Norma Legal Oficial del día 17 de febrero del año 1999 (17/02/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

MORDAZA, miercoles 17 de febrero de 1999
CAPITULO III

NORMAS LEGALES

Pag. 169945

SUJETOS QUE RENUNCIEN A LOS CONVENIOS DE ESTABILIDAD JURIDICA Articulo 25º.- RENUNCIA AL CONVENIO Los sujetos que, encontrandose en el supuesto establecido en el literal n) del Articulo 4º renuncien al Convenio en el transcurso del ano 1999, se regiran por lo siguiente: a) Aquellos que hubieran efectuado la declaracion del Impuesto presentaran una declaracion sustitutoria dentro de los cinco (5) dias habiles siguientes al cumplimiento de la formalidad requerida para la renuncia al Convenio, de acuerdo a la normatividad vigente. Los sujetos que no hubieran presentado la declaracion del Impuesto lo haran en el plazo indicado en el parrafo anterior. b) Los que ejerzan la opcion presentaran ante la SUNAT el Anexo, dentro del plazo indicado en el literal a) del presente articulo. Dichos sujetos calcularan el monto de las cuotas del Impuesto de acuerdo a la declaracion jurada a que se refiere el literal a) del presente articulo. A cada una de dichas cuotas se le deducira los pagos a cuenta del Impuesto a la Renta, de

acuerdo a lo dispuesto en el Articulo 21º, obteniendose el monto a pagar. Luego de dicho calculo, de existir un monto a pagar por las cuotas anteriores a la renuncia del Convenio, de acuerdo al Articulo 19º, se considerara como fecha de vencimiento la establecida en el literal a) del presente articulo. c) Los que no ejerciten la opcion en el plazo indicado en el primer parrafo del literal b) del presente articulo, pagaran el Impuesto y utilizaran dicho monto como credito contra los pagos a cuenta no vencidos y en la declaracion jurada anual del Impuesto a la Renta. Se considerara que la fecha de vencimiento para el pago del Impuesto o las cuotas anteriores a la renuncia del Convenio es la establecida en el literal a) del presente articulo. DISPOSICION FINAL Unica.- Los sujetos que, de acuerdo a lo dispuesto en el Articulo 4º del presente Texto Unico Actualizado, no esten obligados al pago del Impuesto, no presentaran la declaracion jurada a que se refiere el Articulo 6º de la Ley. Lo dispuesto en el parrafo anterior no sera de aplicacion a los sujetos que formen parte de las entidades indicadas en el Articulo 3º de la Ley.

ANEXO
CONTRIBUYENTES CUYOS ACCIONISTAS, SOCIOS, PRINCIPAL O MORDAZA MATRIZ TRIBUTAN EN EL EXTERIOR
Que opten por lo dispuesto en el Articulo 7º de la Ley Nº 26777 y normas modificatorias

La que suscribe, declara lo siguiente: Rubro I: Solo en el caso de sucursal, agencia, establecimiento permanente de empresas que tributen en el exterior
Razon Social Numero de RUC MORDAZA donde tributa por las rentas de fuente peruana 320 4

Rubro II: De tratarse de contribuyentes cuyos accionistas o socios se encuentran obligados a tributar en el exterior.
Razon Social 360 Apellidos y Nombre o Razon Social de socios o accionistas
(Senale los cinco (5) principales)

Numero de RUC 6 % de Participacion 4 2 9 7 5 357 358 360 361 363 13 3 1 3 1 8 MORDAZA donde tributa por las rentas de fuente peruana 351 352 354 355 356

Numero de RUC o Documento de Identidad

DATOS DEL RESPONSABLE O REPRESENTANTE LEGAL
APELLIDOS Y NOMBRES Nº de RUC O L.E.

_______________________________
FIRMA

Sello de recepcion SUNAT

EL PRESENTE MODELO DEBE SER FOTOCOPIADO PARA SU USO

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