-A/MC Comas, 5 de noviembre de 1999 VISTO: El Informe Nº 021-99-CEPAD/MC, emitido por la Comision Especial de Procesos Administrativos; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Nº 148-98-CG de fecha 5-12-98 de la Contraloria General de la Republica se contrato los servicios de la Sociedad de Auditoria MORDAZA Y ASOCIADOS CONTADORES PUBLICOS SOCIEDAD CIVIL, a efectos de que formule Examen de Auditoria en la Municipalidad Distrital de Comas, en la Gestion Administrativa correspondiente a los anos 1995, 1996 y 1997; Que, la Sociedad de Auditoria ha evacuado el informe pertinente formulando conclusiones, observaciones y recomendaciones, entre ellos la apertura de Procesos Administrativos para determinados funcionarios y ex funcionarios; Que, la citada Comision entre una de sus recomendaciones, senala que previo informe de la Oficina de Asesoria Legal se aperture MORDAZA Administrativo a los ex funcionarios al establecer en el Balance Presupuestal 1995 no reflejo ningun saldo en el rubro "CUENTAS POR COBRAR" afectando consecuentemente la responsabilidad y confiabilidad de dicho documento;

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