Norma Legal Oficial del día 26 de diciembre del año 1999 (26/12/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 8

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NORMAS LEGALES
En el mar En MORDAZA y MORDAZA

MORDAZA, MORDAZA 26 de diciembre de 1999
Ref. Rubro H-04 Parte "C" TUPAM-15001 por m2. por m2. 0.0001 UIT. 0.00005 UIT.

Rubro 19 Tarifa para Expedicion de Titulo de Perito Maritimo Ref. Rubro E-17, Parte "C" TUPAM-15001 1) PERITO MORDAZA Categoria: 1) Perito MORDAZA consultor 2) Perito MORDAZA experto 3) Perito MORDAZA Auxiliar Disposiciones del rubro 1.- Por el duplicado del titulo, se abonara el 100% de la presente tarifa. 2.- En caso de renovacion, se abonara unicamente lo estipulado en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos. 3.- En caso de promocion, debera abonar el 100% del monto correspondiente al titulo solicitado. Rubro 20 Tarifas por concepto de ocupacion de areas acuaticas, (incluidas las areas de terrenos en islas, en la franja riberena y riberas otorgadas en concesion) y por autorizacion de construccion e instalacion de obras acuaticas permanentes y temporales; en el mar, MORDAZA y MORDAZA navegables e inspecciones de seguridad a) Pago anual de concesiones en uso de areas acuaticas (Ver disposiciones del rubro) 1.- Para ser ocupada por muelles, embarcaderos, atracaderos, espigones, rompeolas, enrocados terraplenes, terrenos ganados al medio acuatico, norays, astilleros, varaderos, diques secos, plantas industriales y cualquier otra instalacion permanente, islas o terrenos en islas. Ref. Rubro H-02 Parte "C" TUPAM-15001 En el mar por m2. En MORDAZA y MORDAZA por m2. 2.- Para ser ocupada por: a) Tuberias subacuaticas; b) Por artefactos navales que ocupen un area acuatica de 100 m2. o mas. Ref. Rubro H-05 y H-06 Parte "C" TUPAM-15001 En el mar por m2. En MORDAZA y MORDAZA por m2. UIT 0.003 0.0015 UIT 0.0020 0.0015 Titulo UIT 0.6 0.5 0.4

6.- Para ser ocupadas para desguace de naves: Ref. Rubro H-04 Parte "C" TUPAM-15001 En el mar En MORDAZA y MORDAZA por m2. por m2. 0.010 UIT. 0.008 UIT.

7.- Para actividades de acuicultura, maricultura, piscicultura y similares: Ref. Rubro H-09 Parte "C" TUPAM-15001
En el mar Primer ano por m2. 0.000005 UIT. MORDAZA ano por m2. 0.000005 UIT. A partir del Tercer ano por m2. 0.000015 UIT. En MORDAZA y lagos: por m2. 0.000015 UIT.

8.- Para ser ocupado por boyas de amarre y senalizacion (por cada boya) - Boyas de amarre para buques mayores de 2000 unidades de Arqueo MORDAZA - Boyas de amarre para buques de hasta 2000 Unidades de Arqueo MORDAZA - Boyas de amarre para embarcaciones menores de 100 Unidades de Arqueo Bruto. - Boyas para senalizacion 0.15 UIT 0.12 UIT 0.06 UIT 0.02 UIT

9.- Para ser ocupada por cables submarinos de telecomunicaciones y similares: 10 UIT por MORDAZA, cualquiera que sea la longitud (en el Dominio Maritimo) MORDAZA Norte: Desde Tumbes hasta MORDAZA inclusive MORDAZA Centro: Desde MORDAZA hasta Ica inclusive MORDAZA Sur : Desde MORDAZA hasta Tacna inclusive b) Pago por unica vez por autorizacion de instalacion y/o construccion de obras acuaticas permanentes y temporales; y por la ubicacion de artefactos navales (muelles, embarcaderos, atracaderos, espigones, enrocados, rompeolas, terraplenes, terrenos ganados al medio acuatico, plataformas o castilletes, tuberias subacuaticas, chatas, y pontones)
Por cada obra o instalacion acuatica indicada 01 UIT

c) Pago anual por inspecciones de seguridad de instalaciones permanentes y temporales: (Ver disposiciones del rubro) Ref. Rubro F-13 Parte "C" TUPAM-150001 1) De instalaciones portuarias fijas (Muelles, embarcaderos, espigones, rompeolas, terraplenes, pasarelas y similares norays y similares) (partes no sumergidas) - Por inspeccion anual de cada instalacion UIT 0.7

3.- Para ser ocupada por plataformas o castilletes de perforacion o explotacion. Ref. Rubro H-03 Parte "C" TUPAM-15001 Por cada plataforma 1 UIT.

4.- Para ser ocupada por artefactos navales (diques flotantes, chatas, pontones, balsas y similares) Ref. Rubro H-06 Parte "C" TUPAM-15001 Por cada artefacto MORDAZA (que ocupen un area menor a 100 m2.) En el mar 0.30 UIT. En MORDAZA y MORDAZA 0.20 UIT. 5.- Para ser ocupada como MORDAZA de operacion para naves, en areas comprendidas entre boyas de amarre; o como MORDAZA de fondeadero/amarradero particular para naves:

2) De plataformas o castilletes de perforacion o explotacion petrolera y otros (parte no sumergida) - Por inspeccion anual de cada plataforma Disposiciones del Rubro 1 .- Pago anual por concesiones en uso de areas acuaticas considerado en (a) se aplicara conforme a lo siguiente:
Instituciones Nauticas Deportivas 50% de la tarifa

UIT 0.6

2.- La Direccion General de Capitanias y Guardacostas (DICAPI) podra celebrar convenios con Marinas que

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