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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE ENERO DEL AÑO 1999 (31/01/1999)

CANTIDAD DE PAGINAS: 16

TEXTO PAGINA: 4

Pág. 169394 NORMAS LEGALES Lima, domingo 31 de enero de 1999 Propiedad Inmueble de los Registros Públicos de Piura la inscripción de la presente resolución. Regístrese y comuníquese. BELISARIO DE LAS CASAS PIEDRA Ministro de Agricultura 1437 Aprueban el Calendario de Ferias y Eventos Agropecuarios a nivel nacio- nal del año 1999 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0079-99-AG Lima, 27 de enero de 1999 CONSIDERANDO: Que, es política del Ministerio de Agricultura el apo- yar las actividades que coadyuven al desarrollo de la actividad agraria, con la participación activa de las orga- nizaciones empresariales productivas, productores aso- ciados, individuales, organismos públicos y privados rela- cionados con el desarrollo integral del Sector Agrario; De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 5º incisos c) y d) del Decreto Ley Nº 25902 - Ley Orgánica del Ministerio de Agricultura, concordante con el Artículo 2º incisos d) y h) del Decreto Supremo Nº 053-92-AG - Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura y la Resolución Ministerial Nº 313-94-AG - Reglamento de Ferias y Eventos Agropecuarios; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar el Calendario de Ferias y Even- tos Agropecuarios a nivel nacional correspondiente al año 1999; según se detalla en la relación adjunta que forma parte de la presente resolución. Artículo 2º.- El Comité Organizador de cada evento, en un plazo máximo de treinta (30) días de finalizado el mismo, deberá presentar un informe final de su gestión al Ministerio de Agricultura. Regístrese y comuníquese. BELISARIO DE LAS CASAS PIEDRA Ministro de Agricultura 1337 Autorizan a procurador iniciar proceso judicial de nulidad de contratos de com- praventa e inscripción registral de pre- dio ubicado en la provincia de Lima RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0081-99-AG Lima, 27 de enero de 1999 VISTO: El Oficio Nº 1160-98-INRENA-DGAS, de 31 de diciem- bre de 1998, de la Dirección General de Aguas y Suelos del INRENA, solicitando se autorice al Procurador Público a cargo de los asuntos judiciales del Ministerio de Agricul- tura para la iniciación de acciones judiciales; CONSIDERANDO: Que del informe de la Dirección General de Aguas y Suelos y de los documentos acompañados, se desprende que don José Antonio Iturrizaga Neyra, sin disponer de autorización alguna, ha efectuado el traslado de la boca-toma del canal Toledo, ubicado en el distrito de Cienegui- lla, provincia y departamento de Lima, ocupando además un área correspondiente a la faja marginal del río Lurín, hechos por los que la Administración Técnica del Distrito de Riego Chillón-Rímac-Lurín mediante Resolución Ad- ministrativa Nº 224-98-AG-UAD.LC-ATDR.CHRL le ha impuesto la multa de S/. 130,000.00, equivalente a 50 Unidades Impositivas Tributarias; Que de los actuados aparece que por escritura pública de compraventa e independización de 20 de diciembre de 1994, otorgada ante el Notario de Lima Dr. Alberto Flores Barrón, la empresa Negociación Cieneguilla S.A. transfirió a favor de don Jaime Ortiz de Zevallos Santisteban y esposa y éstos a favor de don José Antonio Iturrizaga Neyra el predio denomi- nado Zona Número Cinco de la parcelación Cieneguilla, distrito del mismo nombre, provincia de Lima, con una super- ficie de 3 ha. inscrito en el asiento 1-C de la Ficha Nº 165002 del Registro de la Propiedad Inmueble de Lima, sobre el cual se ha construido un restaurante; Que del informe remitido por la Comisión de Regantes Canal Toledo al Instituto Nacional de Recursos Naturales - INRENA y de las constataciones efectuadas por la Adminis- tración Técnica del Distrito de Riego Chillón-Rímac-Lurín está probado que el restaurante referido en el párrafo anterior está ubicado en el propio lecho y faja marginal del río Lurín y que además dichas instalaciones no cuentan con autorización sanitaria del órgano de salud competente; Que también el Instituto Nacional de Cultura a través de su Informe Nº 286-98-INC/DGPA/MSPACH, señala que se ha constatado que el restaurante turístico denominado "El Me- són" de propiedad de don José Antonio Iturrizaga Neyra ha sido construido en el propio lecho del río Lurín; Que el Artículo 23º del reglamento del Título VI de la Ley General de Aguas Decreto Ley Nº 17752, aprobado por Decreto Supremo Nº 929-73-AG, prohíbe la instala- ción o construcción de inmuebles dentro del área de las fajas marginales de los ríos y cauces, salvo para obras de defensa con la previa autorización de la autoridad compe- tente; por lo que el acto jurídico celebrado sobre un bien de dominio público es nulo de pleno derecho de conformi- dad con el inciso 3) del Artículo 219º del Código Civil; Que en tal situación, es necesario autorizar al Procu- rador Público a cargo de los asuntos judiciales del Minis- terio de Agricultura, para que en defensa de los intereses del Estado inicie las acciones judiciales de nulidad de acto jurídico e inscripción registral correspondiente; De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 47º de la Constitución Política del Perú, Decreto Ley Nº 17537 modificado por el Decreto Ley Nº 17667 y Decreto Ley Nº 25902 Ley Orgánica del Ministerio de Agricultura; SE RESUELVE: Artículo Unico.- Autorizar al Procurador Público a cargo de los asuntos judiciales del Ministerio de Agricultura, para que en representación y defensa de los intereses del Estado interponga la acción judicial de nulidad del contrato de compraventa e independización otorgado mediante escritura pública por Negociación Cieneguilla S.A. a favor de don Jaime Ortiz de Zevallos Santisteban y esposa y de éstos a favor de don José Antonio Iturrizaga Neyra así como la nulidad de la inscripción registral de ese acto jurídico, por los hechos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución; remitiéndose los antecedentes del caso al mencionado Procu- rador Público para los fines consiguientes. Regístrese y comuníquese. BELISARIO DE LAS CASAS PIEDRA Ministro de Agricultura 1403 Oficializan el evento "III Festival Inter- nacional de la Tuna, Cochinilla y I de Plantas Nativas", a realizarse en la ciu- dad de Huamanga RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0090-99-AG Lima, 28 de enero de 1999