Norma Legal Oficial del día 26 de diciembre del año 1999 (26/12/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 19

MORDAZA, MORDAZA 26 de diciembre de 1999

NORMAS LEGALES
POR CUANTO;

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C) Coordinar las actividades de capacitacion sobre las materias que la ley faculta a las DEMUNAS conocer, a fin de lograr un servicio eficiente de las mismas. D) Coordinar la uniformizacion de los criterios de atencion y solucion en los diferentes casos que se presenten en las DEMUNAS y que por su naturaleza les competa resolver de acuerdo a ley. E) Brindar servicio de asesoria, para el funcionamiento de las DEMUNAS, coordinando para ello con la entidad estatal encargada de expedir las autorizaciones correspondientes. De igual forma, mantener contacto permanente con dicha entidad a fin de presentar propuestas y/o sugerencias que garanticen un mejor servicio. F) Coordinar la celebracion de convenios con entidades publicas y privadas nacionales e internacionales que tengan como objetivo la promocion del MORDAZA y adolescente que se encuentren en estado de abandono moral y/o economico. G) Coordinar con las autoridades politicas, judiciales, policiales y otras, las acciones que tengan como fin prevenir todo acto que atente contra los derechos del MORDAZA y adolescente, que se suscite dentro de la jurisdiccion de cualquier Defensoria Municipal de la provincia de MORDAZA que se encuentre inscrita en COORDEMUNA. H) Coordinar el diseno de estrategias y politicas de prevencion de la violencia y discriminacion que afecta principalmente a las ninas. I) Otras acciones que MORDAZA propuestas por las DEMUNAS a la COORDEMUNA. Articulo Tercero.- Integran la COORDEMUNA aquellas DEMUNAS que corresponden a la jurisdiccion de MORDAZA Metropolitana. Articulo Cuarto.- Las DEMUNAS deberan remitir a la COORDEMUNA, la informacion que esta les requiera a fin de llevar un registro general, asi como conocer las acciones que realizan en la comunidad. Articulo Quinto.- La Asamblea General de la COORDEMUNA definira la composicion de la Junta Directiva de la Coordinadora y de los Organismos de Apoyo. Articulo Sexto.- La COORDEMUNA convocara a las DEMUNAS a reuniones mensuales con el fin de informar las gestiones realizadas; asimismo en dichas reuniones cada DEMUNA informara sobre el trabajo efectuado durante el mes, senalando los logros obtenidos en los diferentes aspectos en que la ley faculta a las DEMUNAS a intervenir; asi como aquellos asuntos que por su complejidad requieran de la busqueda de soluciones con la participacion de la COORDEMUNA. Articulo Setimo.- La Junta Directiva de la COORDEMUNA, elaborara el Reglamento Interno de Organizacion y Funciones, el Manual de Organizacion y Funciones, y los demas dispositivos que regulen el funcionamiento de la Coordinadora General de Defensorias Municipales del MORDAZA y Adolescente de la Municipalidad Metropolitana de Lima. PRIMERA DISPOSICION FINAL.- La primera convocatoria de la COORDEMUNA sera realizada por el MORDAZA Metropolitano de MORDAZA, en la que se aprobara y elegira la composicion de su Junta Directiva y la forma de eleccion. Asimismo se aprobara la composicion de los Organismos de Apoyo. MORDAZA DISPOSICION FINAL.- Derogase y/o modificase las disposiciones municipales que se opongan a lo dispuesto en la presente ordenanza. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. MORDAZA, a los diez y siete dias del mes de noviembre de mil novecientos noventa y nueve. MORDAZA MORDAZA LEMBCKE MORDAZA MORDAZA de MORDAZA Encargado de la Alcaldia 15999

EL CONCEJO METROPOLITANO DE LIMA; En Sesion realizada el 17 de diciembre de 1999; y, CONSIDERANDO: Que, la Ordenanza Nº 099 "Gestion del Sistema Metropolitano de Planificacion y Presupuesto Municipal" en su Titulo III, Capitulo I, Articulo 77º establece las normas y procedimientos para la gestion del Plan Integral de Desarrollo Metropolitano: encargando al Instituto Metropolitano de Planificacion, la elaboracion del Plan Integral de Desarrollo Metropolitano a mediano y largo plazo en funcion a los procedimientos y plazos establecidos en la citada Ordenanza. Que, el Instituto Metropolitano de Planificacion; no obstante los esfuerzos realizados durante estos dos ultimos anos para constituir areas interdistritales de planificacion para la identificacion de la problematica distrital y la formulacion de alternativas integrales de solucion, la mayoria de las Municipalidades Distritales que integran la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, no han cumplido con presentar al mencionado Instituto, los estudios relacionados con los diagnosticos ni los correspondientes Planes Integrales de Desarrollo de sus circunscripciones. Que, el Instituto Metropolitano de Planificacion al no contar con la informacion necesaria para la formulacion del Plan Integral de Desarrollo Metropolitano para el mediano y largo plazo y por restricciones presupuestales derivadas en el presente ejercicio, mediante Oficio Nº 697/99-MMLIMP, de fecha 31 de MORDAZA de 1999, solicita a la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, se suspenda la vigencia y obligaciones establecidas en el Articulo 77º de la Ordenanza Nº 099, en relacion a los plazos senalados para la elaboracion del Plan Integral de Desarrollo Metropolitano. Que, la Oficina de Planes y Programas de la Oficina General de Planificacion mediante Informe Nº 046-99MML/OGP-OPP, de fecha 3 de noviembre de 1999, considera atendible la propuesta del Instituto Metropolitano de Planificacion, recomendando que en su Plan de Accion Municipal para el ano 2000, considere las acciones pertinentes para impulsar la elaboracion del Plan Integral de Desarrollo Metropolitano a Mediano y Largo Plazo. Que, la Ordenanza Nº 99 en el Titulo IV Disposiciones Finales y Transitorias Capitulo I - Primera Disposicion Final de la citada Ordenanza, estipula que el 80% de los importes por concepto del Fondo de Compensacion Municipal de conformidad con lo dispuesto con los Articulos 87º, 88º y 89º del Decreto Legislativo Nº 776, deben destinarse integramente a gastos de inversion y el 20% para gastos corrientes. Que, por Ley Nº 27082, de fecha 30 de marzo de 1998, se modifica el Articulo 89º del Decreto Legislativo Nº 776, autorizando que los recursos que perciban las Municipalidades por el Fondo de Compensacion Municipal - FONCOMUN, se podra utilizar hasta un MORDAZA del 30% para gastos corrientes; precisandose tambien lo establecido en el Articulo 18º de la Directiva Nº 007-99-EF/76.01, Programacion, Formulacion y Aprobacion de los Presupuestos Institucionales de los Gobiernos Locales para el Ano Fiscal 2000, aprobada por Resolucion Directoral Nº 036-99-EF/76.01, de fecha 14 de setiembre de 1999. Que, la Direccion Municipal Administrativa ha solicitado a la Direccion Municipal Metropolitana que en la programacion presupuestal del ano fiscal 2000, se destine el 70% del importe del FONCOMUN para gastos de inversion y el 30% restante para gastos corrientes de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, proponiendo asi mismo la modificacion de la Ordenanza Nº 099 en sus articulos pertinentes. Que, conforme a lo dispuesto en el Articulo 109º y el inciso 4) del Articulo 134º de la Ley Nº 23853 "Ley Organica de Municipalidades", compete al Concejo Metropolitano ejercer sus funciones de gobierno mediante ordenanzas, edictos y acuerdos de alcance metropolitano. Aprobo la siguiente; ORDENANZA GESTION DEL SISTEMA METROPOLITANO DE PLANIFICACION Y PRESUPUESTO MUNICIPAL Articulo 1º.- Sustituir el Articulo 74º de la Ordenanza Nº 099 "Gestion del Sistema Metropolitano de Planificacion y Presupuesto Municipal", por el siguiente texto: "Articulo 74º.- Las municipalidades, sus instituciones y empresas deben definir en el Plan de Accion y Presupuesto de cada ejercicio fiscal, las acciones necesarias

Modifican ordenanza referida a la gestion del sistema metropolitano de planificacion y presupuesto municipal
ORDENANZA Nº 245 EL MORDAZA MORDAZA METROPOLITANO DE MORDAZA, ENCARGADO DE LA ALCALDIA

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