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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE ENERO DEL AÑO 1999 (31/01/1999)

CANTIDAD DE PAGINAS: 16

TEXTO PAGINA: 13

Pág. 169403 NORMAS LEGALES Lima, domingo 31 de enero de 1999 MUNICIPALIDAD DE MAGDALENA DEL MAR Establecen monto de dieta que percibi- rán regidores por asistencia efectiva a cada sesión de concejo ACUERDO DE CONCEJO Nº 010-99-AC-MDMM Magdalena del Mar, 27 de enero de 1999 EL ALCALDE DE MAGDALENA DEL MAR POR CUANTO: El Concejo Municipal de Magdalena del Mar, en sesión ordinaria de la fecha teniendo en cuenta el Dictamen Nº 003-99-CERA-MDMM y de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 21º de la Ley Nº 23853 adoptó por unanimi- dad y con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, el siguiente: ACUERDO: Aprobar la dieta para los señores regidores de la Municipalidad Distrital de Magdalena del Mar, equiva- lente a una unidad impositiva tributaria más 25% de la unidad impositiva tributaria vigente, por la asistencia efectiva a cada sesión, siendo rentadas únicamente dos (2) sesiones al mes y pudiendo efectuarse un número mayor de sesiones en función a las necesidades de la gestión. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. JUAN DOMINGO NUÑEZ STOLAR Alcalde 1431 MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE MIRAFLORES Establecen requisito para autorizar la realización de eventos juveniles de pro- moción y con fines de recaudación de fondos en centros educativos DECRETO DE ALCALDIA Nº 066-98 San Juan de Miraflores, 31 de diciembre de 1998 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN JUAN DE MIRAFLORES CONSIDERANDO: Que, habiéndose presentado reclamos del vecindario por la organización de fiestas de beneficio y/o de promo- ción realizadas en diversos centros educativos estatales y particulares, bajo la modalidad de discoteca e inclusive hasta con venta de bebidas alcohólicas en algunos casos, propiciando estos hechos a otros de inmoralidad;Que, es función de la municipalidad promover y asegu- rar la conservación y custodia del Patrimonio Cultural local, la defensa y conservación de los inmuebles o locales dedicados a la educación inicial, primaria y secundaria, colaborando con los organismos nacionales en su uso, restauración y conservación; Que, son atributos de la municipalidad, vigilar el cumplimiento del reglamento y normas pertinentes a la organización de espectáculos públicos no deportivos que se realicen dentro de su jurisdicción; Que, es función de la municipalidad inspeccionar per- manentemente la forma en que se imparte la educación en el área de su jurisdicción y el uso propio que debe otorgar- se a los locales educativos; Estando a lo expuesto, y en uso a las facultades que otorga la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853, Artículo 47º, inciso 6) Artículo 65º inciso 16), Artículo 67º inciso 1) e inciso 11); DECRETA: Artículo Primero.- La autorización municipal para realizar fiestas juveniles de promoción y con fines de recaudación de fondos económicos en los centros educati- vos estatales y particulares del distrito, a partir de la fecha sólo se otorgará, previa presentación del permiso concedido por la UNIDAD DE SERVICIOS EDUCATI- VOS Nº 01-USE 01-SAN JUAN DE MIRAFLORES, caso contrario será denegado. Artículo Segundo.- Los organizadores que infrinjan la presente disposición municipal serán acreedores a las sanciones legales vigentes. Artículo Tercero.- La ejecución y supervisión de las medidas mencionadas serán de responsabilidad de la Oficina de Policía Municipal mediante operativos perma- nentes y veraces. Artículo Cuarto.- COMUNIQUESE a la Policía Na- cional del Perú, comisarías del distrito, el presente decre- to para que brinden las garantías del caso señaladas en la Ley Nº 23853 Artículo 114º. Artículo Quinto.- ENCARGUESE a la Dirección de Administración, Dirección de Rentas, Dirección de Pro- moción Social y oficinas que competan, el fiel cumpli- miento de la presente disposición. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. ADOLFO OCAMPO VARGAS Alcalde 1433 Declaran en revisión autorizaciones de apertura y/o licencias de funciona- miento otorgadas a diversos estable- cimientos comerciales DECRETO DE ALCALDIA Nº 067-98 San Juan de Miraflores, 31 de diciembre de 1998 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN JUAN DE MIRAFLORES CONSIDERANDO: Que, es función de la municipalidad otorgar Licencias de Apertura a establecimientos comerciales, industriales, profesionales y/o de servicios y controlar su funciona- miento de acuerdo a ellas; Que, es competencia de la municipalidad vigilar el cumpli- miento de las normas legales, referentes a calidad, precios, seguridad y condiciones higiénicas y sanitarias, ornato, infra- estructura, saneamiento ambiental y otras a que están obliga- dos los conductores de establecimientos, especialmente aque- llos dedicados al giro de discoteca, karaoke, vídeos, grill, pub, peña, restaurante, bar y otros como hostales, hoteles y afines, sobre los cuales existen: denuncias, observaciones y preocu- pación de la población por irregularidades en su funciona-