Norma Legal Oficial del día 17 de febrero del año 1999 (17/02/1999)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 17 de febrero de 1999

Articulo Cuarto.- Transcribir la presente resolucion a la Superintendencia Nacional de Aduanas y a la Contraloria General de la Republica dentro de los plazos establecidos. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA ORLANDINI Secretario General 2176

Establecen cronograma para que unidades ejecutoras y entidades del sector publico cumplan con proporcionar informacion respecto de sus adquisiciones de bienes y servicios
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 017-99-PCM MORDAZA, 4 de febrero de 1999 CONSIDERANDO: Que el Decreto Supremo Nº 053-97-PCM, modificado por el Decreto Supremo Nº 048-98-PCM, establecio la obligacion de las Unidades Ejecutoras y Entidades del Sector Publico Adquisiciones mes Enero 99 Febrero 99 Marzo 99 MORDAZA 99 MORDAZA 99 Junio 99 MORDAZA 99 Agosto 99 Setiembre 99 Octubre 99 Noviembre 99 Diciembre 99 Ultimo digito del RUC 0,1 29 marzo 99 26 MORDAZA 99 25 MORDAZA 99 30 junio 99 26 MORDAZA 99 25 agosto 99 27 setiembre 99 25 octubre 99 30 noviembre 99 29 diciembre 99 27 enero 2000 24 febrero 2000 Ultimo digito del RUC 2,3 30 marzo 99 27 MORDAZA 99 26 MORDAZA 99 22 junio 99 27 MORDAZA 99 26 agosto 99 28 setiembre 99 26 octubre 99 24 noviembre 99 30 diciembre 99 28 enero 2000 25 febrero 2000

Nacional de proporcionar a la Presidencia del Consejo de Ministros, a traves de la Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria - SUNAT, informacion respecto de las adquisiciones de bienes y/o servicios que efectuen o hayan efectuado; Que el referido Decreto Supremo senala que la informacion de las mencionadas adquisiciones, sera entregada conforme al cronograma que para tal efecto establezca la Presidencia del Consejo de Ministros, a propuesta de la SUNAT; Que mediante Resolucion Ministerial Nº 093-97-PCM se aprobo un cronograma para que las Unidades Ejecutoras y Entidades del Sector Publico Nacional proporcionen la informacion sobre sus adquisiciones que efectuen hasta el mes de diciembre de 1998; Que resulta necesario aprobar un cronograma para que las Unidades Ejecutoras y Entidades del Sector Publico Nacional cumplan con proporcionar la informacion correspondiente al ano 1999; Estando a lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 053-97PCM modificado por el Decreto Supremo Nº 048-98-PCM, y a la propuesta efectuada por la SUNAT; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Las Unidades Ejecutoras y Entidades del Sector Publico Nacional senaladas en el anexo adjunto del Decreto Supremo Nº 053-97-PCM modificado por el Decreto Supremo Nº 048-98-PCM, proporcionaran la Presidencia del Consejo de Ministros, a traves de la SUNAT, informacion respecto de sus adquisiciones de bienes y/o servicios correspondientes al ano 1999, de acuerdo al siguiente cronograma: Ultimo digito del RUC 4,5 31 marzo 99 28 MORDAZA 99 27 MORDAZA 99 23 junio 99 21 MORDAZA 99 31 agosto 99 29 setiembre 99 27 octubre 99 25 noviembre 99 22 diciembre 99 31 enero 2000 28 febrero 2000 Ultimo digito del RUC 6,7 25 marzo 99 29 MORDAZA 99 28 MORDAZA 99 24 junio 99 22 MORDAZA 99 23 agosto 99 30 setiembre 99 28 octubre 99 26 noviembre 99 23 diciembre 99 25 enero 2000 29 febrero 2000 Ultimo digito del del RUC 8,9 26 marzo 99 23 MORDAZA 99 31 MORDAZA 99 25 junio 99 23 MORDAZA 99 24 agosto 99 24 setiembre 99 29 octubre 99 29 noviembre 99 28 diciembre 99 26 enero 2000 23 febrero 2000

Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA JOY WAY MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros 2193

ECONOMIA Y FINANZAS
Aprueban el Texto Unico Actualizado del Reglamento del Impuesto Extraordinario a los Activos Netos
DECRETO SUPREMO Nº 020-99-EF EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 26999 se ha prorrogado hasta el 31 de diciembre de 1999 el Impuesto Extraordinario a los Activos Netos aprobado por la Ley Nº 26777 y normas modificatorias; Que, el Articulo 3º de la Ley Nº 26999 faculta al Poder Ejecutivo a dictar las normas necesarias que permitan adecuar la legislacion correspondiente al Impuesto Extraordinario a los Activos Netos, para su aplicacion durante 1999, de acuerdo a las disposiciones aprobadas por la Ley Nº 26777, normas modificatorias y reglamentarias; Que, para facilitar la correcta aplicacion del citado impuesto durante 1999, es conveniente aprobar un MORDAZA Texto

Unico Actualizado del Reglamento del Impuesto Extraordinario a los Activos Netos; En uso de las facultades conferidas por el inciso 8) del Articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru y el Articulo 3º de la Ley Nº 26999; DECRETA: Articulo 1º.- Apruebase el MORDAZA Texto Unico Actualizado del Reglamento del Impuesto Extraordinario a los Activos Netos, aplicable durante 1999, que consta de veinticinco (25) articulos y una (1) Disposicion Final y que, como anexo, forma parte integrante del presente dispositivo. Articulo 2º.- Apruebase el formato denominado "Contribuyentes cuyos accionistas, socios, principal o MORDAZA matriz tributan en el exterior" que, como anexo, forma parte integrante del Texto Unico Actualizado que se aprueba por el presente dispositivo. Articulo 3º.- Derogase el Decreto Supremo Nº 036-98-EF. Articulo 4º.- El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los dieciseis dias del mes de febrero de mil novecientos noventa y nueve. MORDAZA FUJIMORI FUJIMORI Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA JOY WAY MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Economia y Finanzas

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