Norma Legal Oficial del día 16 de febrero del año 1999 (16/02/1999)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, martes 16 de febrero de 1999

puedan dar a las areas verdes del distrito en cuestion, considera pertinente, de conformidad con la Ordenanza Provincial Nº 134, MORDAZA reglamentaria de actualizacion y reajuste del plano de zonificacion general de MORDAZA Metropolitana, solicitar al Instituto Metropolitano de Planificacion de la Municipalidad de MORDAZA el cambio de zonificacion de los lotes aludidos que se encuentran en MORDAZA R5 a MORDAZA RE; En uso de las atribuciones conferidas en el Art. 36º de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 23853 y la Ordenanza Metropolitana de MORDAZA Nº 134-97; el Concejo de MORDAZA MORDAZA por unanimidad y con dispensa de aprobacion de acta; ACUERDA: 1.- Autorizar que la Alcaldesa de la Municipalidad de MORDAZA MORDAZA, Sra. MORDAZA MORDAZA Negron, solicite al Instituto Metropolitano de Planificacion de la Municipalidad de MORDAZA el cambio de los lotes de terreno Nºs. 68 y 74 ubicados en la residencial San MORDAZA del distrito de MORDAZA MORDAZA, considerados actualmente como MORDAZA R5 a MORDAZA RE. 2.- Encargar la gestion del procedimiento a seguir ante la aludida entidad al Director de Infraestructura MORDAZA y a la Oficina de Asuntos Juridicos de la Municipalidad. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA NEGRON Alcaldesa 2191

Que, es objetivo de la actual gestion otorgar a los contribuyentes del distrito de MORDAZA MORDAZA mayores facilidades para regularizar el cumplimiento de sus obligaciones tributarias; Que, estando a lo expuesto y en concordancia con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 816; con el MORDAZA unanime del cuerpo de Regidores, y en uso de las facultades conferidas al Despacho de Alcaldia por la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, se ha expedido la siguiente: ORDENANZA MUNICIPAL BENEFICIO ESPECIAL DE REGULARIZACION TRIBUTARIA PARA LOS CONTRIBUYENTES DEL DISTRITO DE MORDAZA MORDAZA Articulo Primero.- Otorgar un Beneficio Especial de Regularizacion Tributaria a los contribuyentes del distrito de MORDAZA MORDAZA, consistente en la: - Condonacion del 50% del interes moratorio y reajustes generados hasta el 31 de enero de 1999. - Condonacion del 100% del interes moratorio y reajustes generados entre el 1 de febrero de 1999 hasta la fecha de pago de la deuda tributaria. - Condonacion de multas tributarias por incumplimiento de la obligacion formal de presentar la Declaracion Jurada del Impuesto Predial, en los casos de transferencia de predios o por modificaciones en los mismos, que superen las 5 UIT. Articulo Segundo.- Los tributos comprendidos en el presente Beneficio Especial de Regularizacion Tributaria son el Impuesto Predial y Arbitrios: Limpieza Publica, Parques y Jardines y Relleno Sanitario de los ejercicios 1993 a 1998. Articulo Tercero.- El plazo para gozar de este beneficio especial vence el 28 de febrero de 1999. El acogimiento a este beneficio es automatico. Articulo Cuarto.- El beneficio especial que se otorga por la presente ordenanza no admite fraccionamiento, por consiguiente, los contribuyentes que se acojan al mismo deberan realizar el pago integro de su deuda tributaria. Articulo Quinto.- Los contribuyentes que a la fecha de publicacion de la presente ordenanza tuvieran suscrito convenio de fraccionamiento, podran acogerse al beneficio especial siempre que no hayan incumplido con el pago de mas de una cuota. El beneficio especial implicara el recalculo de su obligacion tributaria, debiendose efectuar el pago del total de la deuda en forma inmediata. Articulo Sexto.- Los contribuyentes que a la fecha de publicacion de la presente ordenanza tuvieran pendientes de resolucion, recursos impugnativos presentados contra las Ordenes de Pago, Resoluciones de Determinacion o Resoluciones de Multa, podran acogerse a este beneficio especial, para lo cual bastara con desistirse de su impugnacion con las formalidades que establece el Art. 89º del D.S. Nº 02-94-JUS. Articulo Setimo.- Encarguese a la Direccion de Rentas y a la Direccion Municipal el cumplimiento de la presente ordenanza. Articulo Octavo.- La presente ordenanza, entra en vigencia por excepcion desde el dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA STOLAR MORDAZA 2190

MUNICIPALIDAD DE MORDAZA MORDAZA
Otorgan Beneficio Especial de Regularizacion Tributaria a los contribuyentes del distrito
ORDENANZA Nº 001-99-A-MDMM MORDAZA MORDAZA, 13 de febrero de 1999 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DE MORDAZA MORDAZA POR CUANTO: El Concejo Distrital de MORDAZA MORDAZA, en sesion extraordinaria de fecha trece de febrero de mil novecientos noventinueve y con dispensa del tramite de aprobacion de acta; CONSIDERANDO: Que, de acuerdo con lo establecido en el Art. 191º de la Constitucion Politica del Peru, las municipalidades son los organos del gobierno local y tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, de acuerdo a lo prescrito en el Art. 74º de la Constitucion Politica del Estado, asi como la MORDAZA IV del Decreto Legislativo Nº 816 - Codigo Tributario vigenteestablece que los gobiernos locales, mediante ordenanza pueden crear, modificar, suprimir sus contribuciones, arbitrios, derechos y licencias o exonerar de ellos dentro de su jurisdiccion y en los limites que senala la ley; Que, de conformidad a lo preceptuado en el Art. 41º del Decreto Legislativo Nº 816, Codigo Tributario, excepcionalmente los gobiernos locales podran condonar con caracter general, el interes moratorio y sanciones, respecto a los tributos que administran;

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