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Pág. 181963 NORMAS LEGALES Lima, domingo 26 de diciembre de 1999 - El Intendente de Aduana lo considere perti- nente. Siempre que la extracción de muestras lo amerite, puede solicitarse para su ejecución el apoyo del Labora- torio Central. * Numeral 16, Literal B "El personal administrativo del Laboratorio Central tratándose de las Intendencias de Aduana Postal, Aérea y Marítima del Callao, remite el original y 1era. copia del Boletín Químico con la documenta- ción adjunta al Area correspondiente, siendo recep- cionado por el personal designado, quien firma la Hoja de Reporte (cargo). En el caso de INTA, INFA e Intendencias de Aduana de provincia, el Informe o el Boletín Químico (original y 1era. Copia) y demás documentación, según corres- ponda, es remitido con Memorándum de Intenden- cia visado por el Jefe de Laboratorio; asimismo, los resultados son transmitidos vía Lotus Notes. * Segundo párrafo, numeral 21, Literal B "De existir variación en la clasificación arancelaria o en la descripción de la mercancía, el Especialista en Aduanas ingresa al SIGAD los nuevos datos resul- tantes como consecuencia del Informe Químico, debiendo continuarse con lo establecido en los Procedimientos Generales, previa notificación al interesado de la 1era. copia del Boletín Químico, exista o no inci- dencia tributaria, pudiendo éste solicitar median- te reclamación la revisión de dicho resultado o presentar solicitud de devolución de tributos, en los casos que corresponda. Regístrese, comuníquese y publíquese. MIGUEL ARRIOLA LUYO Intendente Nacional de Técnica Aduanera 16019 Autorizan a procurador iniciar proceso judicial a presuntos responsables de delitos de defraudación de rentas de aduanas, contra la fe pública y otros RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA EJECUTIVA DE ADUANAS Nº 001634 Callao, 21 de diciembre de 1999 VISTOS, el Atestado Policial Nº 55-99-ADUANAS- PP-UIE del 29.OCT.99; y, CONSIDERANDO: Que, en virtud a la información remitida a la Uni- dad de Investigaciones Especiales Adscrita a la Superintendencia Nacional de Aduanas, así como en mérito a las pesquisas realizadas por la acotada Uni- dad se ha podido detectar las irregularidades perpe- tradas en la internación (importación) de vehículos de marca BMW, utilizando indebidamente Franquicias Diplomáticas, beneficios que eran solicitados y obteni- dos en mérito a instrumentales fraguadas y en favor de personas que carecían de la calidad de Agente Diplomático; Que, practicadas las investigaciones por dicha Uni- dad, con intervención de la Fiscalía Provincial Penal Especializada en Delitos Tributarios y Aduaneros, se ha formulado el Atestado de Vistos, en el cual se evidencia la presunta responsabilidad penal de Dieter Mosier Wieser, Daniela Mosier Pisek, Carmen Rosa Bacigalupe Rainuso, Hans Neufus Bar, Guido Enrique Gallegos Rosini, Rodolfo Cabrera Quispe, Elías Gon- zales Torres, Víctor Francisco Chicchon Horna, Lilia- na Bolo Lozano, Lucio Ernesto Laredo Gonzales, Emi- lio Torres Vásquez, Bernado Jaime Soto Díaz, Alvaro Martín Abusada Abusada, Benito Raúl Lores Loret de Mola, Remo Aureliano Angeles Bayona, José Geller Levy, José Fernando Silva Esteves Raffo, Mario Eduar-do Peralta Bonelli, Oscar Fernando Alvarez Elías, Wolfgang Freitag Nieland, Raúl Alta Torre del Aguila, Hernán Tejada Salinas, Rossana Micaela Salinas Cal- vo, Victoria Salinas Calvo, Roberto Víctor de Ferrari Ferrari, Jack Levy Wolfenzon, Guillermo Horacio Me- dina Arévalo, Federico Salvador Angel Quevedo Ver- gara, José Herrera Gonzales, Jorge Rubén Mariño Estacio, Luis Abraham Velarde Alvarez Amat y León, Pablo Roberto Yáñez Esteves, Pablo Yáñez Castillo, Felipe Germán Olaechea Arana, Carlos Augusto Alva- rado Suárez, Fernando Iván Prado Arbulú, Rodolfo Jesús Salinas Acosta, Santos Félix Ríos Rojas, Carlos Augusto Matienzo Flores, Alberto Chacón Núñez, Armando Paúl Ayllón Barthelmss, Pedro Mujica Ba- yly y Juan Baraybar de Azambuja; al haberse detecta- do su participación y responsabilidad en la importa- ción de vehículos extranjeros de marca BMW utilizan- do Franquicias Diplomáticas en favor de personas que no tenían la calidad de Agentes Diplomáticos, así como por la utilización de documentación adulterada con la finalidad de obtener la anotada Franquicia Arancela- ria, y simular la correcta internación y permanencia de los anotados vehículos en el territorio nacional, comportamientos delictivos con el cual se ha perjudi- cado al Estado Peruano en el orden de los Trescientos Treintitrés Mil Cinco Dólares Americanos con 70/100 (US$ 333,005.70); Que, los hechos antes descritos, por la forma y circuns- tancias en que se produjeron, configuran los delitos de Defraudación de Rentas de Aduana, Contra la Fe Pública, Corrupción de Funcionarios y Contra la Función Jurisdic- cional, lo cual amerita la necesidad de autorizar al Procu- rador Público de esta Superintendencia, para que ejerza las acciones judiciales a que hubiera lugar; De conformidad con lo dispuesto por la Primera Dispo- sición Complementaria de la Ley General de Aduanas - Decreto Legislativo Nº 809-; En ejercicio de las facultades delegadas mediante Resolución de Superintendencia de Aduanas Nº 002759 del 22.DIC.95; SE RESUELVE: Artículo Unico.- AUTORIZAR al Procurador Pú- blico encargado de los asuntos judiciales de la Superintendencia Nacional de Aduanas, para que en defensa y representación de los derechos e intereses del Estado, ejerza las acciones judiciales a que hubiere lugar en contra de DIETER MOSIER WIESER, DA- NIELA MOSIER PISEK, CARMEN ROSA BACIGA- LUPE RAINUSO, HANS NEUFUS BAR, GUIDO ENRIQUE GALLEGOS ROSINI, RODOLFO CABRE- RA QUISPE, ELIAS GONZALES TORRES, VICTOR FRANCISCO CHICCHON HORNA, LILIANA BOLO LOZANO, LUCIO ERNESTO LAREDO GONZALES, EMILIO TORRES VASQUEZ, BERNADO JAIME SOTO DIAZ, ALVARO MARTIN ABUSADA ABUSA- DA, BENITO RAUL LORES LORET DE MOLA, REMO AURELIANO ANGELES BAYONA, JOSE GELLER LEVY, JOSE FERNANDO SILVA ESTEVES RAFFO, MARIO EDUARDO PERALTA BONELLI, OSCAR FERNANDO ALVAREZ ELIAS, WOLFGANG FREI- TAG NIELAND, RAUL ALTA TORRE DEL AGUILA, HERNAN TEJADA SALINAS, ROSSANA MICAELA SALINAS CALVO, VICTORIA SALINAS CALVO, ROBERTO VICTOR DE FERRARI FERRARI, JACK LEVY WOLFENZON, GUILLERMO HORACIO ME- DINA AREVALO, FEDERICO SALVADOR ANGEL QUEVEDO VERGARA, JOSE HERRERA GONZA- LES, JORGE RUBEN MARIÑO ESTACIO, LUIS ABRAHAM VELARDE ALVAREZ AMAT Y LEON, PABLO ROBERTO YAÑEZ ESTEVES, PABLO YA- ÑEZ CASTILLO, FELIPE GERMAN OLAECHEA ARANA, CARLOS AUGUSTO ALVARADO SUAREZ, FERNANDO IVAN PRADO ARBULU, RODOLFO JESUS SALINAS ACOSTA, SANTOS FELIX RIOS ROJAS, CARLOS AUGUSTO MATIENZO FLORES, ALBERTO CHACON NÚÑEZ, ARMANDO PAUL AYLLON BARTHELMSS, PEDRO MUJICA BAYLY Y JUAN BARAYBAR DE AZAMBUJA. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSE HERRERA MEZA Superintendente Ejecutivo 16003