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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE ENERO DEL AÑO 1999 (31/01/1999)

CANTIDAD DE PAGINAS: 16

TEXTO PAGINA: 14

Pág. 169404 NORMAS LEGALES Lima, domingo 31 de enero de 1999 miento; de conformidad con lo que dispone la Ley de Simpli- ficación Administrativa; Que, con fecha 29 de setiembre de 1998, se ha expedido el Decreto de Alcaldía Nº 057-98, que otorga un plazo de sesenta (60) días a los establecimientos dedicados al giro de: discote- cas, karaoke, vídeos, pub, grill, peña, restaurante, bar y otros similares para obtener el Certificado de Limitación sobre ruidos nocivos y molestos, adecuándose el local, instalaciones, equipos y difusión a las normas legales a fin de no causar daño a la salud y tranquilidad del vecindario, disposición municipal que se hace necesario verificar su cumplimiento; Que, es función de la municipalidad en materia de seguridad colectiva, supervisar y controlar la construc- ción, mantenimiento y cumplimiento de las normas de seguridad e higiene de las salas de espectáculos, hoteles, hostales y otros recintos abiertos al público; Que, la Autorización Municipal de Apertura de un establecimiento comercial, industrial, profesional y/o de servicios, denominado LICENCIA MUNICIPAL DE FUN- CIONAMIENTO por razones de interés público está suje- ta a REVISION, CONTROL Y FISCALIZACION; Estando a lo expuesto y en uso a las facultades que otorga la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853, Arts. 47º, 62º, 65º, 66º y 68º; DECRETA: Artículo Primero.- DECLARASE EN REVISION todas las Autorizaciones de Apertura y/o Licencias Muni- cipales de Funcionamiento, otorgadas por la Municipali- dad Distrital de San Juan de Miraflores a los estableci- mientos dedicados a: discoteca, karaoke, vídeo, grill, pub, peña, restaurante, bar y otros similares; hoteles, hostales y afines, a efectos de verificar si las mismas cumplen con los requisitos de ley y con las normas de seguridad. Artículo Segundo.- CONSTITUYASE UNA COMISION AD HOC, conformada por el Sr. Regidor - Presidente de la Comisión de Administración quién la presidirá e integrada por el Sr. Regidor - Presidente de la Comisión de Rentas, y por los funcionarios, Sr. Director de Rentas y Sr. Jefe de la Unidad de Administración Tributaria; quienes bajo responsabilidad funcional en un término de treinta (30) días calendario a partir de la publicación del presente decreto evacuarán un informe al Despacho de Alcaldía, con el cual se procederá a la ratifica- ción y/o cancelación de la Licencia Municipal de Funciona- miento, estableciéndose las responsabilidades a las que hubie- re lugar. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. ADOLFO OCAMPO VARGAS Alcalde 1429 Sancionan con cese, suspensión y amonestación a funcionarios y ex funcionarios de la municipalidad RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 000085 EL SEÑOR ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN JUAN DE MIRAFLORES VISTO: El Acta Nº 01-99 de la Comisión Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios de esta Municipalidad; CONSIDERANDO: Que, por Resolución de Alcaldía Nº 003973, de fecha 26 de noviembre de 1998, publicada en el Diario Oficial El Peruano con fecha 13 de diciembre de 1998, se abrió proceso administrativo disciplinario a don Alberto ESPI- NOZA CRUZ, ex Jefe de la Unidad de Contabilidad; a don ANDRES CHAVEZ ROJAS, ex Jefe de la Unidad de Logística; a don SEGUNDO SAENZ QUIROZ, Director de Desarrollo Urbano; a don GILMER NOVOA FIGUE- ROA, Jefe del Departamento Técnico; a doña GABRIELANIÑO DE GUZMAN, ex Directora de Desarrollo Urbano; y a don JESUS ACOSTA MORENO, ex Jefe de la Oficina de Auditoría Interna, por la presunta comisión de graves faltas administrativas, denunciadas oportunamente por la Oficina de Auditoría Interna; Que, en cuanto a don ANDRES CHAVEZ ROJAS y a doña GABRIELA NIÑO DE GUZMAN, han sido objeto de otro proceso administrativo disciplinario posterior al pre- sente, debiendo acumularse las faltas imputadas y resol- verse conjuntamente en forma oportuna; Que, don Segundo SAENZ QUIROZ y don GILMER NOVOA FIGUEROA han cumplido con presentar sus descargos, no así don ALBERTO ESPINOZA CRUZ y don JESUS ACOSTA MORENO, a quienes debe considerár- seles como omisos pues ambos han sido notificados por intermedio del Diario Oficial El Peruano; Que se ha establecido que don ALBERTO ESPINOZA CRUZ ex Jefe de Contabilidad y don SEGUNDO SAENZ QUIROZ, Director de Desarrollo Urbano, retuvieron negli- gentemente documentos cancelatorios otorgados por el Teso- ro Público para solventar pagos de las empresas contratistas por el Impuesto General a las Ventas, determinando que esta Municipalidad asuma ese concepto, por montos que innecesa- riamente gastó de sus propios recursos; Que en el caso del señor ESPINOZA CRUZ éste tiene mayor responsabilidad por su condición de Jefe de la oficina encargada de entregar los citados documentos; Que en relación a las obras ejecutadas por el contratista FELIPE GALVEZ DE LA PUENTE, cuya acta de recepción fue suscrita por don SEGUNDO SAENZ QUIROZ, don GILMER NOVOA FIGUEROA y don ANDRES CHAVEZ ROJAS, a pesar de que existían ciertas observaciones formu- ladas por el supervisor de las obras, se ha establecido que el contratista había cumplido con subsanar deficiencias técni- cas, las que fueron tomadas en cuenta por los receptores de las obras, aunque no lo anotaron en el acta, como tampoco anotaron lo relativo a otras observaciones que se formularon relativas al retraso e incumplimientos por el contratista; Que se ha establecido la responsabilidad en que incu- rrió don JESUS ACOSTA MORENO, ex Jefe de la Audi- toría Interna, quien, desconociendo sus obligaciones como miembro de la Oficina de Control Interno, asesoró indebi- da y negligentemente a los órganos encargados respecto a la procedencia de pagos del Impuesto General a las Ventas y a la devolución del Fondo de Garantía a ciertas empresas contratistas; Que los procesados han incurrido en faltas adminis- trativas previstas en el Art. 28º incisos a), d) y f) del Decreto Legislativo Nº 276, en concordancia con el Art. 21º incisos a), b) y d) del mismo Decreto Legislativo; Que la Comisión Especial de Procesos Administrati- vos Disciplinarios de la institución ha formulado sus recomendaciones mediante el Acta Nº 01-99; En uso de las facultades que concede a este despacho la Ley Nº 23853, Orgánica de Municipalidades; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aplicar las siguientes sanciones a los funcionarios y ex funcionarios sometidos a proceso administrativo disciplinario mediante la Resolución de Alcaldía Nº 003973-98: A don ALBERTO ESPINOZA CRUZ: 6 meses de cesantía sin goce de remuneraciones. A don SEGUNDO SAENZ QUIROZ: 5 días de suspensión sin goce de remuneraciones. A don GILMER NOVOA FIGUEROA: Amonestación escrita. A don JESUS ACOSTA MORENO: 6 meses de cesantía sin goce de remuneraciones. Artículo Segundo.- Reservar el pronunciamiento con relación a don ANDRES CHAVEZ ROJAS y doña GABRIELA NIÑO DE GUZMAN. Artículo Tercero.- Disponer que la Unidad de Perso- nal implemente las acciones pertinentes. Regístrese, comuníquese y cúmplase. 15 de enero de 1999 ADOLFO OCAMPO VARGAS Alcalde 1151