Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE FEBRERO DEL AÑO 1999 (17/02/1999)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 17

Pág. 169953 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 17 de febrero de 1999 Que mediante Resolución Ministerial Nº 162-98-PCM del 31 de diciembre de 1998, se establecen las asignaciones relativas a los sectores, siendo el Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción, beneficiado has- ta por un monto de ochocientos setenticinco millones de Yenes Japoneses (¥ 875,000,000.00); Que en el marco del Acuerdo mencionado, el Gobierno del Japón ha donado al Ministerio de Transportes, Comunicacio- nes, Vivienda y Construcción, un (1) lote de bienes de consumo, accesorios y repuestos para 42 camiones volquete, por un valor C&F de US$ 22,263.88 Dólares Americanos, que serán utilizados para mejorar la transitabilidad en las carre- teras nacionales; Que los Artículos 2º y 3º del Decreto Ley Nº 21942 y Artículo 2º del Decreto Supremo Nº 127-91-PCM, disponen que las donaciones provenientes del extranjero consignadas al Gobierno Central, así como las donaciones por concepto de Cooperación Técnica Internacional, serán despachadas por la Superintendencia Nacional de Aduanas del Perú por el solo mérito de Resolución Ministerial, expedida por el titular del sector correspondiente; De conformidad con los Decretos Leyes Nºs. 21942 y 25862; Decreto Supremo Nº 127-91-PCM y Resolución de Contralor Nº 122-98-CG; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aceptar la donación efectuada por el Gobierno del Japón a favor del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción, consistente en un (1) lote de bienes de consumo, accesorios y repuestos para 42 camiones volquete modelo MA45D, dispuestos en 4 cajas con un peso total de 2,687.00 k.; transportados en el barco P&O NEDLLOYD SAO PAULO, llegados al Perú por el puerto del Callao, según Conocimiento de Embarque de MOLAX LINE LTD., Nº FMLM-6194, del 18.1.99; por un valor C&F US$ 22,263.88 Dólares Americanos, respectivamente, destinados para mejorar la transitabilidad en las carreteras nacionales, los cuales serán despachados por la Aduana Marítima del Callao. Artículo Segundo.- Transcribir la presente Resolución Ministerial a la Superintendencia Nacional de Aduanas, a la Superintendencia Nacional de Bienes Nacionales y a la Contraloría General de la República, dentro de los términos de ley. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALBERTO PANDOLFI ARBULU Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción 2175 Otorgan concesión a empresa para que preste servicio público de transporte terrestre interprovincial de pasajeros RESOLUCION DIRECTORAL Nº 156-99-MTC/15.18 Lima, 1 de febrero de 1999 VISTO, el Expediente de Registro Nº 00066010 de fecha 12-1-99, organizado por la EMPRESA DE TRANSPORTES EL SOL S.A. "EL SOL S.A.", sobre nueva concesión de ruta: Chimbote-Tumbes y viceversa e Informe Nº 047-99-MTC/ 15.18.04.1 de la Dirección de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional; CONSIDERANDO: Que, la EMPRESA DE TRANSPORTES EL SOL S.A. - "EL SOL S.A.", mediante el expediente indicado en vistos, ha solicitado concesión en la ruta CHIMBOTE-TUMBES y viceversa, al amparo de lo establecido en el Reglamento del Servicio Público de Transporte Terrestre Interprovincial de Pasajeros por Carretera en Omnibus, aprobado por Decreto Supremo Nº 05-95-MTC; Que, en el Informe Nº 047-99-MTC/15.18.04.1, se conclu- ye que la referida empresa ha cumplido con acreditar los requisitos establecidos en el Artículo 13º del referido regla- mento y señalados en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA), aprobado por Decreto Supremo Nº 019-97-MTC; recomendándose la procedencia del pedido formulado;De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 640 y su reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 05- 95-MTC, Ley Nº 25035 y su reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 070-89-PCM, Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA), aprobado por Decreto Supremo Nº 019-97-MTC y Decreto Ley Nº 25862; SE RESUELVE: Primero.- Otorgar a la EMPRESA DE TRANSPORTES EL SOL S.A. - "EL SOL S.A.", la concesión de la ruta CHIMBOTE-TUMBES y viceversa, para prestar Servicio Público de Transporte Terrestre Interprovincial de Pasaje- ros por Carretera en Omnibus, por el período de diez (10) años, contados a partir de la fecha de expedición de esta resolución, de acuerdo a los siguientes términos: RUTA :Chimbote-Tumbes ITINERARIO :Trujillo-Pacasmayo-Chepén-Chiclayo- Piura-Sullana FRECUENCIAS :Una (1) diaria HORARIOS :Salida de Chimbote : 18.00 horas Salida de Tumbes : 18.00 horas FLOTA VEHICULAR :Operativa : Dos (2) ómnibus de placas: UD-2186 (1991) y UE-1628 (1994) Reserva : Un (1) ómnibus de placa: UD-3032 (1991) TIEMPO DE VIAJE :12 horas Las tarjetas de circulación serán expedidas de acuerdo al año de fabricación de los vehículos ofertados, bajo responsa- bilidad. Segundo.- La concesionaria está obligada a cumplir con las normas establecidas en el reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 05-95-MTC y demás disposiciones vi- gentes, concernientes al Servicio Público de Transporte Terrestre Interprovincial de Pasajeros por Carretera en Omnibus, que se autoriza. Tercero.- La concesionaria está obligada a iniciar el servicio dentro de los treinta (30) días calendario computa- dos a partir de la fecha de publicación de la presente resolución, cumpliendo con lo establecido en el Artículo 17º del reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 05-95- MTC; caso contrario, se aplicarán las sanciones previstas en el segundo párrafo del Artículo 16º del citado reglamento. Cuarto.- Encargar la ejecución de esta resolución a la Dirección de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional. Quinto.- La presente resolución se publicará en el Diario Oficial El Peruano, conforme a ley. Regístrese y comuníquese. CARLOS A. IBAÑEZ MANCHEGO Director General Dirección General de Circulación Terrestre 2186 Otorgan concesión a empresa para que preste servicio público de transporte terrestre interprovincial de pasajeros RESOLUCION DIRECTORAL Nº 201-99-MTC/15.18 Lima, 9 de febrero de 1999 VISTOS, el Expediente de Registro Nº 00164010, organiza- do por la EMPRESA DE TRANSPORTES TURISMO GA- RRINCHA S.A., sobre concesión de ruta: Trujillo - Tayabam- ba y viceversa e Informe Nº 078-99-MTC/15.18.04.1.RCM de la Dirección de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional; CONSIDERANDO: Que, la referida empresa, mediante el expediente indi- cado en vistos, ha solicitado el otorgamiento de la conce- sión de ruta: TRUJILLO - TAYABAMBA y viceversa, al amparo de lo establecido en el Reglamento del Servicio Público de Transporte Terrestre Interprovincial de Pasaje- ros por Carretera en Omnibus, aprobado por Decreto Supremo Nº 05-95-MTC;