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Pág. 169968 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 17 de febrero de 1999 privada; en tal sentido, puede normar sobre la estética de las edificaciones y sobre su conservación de conformidad con el Art. 73º de la Ley Orgánica de Municipalidades; Que, asimismo, en el Reglamento Nacional de Construccio- nes se prevé este aspecto en su Título Preliminar, Capítulo VII, Artículos 6.03, 6.04, 7.01 y 7.02, en relación a la confor- midad de obras; Que, la Ordenanza Nº 061-94/MLM, Régimen de Aplica- ción de Sanciones Administrativas de la Municipalidad de Lima Metropolitana, establece como infracción sancionable el deterioro de las fachadas de los inmuebles de uso público o privado, bajo apercibimiento de la multa respectiva; De conformidad con el Art. 111º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 23853; SE DECRETA: Artículo Primero.- Otorgar un plazo de cuarenticinco días calendario, computados a partir de la publicación del presente dispositivo, para que los vecinos del distrito de Jesús María, cumplan con el tarrajeo de paredes (fachadas laterales y posteriores) de sus predios que colindan con los de terceros. Artículo Segundo.- En el caso de incumplimiento de la citada obligación, procédase a la sanción correspondiente bajo apercibimiento de su ejecución coactiva. Regístrese, comuníquese y cúmplase. FRANCISCA IZQUIERDO NEGRON Alcaldesa 2104 MUNICIPALIDAD DE LA MOLINA Aprueban los Manuales de Organiza- ción y Funciones (MOF) de la Munici- palidad RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 141-99 La Molina, 12 de febrero de 1999 CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 012-98 se aprueba el Regla- mento de Organización y Funciones (ROF) de la Municipali- dad Distrital de La Molina; Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 652-98 se aprueba el Cuadro para Asignación de Personal (CAP) de la Munici- palidad Distrital de La Molina; Que, según Informe Nº 014-99-MDLM-AT, la Asesoría de Alcaldía, hace llegar el proyecto de los Manuales de Organi- zación y Funciones correspondientes a las dependencias que conforman la estructura orgánica de la Municipalidad de La Molina; Que, resulta necesario que la municipalidad disponga de instrumentos normativos de gestión que faciliten y viabili- cen los procedimientos administrativos en las dependencias que conforman la entidad; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferi- das por el Artículo 47º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853; SE RESUELVE: Artículo Primero.- APROBAR los MANUALES DE ORGANIZACION Y FUNCIONES (MOF), que se señalan a continuación y que forman parte de la presente resolución: CODIGO DEPENDENCIA MOF-01-99 ALCALDIA MOF-02-99 DIRECCION MUNICIPAL MOF-03-99 OFICINA DE AUDITORIA INTERNA MOF-04-99 OFICINA DE ASESORIA JURIDICA MOF-05-99 OFICINA DE PLANIFICACION Y PRESUPUESTO MOF-06-99 OFICINA DE SECRETARIA GENERAL MOF-07-99 OFICINA DE SEG. CIUDADANA Y DEFENSA CIVIL MOF-08-99 OFICINA DE PART. VECINAL Y SERVICIOS SOCIALESMOF-09-99 OFICINA DE INFORMATICA MOF-10-99 OFICINA DE EJECUCION COACTIVA MOF-11-99 OFICINA DE RENTAS MOF-12-99 OFICINA DE ADMINISTRACION MOF-13-99 DIRECCION DE EDUCACION, CULTURA, RECREACION Y DEPORTES MOF-14-99 DIRECCION DE DESARROLLO URBANO MOF-15-99 DIRECCION DE SERVICIOS A LA CIUDAD MOF-16-99 DIRECCION DE COMERCIALIZACION Artículo Segundo.- Encargar a la Dirección Municipal y a la Secretaría General la difusión y cumplimiento de la presente norma municipal. Regístrese, comuníquese y cúmplase. PAUL FIGUEROA LEQUIEN Alcalde 2194 MUNICIPALIDAD DE PUEBLO LIBRE Otorgan beneficios tributarios a los contribuyentes con respecto al pago de los tributos municipales 1999 ACUERDO DE CONCEJO Nº 012-99 Pueblo Libre, 5 de febrero de 1999 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE PUEBLO LIBRE POR CUANTO: El Concejo de Pueblo Libre, en sesión ordinaria de la fecha 5 de febrero de 1999; CONSIDERANDO: Que, las municipalidades gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su compe- tencia, de conformidad con los Artículos 191º y 192º de la Constitución Política; Que, la situación económica por la que atraviesa el país, hace que el cumplimiento de las atribuciones tributarias por parte de los contribuyentes en los plazos de ley, constituya una muestra palpable de la conciencia cívica de los obligados; Que, en atención a dicha situación, la Municipalidad de Pueblo Libre ha creído conveniente reconocer el esfuerzo realizado por los contribuyentes, que no obstante la difícil coyuntura económica imperante, cumplen puntualmente con el pago de los tributos que les corresponde; De conformidad con lo establecido en los Artículos 109º y 110º de la Ley Nº 23853, Ley Orgánica de Municipalidades, luego del debate se acordó por UNANIMIDAD y con dispensa de la lectura y aprobación del acta aprobó el siguiente: ACUERDO Artículo Primero.- Otórguese a los contribuyentes del distrito de Pueblo Libre, por única vez un beneficio consis- tente en la rebaja del 10% del monto total que le corresponda pagar por concepto de tributos municipales por el Ejercicio 1999, monto que comprende todos los impuestos, contribu- ciones y tasas que son de cargo de los mismos. Artículo Segundo.- Para hacerse acreedores a dicho beneficio, los contribuyentes deberán abonar al contado, el íntegro de la deuda tributaria que les corresponda, conforme al artículo anterior, hasta el último día hábil del mes de febrero de 1999. Artículo Tercero.- Encárguese a la Dirección de Rentas, a través de su Unidad de Control y Recaudación, el cumpli- miento de la presente norma. Regístrese, comuníquese, cúmplase y archívese. ANGEL M. TACCHINO D. Alcalde 2174