Norma Legal Oficial del día 31 de enero del año 1999 (31/01/1999)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 4

Pag. 169394

NORMAS LEGALES

MORDAZA, MORDAZA 31 de enero de 1999

Propiedad Inmueble de los Registros Publicos de MORDAZA la inscripcion de la presente resolucion. Registrese y comuniquese. MORDAZA DE LAS MORDAZA MORDAZA Ministro de Agricultura 1437

Aprueban el Calendario de Ferias y Eventos Agropecuarios a nivel nacional del ano 1999
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0079-99-AG MORDAZA, 27 de enero de 1999 CONSIDERANDO: Que, es politica del Ministerio de Agricultura el apoyar las actividades que coadyuven al desarrollo de la actividad agraria, con la participacion activa de las organizaciones empresariales productivas, productores asociados, individuales, organismos publicos y privados relacionados con el desarrollo integral del Sector Agrario; De conformidad con lo dispuesto en el Articulo 5º incisos c) y d) del Decreto Ley Nº 25902 - Ley Organica del Ministerio de Agricultura, concordante con el Articulo 2º incisos d) y h) del Decreto Supremo Nº 053-92-AG Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Agricultura y la Resolucion Ministerial Nº 313-94-AG - Reglamento de Ferias y Eventos Agropecuarios; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar el Calendario de Ferias y Eventos Agropecuarios a nivel nacional correspondiente al ano 1999; segun se detalla en la relacion adjunta que forma parte de la presente resolucion. Articulo 2º.- El Comite Organizador de cada evento, en un plazo MORDAZA de treinta (30) dias de finalizado el mismo, debera presentar un informe final de su gestion al Ministerio de Agricultura. Registrese y comuniquese. MORDAZA DE LAS MORDAZA MORDAZA Ministro de Agricultura 1337

toma del MORDAZA MORDAZA, ubicado en el distrito de Cieneguilla, provincia y departamento de MORDAZA, ocupando ademas un area correspondiente a la faja marginal del rio Lurin, hechos por los que la Administracion Tecnica del Distrito de Riego Chillon-Rimac-Lurin mediante Resolucion Administrativa Nº 224-98-AG-UAD.LC-ATDR.CHRL le ha impuesto la multa de S/. 130,000.00, equivalente a 50 Unidades Impositivas Tributarias; Que de los actuados aparece que por escritura publica de compraventa e independizacion de 20 de diciembre de 1994, otorgada ante el Notario de MORDAZA Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, la empresa Negociacion Cieneguilla S.A. transfirio a favor de don MORDAZA MORDAZA de MORDAZA MORDAZA y esposa y estos a favor de don MORDAZA MORDAZA Iturrizaga MORDAZA el predio denominado MORDAZA Numero Cinco de la parcelacion Cieneguilla, distrito del mismo nombre, provincia de MORDAZA, con una superficie de 3 ha. inscrito en el asiento 1-C de la Ficha Nº 165002 del Registro de la Propiedad Inmueble de MORDAZA, sobre el cual se ha construido un restaurante; Que del informe remitido por la Comision de Regantes MORDAZA MORDAZA al Instituto Nacional de Recursos Naturales INRENA y de las constataciones efectuadas por la Administracion Tecnica del Distrito de Riego Chillon-Rimac-Lurin esta probado que el restaurante referido en el parrafo anterior esta ubicado en el propio lecho y faja marginal del rio Lurin y que ademas dichas instalaciones no cuentan con autorizacion sanitaria del organo de salud competente; Que tambien el Instituto Nacional de Cultura a traves de su Informe Nº 286-98-INC/DGPA/MSPACH, senala que se ha constatado que el restaurante turistico denominado "El Meson" de propiedad de don MORDAZA MORDAZA Iturrizaga MORDAZA ha sido construido en el propio lecho del rio Lurin; Que el Articulo 23º del reglamento del Titulo VI de la Ley General de Aguas Decreto Ley Nº 17752, aprobado por Decreto Supremo Nº 929-73-AG, prohibe la instalacion o construccion de inmuebles dentro del area de las fajas marginales de los MORDAZA y cauces, salvo para obras de defensa con la previa autorizacion de la autoridad competente; por lo que el acto juridico celebrado sobre un bien de dominio publico es nulo de pleno derecho de conformidad con el inciso 3) del Articulo 219º del Codigo Civil; Que en tal situacion, es necesario autorizar al Procurador Publico a cargo de los asuntos judiciales del Ministerio de Agricultura, para que en defensa de los intereses del Estado inicie las acciones judiciales de nulidad de acto juridico e inscripcion registral correspondiente; De conformidad con lo dispuesto en el Articulo 47º de la Constitucion Politica del Peru, Decreto Ley Nº 17537 modificado por el Decreto Ley Nº 17667 y Decreto Ley Nº 25902 Ley Organica del Ministerio de Agricultura; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar al Procurador Publico a cargo de los asuntos judiciales del Ministerio de Agricultura, para que en representacion y defensa de los intereses del Estado interponga la accion judicial de nulidad del contrato de compraventa e independizacion otorgado mediante escritura publica por Negociacion Cieneguilla S.A. a favor de don MORDAZA MORDAZA de MORDAZA MORDAZA y esposa y de estos a favor de don MORDAZA MORDAZA Iturrizaga MORDAZA asi como la nulidad de la inscripcion registral de ese acto juridico, por los hechos expuestos en la parte considerativa de la presente resolucion; remitiendose los antecedentes del caso al mencionado Procurador Publico para los fines consiguientes. Registrese y comuniquese. MORDAZA DE LAS MORDAZA MORDAZA Ministro de Agricultura 1403

Autorizan a procurador iniciar MORDAZA judicial de nulidad de contratos de compraventa e inscripcion registral de predio ubicado en la provincia de MORDAZA
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0081-99-AG MORDAZA, 27 de enero de 1999 VISTO: El Oficio Nº 1160-98-INRENA-DGAS, de 31 de diciembre de 1998, de la Direccion General de Aguas y Suelos del INRENA, solicitando se autorice al Procurador Publico a cargo de los asuntos judiciales del Ministerio de Agricultura para la iniciacion de acciones judiciales; CONSIDERANDO: Que del informe de la Direccion General de Aguas y Suelos y de los documentos acompanados, se desprende que don MORDAZA MORDAZA Iturrizaga MORDAZA, sin disponer de autorizacion alguna, ha efectuado el traslado de la boca-

Oficializan el evento "III Festival Internacional de la Tuna, Cochinilla y I de Plantas Nativas", a realizarse en la MORDAZA de Huamanga
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0090-99-AG MORDAZA, 28 de enero de 1999

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.