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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE FEBRERO DEL AÑO 1999 (17/02/1999)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 16

Pág. 169952 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 17 de febrero de 1999 Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República GUSTAVO CAILLAUX ZAZZALI Ministro de Pesquería 2274 ENERGIA Y MINAS Aprueban transferencias de servidum- bres de electroductos de líneas de transmisión a favor de empresa de electricidad RESOLUCION MINISTERIAL Nº 021-99-EM/VME Lima, 18 de enero de 1999 Visto, el Expediente Nº 23089598 que incluye los documen- tos con Registro Nº 1212562, presentado por Empresa de Electricidad de los Andes S.A. - ELECTROANDES S.A., solicitando la transferencia a su favor de la titularidad de la servidumbre de electroducto de la línea de transmisión en 50 kV. S.E. Carhuamayo - Shelby - Vista Alegre - S.E. Excelsior; CONSIDERANDO: Que, el Ministerio de Energía y Minas expidió la Resolu- ción Ministerial Nº 286-96-EM/VME de fecha 1 de julio de 1996, imponiendo en vía de regularización, la servidumbre de electroducto de la línea de transmisión en 50 kV. S.E. Carhuamayo - Shelby - Vista Alegre - S.E. Excelsior, a favor de CENTROMIN PERU S.A.; Que, por Resolución Suprema Nº 086-93-EM, de fecha 27 de diciembre de 1993, el Ministerio de Energía y Minas otorgó a Empresa Minera del Centro del Perú S.A. - CEN- TROMIN PERU S.A., concesión definitiva para desarrollar actividades de transmisión de energía eléctrica, dentro de la zona en la cual se encuentra la línea de transmisión materia de la presente transferencia de servidumbre; Que, por Resolución Suprema Nº 059-97-EM, de fecha 11 de junio de 1997, se aprobó, a favor de Empresa de Electrici- dad de los Andes S.A. - ELECTROANDES S.A., la transferen- cia de la titularidad de la concesión definitiva otorgada a CENTROMIN PERU S.A. mediante la Resolución Suprema Nº 086-93-EM; Que, en virtud de lo dispuesto en el Artículo 110º inciso b) y Artículo 111º de la Ley de Concesiones Eléctricas, es atribución del Ministerio de Energía y Minas imponer con carácter forzoso el establecimiento de las servidumbres que señala la ley y modificar las establecidas; Que, la Dirección General de Electricidad ha verificado que la peticionaria ha cumplido con los requisitos señalados en el Decreto Ley Nº 25844 y su reglamento, por lo que resulta procedente la transferencia solicitada; Con la opinión favorable del Director General de Electri- cidad y del Viceministro de Energía; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar a favor de Empresa de Electricidad de los Andes S.A. - ELECTROANDES S.A., la transferencia de la servidumbre de electroducto de la línea de transmisión en 50 kV. S.E. Carhuamayo - Shelby - Vista Alegre - S.E. Excelsior, que fuera otorgada a favor de CENTROMIN PERU S.A. mediante Resolución Ministerial Nº 286-96-EM/ VME de fecha 1 de julio de 1996. Artículo 2º.- Otorgar a Empresa de Electricidad de los Andes S.A. - ELECTROANDES S.A., nueva titular de la servidumbre de electroducto de la línea de transmisión en 50 kV. S.E. Carhuamayo - Shelby - Vista Alegre - S.E. Excelsior, los derechos y obligaciones concedidos por la Resolución Ministerial Nº 286-96-EM/VME de fecha 1 de julio de 1996. Regístrese, comuníquese y publíquese. DANIEL HOKAMA Ministro de Energía y Minas 1264RESOLUCION MINISTERIAL Nº 022-99-EM/VME Lima, 18 de enero de 1999 Visto, el Expediente Nº 23088198 que incluye los documen- tos con Registro Nº 1212554, presentado por Empresa de Electricidad de los Andes S.A. - ELECTROANDES S.A., solicitando la transferencia a su favor de la titularidad de la servidumbre de electroducto de la línea de transmisión en 138 kV. C.H. Yaupi - S.E. Carhuamayo; CONSIDERANDO: Que, el Ministerio de Energía y Minas expidió la Resolu- ción Ministerial Nº 340-96-EM/VME de fecha 5 de agosto de 1996, imponiendo en vía de regularización, la servidumbre de electroducto de la línea de transmisión en 138 kV. C.H. Yaupi - S.E. Carhuamayo, a favor de CENTROMIN PERU S.A.; Que, por Resolución Suprema Nº 086-93-EM, de fecha 27 de diciembre de 1993, el Ministerio de Energía y Minas otorgó a Empresa Minera del Centro del Perú S.A. - CEN- TROMIN PERU S.A., concesión definitiva para desarrollar actividades de transmisión de energía eléctrica, dentro de la zona en la cual se encuentra la línea de transmisión materia de la presente transferencia de servidumbre; Que, por Resolución Suprema Nº 059-97-EM, de fecha 11 de junio de 1997, se aprobó, a favor de Empresa de Electrici- dad de los Andes S.A. - ELECTROANDES S.A., la transferen- cia de la titularidad de la concesión definitiva otorgada a CENTROMIN PERU S.A. mediante la Resolución Suprema Nº 086-93-EM; Que, en virtud de lo dispuesto en el Artículo 110º inciso b) y Artículo 111º de la Ley de Concesiones Eléctricas, es atribución del Ministerio de Energía y Minas imponer con carácter forzoso el establecimiento de las servidumbres que señala la ley y modificar las establecidas; Que, la Dirección General de Electricidad ha verificado que la peticionaria ha cumplido con los requisitos señalados en el Decreto Ley Nº 25844 y su reglamento, por lo que resulta procedente la transferencia solicitada; Con la opinión favorable del Director General de Electri- cidad y del Viceministro de Energía; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar a favor de Empresa de Electricidad de los Andes S.A. - ELECTROANDES S.A., la transferencia de la servidumbre de electroducto de la línea de transmisión en 138 kV. C.H. Yaupi - S.E. Carhuamayo, que fuera otorga- da a favor de CENTROMIN PERU S.A. mediante Resolución Ministerial Nº 340-96-EM/VME de fecha 5 de agosto de 1996. Artículo 2º.- Otorgar a Empresa de Electricidad de los Andes S.A. - ELECTROANDES S.A., nueva titular de la servidumbre de electroducto de la línea de transmisión en 138 kV. C.H. Yaupi - S.E. Carhuamayo, los derechos y obligaciones concedidos por la Resolución Ministerial Nº 340- 96-EM/VME de fecha 5 de agosto de 1996. Regístrese, comuníquese y publíquese. DANIEL HOKAMA Ministro de Energía y Minas 1265 M T C Aceptan donación efectuada por el Go- bierno del Japón a favor del MTC RESOLUCION MINISTERIAL Nº 061-99-MTC/15.09 Lima, 12 de febrero de 1999 CONSIDERANDO: Que por Resolución Ministerial Nº 003-98-PCM del 8 de enero de 1998, se aceptó la Cooperación Financiera No Reembolsable (donación) que extiende el Gobierno del Japón a la República del Perú, consistente en dos mil millones de Yenes Japoneses (¥ 2,000,000,000.00), para ser utilizados en la adquisición de bienes y servicios con arreglo a las Notas Reversales suscritas el 9 de diciembre de 1997, por las autoridades del Gobierno del Perú y Japón;