Norma Legal Oficial del día 16 de febrero del año 1999 (16/02/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

MORDAZA, martes 16 de febrero de 1999

NORMAS LEGALES

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CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA
Aprueban el Reglamento de Organizacion y Funciones del Gabinete de Asesoramiento de la Presidencia de la Corte Superior de MORDAZA
RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 127-99-P-CSJL-PJ MORDAZA, 15 de febrero de 1999 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Administrativa Nº 044-99P-CSJL-PJ se constituyo el Gabinete de Asesoramiento de la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, como un ente de asesoramiento que coopere con los planes de gobierno de la Corte, coadyuvando con sus opiniones en la ejecucion de la politica funcional, jurisdiccional y administrativa en general; Que, resulta necesario regular la organizacion, funciones, facultades y responsabilidades de este Gabinete de Asesoramiento, a fin de que sus integrantes puedan cumplir a cabalidad la labor que se les encomiende; Que, por tales razones y en uso de las facultades conferidas por los incisos 3 y 9 del Articulo 90º de la Ley Organica del Poder Judicial; SE RESUELVE: Articulo 1º.- APROBAR el Reglamento de Organizacion y Funciones del Gabinete de Asesoramiento de la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, el mismo que consta de VII Capitulos y 21 articulos; formando parte integrante de esta resolucion. Articulo 2º.- PONER la presente resolucion en conocimiento de la Comision Ejecutiva del Poder Judicial, de la Secretaria Ejecutiva del Poder Judicial, de la Oficina de Control de la Magistratura, de la Fiscalia de la Nacion, de la Comision Ejecutiva del Ministerio Publico y del Gabinete de Asesoramiento de la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, para los fines pertinentes. Registrese, publiquese, cumplase y archivese. MORDAZA MORDAZA INFANTES MORDAZA Presidente Corte Superior de Justicia de MORDAZA REGLAMENTO DE ORGANIZACION Y FUNCIONES DEL GABINETE DE ASESORAMIENTO DE LA PRESIDENCIA DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE MORDAZA Capitulo I DEL GABINETE DE ASESORAMIENTO Articulo 1º.- Para efecto del presente Reglamento se entendera por Gabinete de Asesoramiento, al Gabinete de Asesoramiento de la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Lima. Articulo 2º.- El Gabinete de Asesoramiento, es constituido como organo de apoyo para cooperar con los planes de gobierno de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, coadyuvando con su opinion en la ejecucion de la politica funcional, jurisdiccional y administrativa en general. Capitulo II DE LOS MIEMBROS DEL GABINETE DE ASESORAMIENTO Articulo 3º.- El Gabinete de Asesoramiento esta integrado por dos o mas Magistrados, pertenecientes a esta

Corte Superior de Justicia. Quienes contaran con la asistencia de una Secretaria. Articulo 4º.- El Presidente de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA designa, ratifica y remueve de sus cargos a los integrantes del Gabinete de Asesoramiento. Los integrantes del Gabinete son personas de confianza de la Presidencia y por tanto deberan guardar reserva de los asuntos que MORDAZA de su conocimiento, pudiendo ser removidos sin expresion de causa. Articulo 5º.- Los Magistrados designados para integrar el Gabinete de Asesoramiento estaran dispensados de la labor jurisdiccional que les compete, mediante Resolucion Administrativa de la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Lima. El tiempo de la dispensa sera por espacio del ano judicial o por el que indique su designacion. Capitulo III FUNCIONES Y FACULTADES DEL GABINETE DE ASESORAMIENTO Articulo 6º.- El Gabinete de Asesoramiento tendra las siguientes funciones: a) Apoyar a solicitud del Presidente de la Corte Superior en las acciones de implementacion de los Nuevos Despachos Judiciales de los Modulos Corporativos, proponiendo las sugerencias y alternativas mas coherentes, relacionados al trabajo jurisdiccional, el orden, direccion, control y administracion de dichos despachos, convocando a su pedido la participacion de los magistrados, especialmente de aquellos que tengan interes directo en las medidas a adoptarse. Igual actividad realizaran con los demas Modulos Corporativos actualmente en funcionamiento. b) Proponer a la Presidencia de la Corte Superior las sugerencias para que de creer conveniente MORDAZA aplicadas por la Oficina de Imagen Institucional, a fin de coadyuvar a la difusion de la buena imagen de la Corte Superior, incidiendo especialmente, en la fluidez de la comunicacion de todas las actividades positivas al interior y exterior de la institucion, comprendiendo a los abogados, litigantes, medios de comunicacion social, y a la comunidad en general. c) Proponer a la Presidencia proyectos relacionados con la mejora del despacho judicial. d) Proponer a la Presidencia proyectos relacionados con la mejora de la calidad de las resoluciones judiciales. e) Proponer a la Presidencia proyectos relacionados con la mejora de la capacitacion de los Magistrados, personal de apoyo jurisdiccional, asi como del personal administrativo, con la participacion de los propios Magistrados, a quienes convocara para que aporten sus experiencias al exito de la reforma judicial. Ya que esta actividad debera fomentarse tambien por los propios Magistrados, quienes con la aprobacion mediante Resolucion Administrativa de la Presidencia lo ejecutaran, propendiendose a que esta capacitacion tenga el caracter de permanente, con la participacion de los Jueces Especializados y Jueces de Paz Letrados por especialidad. f) Proponer a la Presidencia planes y programas de fomento a la participacion en el deporte, la recreacion y el arte, motivando a los magistrados, auxiliares jurisdiccionales y trabajadores administrativos su concurso y participacion. g) Apoyar la gestion del Presidente de la Corte, dentro del MORDAZA de los lineamientos de la reforma y modernizacion del Poder Judicial. h) Las demas funciones que les MORDAZA asignadas por la Presidencia. Articulo 7º.- La actuacion de los Asesores del Gabinete es a iniciativa del Presidente, y por tanto no podran actuar sin su aprobacion. Articulo 8º.- El Gabinete de Asesoramiento, tendra las siguientes facultades: a) Podra, previa autorizacion de la Presidencia de la Corte Superior, realizar trabajos de MORDAZA en los propios despachos judiciales, sin que ello implique funciones de control administrativo y/o jurisdiccional.

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