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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE ENERO DEL AÑO 1999 (31/01/1999)

CANTIDAD DE PAGINAS: 16

TEXTO PAGINA: 3

Pág. 169393 NORMAS LEGALES Lima, domingo 31 de enero de 1999 Disponen levantar la reserva de domi- nio a favor del Estado de terrenos eria- zos ubicados en el distrito de Mala, provincia de Cañete RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0073-99-AG Lima, 27 de enero de 1999 VISTO: El expediente administrativo sobre levantamiento de reserva de dominio a favor del Estado sobre denuncio de terrenos eriazos del predio con Unidad Catastral Nº 11226, ubicado en el distrito de Mala, provincia de Cañete, departamento de Lima. CONSIDERANDO: Que mediante Oficio Nº 2207-98-AG.UAD.LC.OAJ, el Director General de la Unidad Agraria Departamental Lima - Callao remite el expediente sobre levantamiento de la reserva de dominio a favor del Estado en el expedien- te sobre denuncio de 2 ha. 1,500 m2 de terrenos eriazos, ubicado en el distrito de Mala, provincia de Cañete, departamento de Lima, seguido por don Alfredo Guiller- mo Jeanneau Tartarini; Que mediante Contrato de Otorgamiento de Terrenos Eriazos para Otros Usos Agrarios Nº 5237-AG-PETT, de 29 de agosto de 1995, el Proyecto Especial Titulación de Tierras y Catastral Rural adjudicó en venta a favor de don Alfredo Guillermo Jeanneau Tartarini la superficie de 2 ha. 1,500 m2 de terrenos eriazos del predio con Unidad Catastral Nº 11226 del distrito de Mala, provincia de Cañete, departamento de Lima, fijándose un plazo de dos (2) años para destinar esas tierras al uso agrario para el que fueron adquiridas; Que el Artículo 18º del reglamento de la Ley Nº 26505, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-97-AG, prescribe que los adjudicatarios de tierras eriazas obtenidas con arreglo a la legislación anterior a la mencionada ley para desarrollar proyectos de naturaleza agraria, que hayan cumplido con ejecutar las obras dentro del plazo contrac- tual, solicitarán a la respectiva dependencia del Ministe- rio de Agricultura el levantamiento de la reserva de dominio a favor del Estado, que se dispondrá mediante Resolución Ministerial previa constatación de la ejecu- ción de las obras de acuerdo al proyecto de factibilidad respectivo; Que mediante Informe Técnico Nº 138-98-AG-UAD.LC/ ATDRMOC, de 23 de setiembre de 1998, de fojas 12 la Administración Técnica del Distrito de Riego Mala-Omas- Cañete señala que dicho predio es de naturaleza rústica, con labores culturales, regado con agua subterránea me- diante pozo a tajo abierto, conducido directa y pacífica- mente por el recurrente don Alfredo Guillermo Jeanneau Tartarini, por lo que es procedente el levantamiento de la reserva de dominio; Estando a lo dictaminado por la Oficina de Asesoría Jurídica y de conformidad con la Ley Orgánica del Minis- terio de Agricultura, dada por Decreto Ley Nº 25902; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Levantar la reserva de dominio a favor del Estado sobre la superficie de 2 ha. 1,500 m2 de terrenos eriazos del predio con Unidad Catastral Nº 11226 del distrito de Mala, provincia de Cañete, depar- tamento de Lima, otorgados a favor de don Alfredo Gui- llermo Jeanneau Tartarini mediante Contrato de Otorga- miento de Terrenos Eriazos para Otros Usos Agrarios Nº 5237-AG-PETT, de 22 de agosto de 1995, al haber sido habilitado e incorporado a la actividad agraria. Artículo 2º.- Disponer que el Proyecto Especial Titu- lación de Tierras y Catastro Rural gestione ante el Regis- tro de la Propiedad Inmueble de los Registros Públicos de Lima la inscripción de la presente resolución. Regístrese y comuníquese. BELISARIO DE LAS CASAS PIEDRA Ministro de Agricultura 1430Disponen levantar la reserva de domi- nio a favor del Estado de terrenos eria- zos ubicados en el distrito de Tambo Grande, provincia de Piura RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0075-99-AG Lima, 27 de enero de 1999 VISTO: El expediente administrativo sobre levantamiento de reserva de dominio a favor del Estado sobre denuncio de terrenos eriazos del ex predio "San Lorenzo", ubicado en el distrito de Tambo Grande, provincia y departamento de Piura. CONSIDERANDO: Que mediante Oficio Nº 2863-98-AG-PETT-DTSL, el Director Ejecutivo del Proyecto Especial Titulación de Tierras y Catastro Rural remite el expediente sobre levantamiento de la reserva de dominio a favor del Estado en el expediente sobre denuncio de 150 ha. de terrenos eriazos, ubicado en el distrito de Tambo Grande, provin- cia y departamento de Piura, seguido por la Asociación Agrícola 24 de Mayo; Que mediante Contrato de Otorgamiento de Terrenos para Otros Usos Agrarios Nº 0376-AG-PETT, de 28 de diciembre de 1994, la Dirección Regional Agraria Piura adjudicó en venta a favor de la Asociación Agrícola 24 de Mayo la superficie de 150 ha. de terrenos eriazos del ex predio "San Lorenzo" del distrito de Tambo Grande, provincia y departamento de Piura, con la finalidad de implementar un proyecto forestal; Que el Artículo 18º del reglamento de la Ley Nº 26505, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-97-AG, prescribe que los adjudicatarios de tierras eriazas obtenidas con arreglo a la legislación anterior a la mencionada ley para desarrollar proyecto de naturaleza agraria, que hayan cumplido con ejecutar las obras dentro del plazo contrac- tual, solicitarán a la respectiva dependencia del Ministe- rio de Agricultura el levantamiento de la reserva de dominio a favor del Estado, que se dispondrá mediante Resolución Ministerial previa constatación de la ejecu- ción de las obras de acuerdo al proyecto de factibilidad respectivo; Que el Informe técnico Nº 032-98-AG-DRA-AAP- ESA, de fojas 229 y siguientes de fecha 28 de abril de 1998, elaborado por la Agencia Agraria de Piura, en base a la inspección ocular efectuada al predio, esta- blece que existe un avance del 100% en lo que respecta a las 90 ha. de manejo forestal correspondiente a las especies de algarrobo, zapote faique y palo verde, producto de la regeneración natural así como un avan- ce del 66.6%, de repoblamiento forestal al haberse reforestado 40 de las 60 ha. previstas, lo que sumado al hato ganadero y a la infraestructura existente con- cluye el dictamen técnico en que el proyecto se ha cumplido en su totalidad, por lo que es procedente el levantamiento de reserva de dominio; Estando a lo dictaminado por la Oficina de Asesoría Jurídica y de conformidad con la Ley Orgánica del Minis- terio de Agricultura, dada por Decreto Ley Nº 25902; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Levantar la reserva de dominio a favor del Estado sobre la superficie de 150 ha. de terrenos eriazos del ex predio "San Lorenzo" del distrito de Tambo Grande, provincia y departamento de Piura, otorgados a favor de la Asociación Agrícola 24 de Mayo mediante Contrato de Otorgamiento de Terrenos Eriazos para Otros Usos Agrarios Nº 0376-AG-PETT, de 28 de diciem- bre de 1994, al haber sido habilitado e incorporado a la actividad agraria. Artículo 2º.- Disponer que el Proyecto Especial Titu- lación de Tierras y Catastro Rural de la Dirección Regio- nal Agraria de Piura gestione ante el Registro de la