Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE FEBRERO DEL AÑO 1999 (04/02/1999)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 27

Pág. 169487 NORMAS LEGALES Lima, jueves 4 de febrero de 1999 Aprueban normas sobre aplicación de la Licencia de Funcionamiento en el distrito ORDENANZA MUNICIPAL Nº 002-99-MVES Villa El Salvador, 21 de enero de 1999 EL ALCALDE DEL DISTRITO DE VILLA EL SALVADOR POR CUANTO: El Concejo Distrital de Villa El Salvador, en sesión extraordi- naria de la fecha; y, CONSIDERANDO: Que, el Artículo 68º del Decreto Legislativo Nº 776, Ley de Tributación Municipal, establece que las municipalidades po- drán imponer entre otras tasas, las de Licencia de Funcionamien- to; Que, mediante Edicto Nº 188-94, la Municipalidad Metropo- litana de Lima, dicta disposiciones reglamentarias en la Licencia de Funcionamiento aplicable a los contribuyentes que operan diversas clases de establecimientos; Que, el Artículo Duodécimo de la referida norma provincial, establece que las Municipalidades Distritales, podrán adecuarse a las disposiciones contenidas en la misma; Que, mediante Ordenanza Nº 204 de fecha 2-1-99, la Munici- palidad Metropolitana de Lima, modifica los Artículos Tercero y Noveno del Edicto Nº 188-94; Estando a lo dispuesto por el numeral 3 del Artículo 36º y el Artículo 109º de la Ley Nº 23853, Ley Orgánica de Municipalida- des, ha dado la siguiente: ORDENANZA 1º.- Adécuese lo dispuesto en el Edicto Nº 188 y su Norma Modificatoria, la Ordenanza Nº 204 de la Municipalidad Metro- politana de Lima, en lo referente a las normas reglamentarias de la Licencia de Funcionamiento en la jurisdicción del distrito de Villa El Salvador. 2º.- El monto trimestral de la Licencia de Funcionamiento no será superior al 25% de la UIT, disponiéndose como importe mínimo los siguientes montos, de acuerdo a las distintas catego- rías del establecimiento que en anexo adjunto forma parte inte- grante de la presente ordenanza: - Establecimientos de Categoría "A": 1% UIT =S/. 28.00 - Establecimientos de Categoría "B": 0.5% UIT =S/. 14.00 - Establecimientos de Categoría "C": 0.3% UIT =S/. 8.40 3º.- Las obligaciones de pago de las cuotas trimestrales de la Licencia de Funcionamiento para el Ejercicio 1999, vence: - Primera cuota :31 de marzo - Segunda cuota :30 de junio - Tercera cuota :30 de setiembre - Cuarta cuota :31 de diciembre 4º.- Fíjese en S/. 4.00 (CUATRO Y 00/100 NUEVOS SOLES) el monto que deberán abonar los contribuyentes por concepto de derecho de emisión mecanizada anual de actualización de valo- res, determinación del tributo y de recibos de pago de la Licencia de Funcionamiento correspondiente al presente ejercicio. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. R. MARTIN PUMAR VILCHEZ Alcalde 1523 Crean la Dirección de Juventudes en la Municipalidad DECRETO DE ALCALDIA Nº 001-99-MVES Villa El Salvador, 3 de enero de 1999 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE VILLA EL SALVADOR CONSIDERANDO: Que, la población de Villa El Salvador, es mayoritariamente joven, pues el 66% es menor de 30 años, por lo que requiere especial atención del gobierno central y de los gobiernos locales;Que, la juventud en nuestro país sufre la desocupación, el subempleo, la postergación, la marginación y otros males socia- les, como consecuencia de la política neoliberal impuesta por este gobierno, y de nuestra condición de país dependiente y subdesa- rrollado; Que, la juventud, aceptando el desafío que nos plantea el nuevo milenio, viene asumiendo grandes responsabilidades que va desde las esferas productivas a los niveles de gobierno, debien- do convertirse en fuerza capaz de lograr la transformación y real desarrollo de nuestro país; Que, las municipalidades como órganos de gobierno local, tienen la función de promover a las organizaciones sociales y particularmente al de la juventud, organización que debe estar ligada fundamentalmente a la producción, teniendo en cuenta que sus valiosos esfuerzos deben estar orientados al desarrollo del país, de nuestro distrito y de nuestras familias; Estando a los considerandos expuestos y en uso de las facultades contenidas en la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853; SE DECRETA: Artículo Primero.- CREAR en la Municipalidad de Villa El Salvador, la DIRECCION DE JUVENTUDES como órgano de línea encargada de lograr la participación organizada de nuestra juventud en la producción, profesionalización, promoción y otras actividades que tiendan al desarrollo productivo y ocupacional en nuestro distrito. Artículo Segundo.- Publíquese el presente dispositivo en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y cúmplase. R. MARTIN PUMAR VILCHEZ Alcalde 1519 Crean agencia municipal en el distrito DECRETO DE ALCALDIA Nº 004-99-MVES Villa El Salvador, 20 de enero de 1999 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE VILLA EL SALVADOR CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo establecido en el Art. 191º de la Consti- tución Política del Estado, las municipalidades son órganos de gobierno local y tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, las municipalidades pueden establecer agencias muni- cipales en aquellos centros poblados, que por la demanda de servicios, el número de sus habitantes o distancia, requieran la desconcentración de determinados servicios municipales; Que, con Acuerdo de Concejo Nº 002-99-MVES de fecha 6 de enero del año en curso, se ha ratificado el Plan y Presupuesto Institucional para el Ejercicio Fiscal 1999 de esta municipalidad, en el mismo que se ha considerado a la agencia municipal con actividades cuyos gastos han sido presupuestados; Con cargo a dar cuenta a Sesión de Concejo, y en uso de las facultades contenidas en la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853; SE DECRETA: 1º.- CREAR la AGENCIA MUNICIPAL Nº 03 como órgano desconcentrado de esta municipalidad, cuyo ámbito de acción y servicios serán los sectores 6, 7, 9 y 10 de este distrito. 2º.- Encárguese a las Direcciones de Planeamiento y Méto- dos, Administración y Finanzas, el cumplimiento del presente decreto. 3º.- Publíquese la presente en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y cúmplase. R. MARTIN PUMAR VILCHEZ Alcalde 1521 Constituyen Comisiones de Regidores de Desarrollo Humano, Urbano y Empre- sarial, así como de Servicios Públicos y de Administración y Finanzas ACUERDO DE CONCEJO Nº 004-99-MVES Villa El Salvador, 11 de enero de 1999