Norma Legal Oficial del día 25 de febrero del año 1999 (25/02/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

MORDAZA, jueves 25 de febrero de 1999

NORMAS LEGALES

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DE LAS ATRIBUCIONES DE LA ASAMBLEA DE LA ESCUELA

b) Promocionar y difundir las manifestaciones y creaciones de las artes plasticas y visuales de los artistas y estudiantes de la Escuela y de las diversas regiones del MORDAZA, contribuyendo a la integracion de la cultura nacional; c) Promover el intercambio artistico cultural entre instituciones de fines similares del MORDAZA y del MORDAZA, principalmente latinoamericano, y d) Cultivar en los miembros de la Escuela los valores eticos y humanisticos, asi como reforzar sentimientos de solidaridad y voluntad de servicios a la comunidad. Articulo 4°.- Son objetivos de la Escuela: a) Formar profesionales en Artes Plasticas y Visuales con una solida base humanistica, cientifica y tecnologica; b) Formar profesores de Educacion Artistica especializados en Artes Plasticas y Visuales para los niveles y modalidades del Sistema Educativo; c) Estimular y cultivar la investigacion y la creacion artistica; d) Profesionalizar a artistas en actividad y a docentes en servicio sin titulo profesional en los niveles y modalidades del Sistema Educativo, y e) Contribuir a la permanente actualizacion y especializacion profesional. CAPITULO II DE LA ORGANIZACION Y FUNCIONES Articulo 5°.- La estructura organica de la Escuela es la siguiente: a) La Asamblea de la Escuela b) La Direccion General c) La Oficina de Auditoria Interna d) El Consejo Consultivo e) El Comite Directivo f) La Direccion Academica g) La Direccion de Administracion h) La Secretaria General i) La Direccion de Planificacion y Desarrollo Institucional j) La Direccion de Proyeccion Social y Cultural k) La Oficina de Asesoria Legal. DE LA ASAMBLEA DE LA ESCUELA Articulo 6°.- La Asamblea de la Escuela es el Organo Supremo del Gobierno y representa a la Comunidad Educativa. Tiene la siguiente composicion: a) El Director General de la Escuela, quien la preside; b) Por un Profesor Principal por cada Programa Academico mas un Profesor Principal del Taller de Dibujo; c) Por los Profesores Asociados en el 50% de los Principales; d) Por un representante de los Profesores Auxiliares; e) Dos representantes de los estudiantes, uno de 5° y otro de 6° ano, y f) Un representante de los graduados.

Articulo 7°.- La Asamblea de la Escuela tiene las atribuciones siguientes: a) Aprobar la propuesta de reforma o modificacion del presente Estatuto, de acuerdo a lo establecido por esta norma; b) Aprobar la propuesta de reforma o modificacion del Reglamento General de la Escuela de acuerdo a lo establecido por el presente Estatuto; c) Aprobar el Curriculo Profesional; d) Aprobar el Reglamento de Elecciones; e) Elegir al Comite Electoral de la Escuela; f) Aprobar las nuevas carreras que brindara la Escuela para contribuir al desarrollo de la Cultura Artistica del MORDAZA, de acuerdo a los avances de la Tecnologia aplicada. g) Aprobar la suscripcion de convenios de colaboracion interinstitucional y de cooperacion tecnica que se requiera para el cumplimiento de los fines de la Escuela. h) Pronunciarse sobre la Memoria Anual del Director General y evaluar el funcionamiento de la Escuela. DE LA CONVOCATORIA DE LA ASAMBLEA Articulo 8°.- Las sesiones de la Asamblea de la Escuela podran ser Ordinarias y Extraordinarias, convocadas por el Director General: a) Las sesiones ordinarias son obligatorias una vez en cada semestre para los fines siguientes: 1. En el mes de marzo para el inicio de las actividades academicas; 2. Al finalizar el MORDAZA semestre del ano academico para pronunciarse sobre la Memoria Anual del Director General, y b) Las sesiones extraordinarias son convocadas para las demas atribuciones referidas en el Art. 7° del presente Estatuto. DE LA DIRECCION GENERAL Articulo 9°.- La Direccion General esta a cargo de un Director General, cargo de confianza, que es el personero y representante legal de la Escuela con autoridad y facultad de adoptar decisiones resolutivas y gerenciales en lo academico, economico y administrativo. Articulo 10°.- Para ser Director General es necesario: a) Ser peruano y ciudadano en ejercicio; b) Poseer titulo profesional en Artes Plasticas o titulo de profesor en Artes Plasticas; c) Ser profesor con 7 anos consecutivos como minimo en la Escuela o en el ejercicio de la docencia en el ambito universitario nacional o del extranjero, salvo interrupciones establecidas en el Reglamento General, y d) Ser elegido por la Asamblea de la Escuela. Articulo 11°.- La duracion del periodo de gestion del Director General de la Escuela es de 5 anos, pudiendo ser renovado por un siguiente periodo por unica vez.

Contraloria General de la Republica
COMUNICADO OFICIAL Nº 04-99-CG/INF
Se pone en conocimiento de las Municipalidades Provinciales y Distritales, con relacion a la "Informacion sobre la Ejecucion del Gasto del Programa Vaso de Leche", aprobado mediante Directiva Nº 003-98-CG/ACE del 24.Feb.98, que a partir de la fecha: 1.- Las Municipalidades Provinciales y Distritales, que dispongan del servicio de Internet deberan registrar la "Informacion Mensual del Programa del Vaso de Leche" en el formulario que para este efecto ha puesto a disposicion la Contraloria General a traves de su pagina Web cuya direccion electronica es: www.condor.gob.pe, la CGR enviara a cada MORDAZA las claves de acceso al sistema. Las municipalidades que requieran enviar su informacion MORDAZA, solicitaran la clave via fax al telefono 433-4854 att. "Coordinacion del Programa Vaso de Leche" indicando: Municipio, Funcionario, cargo, L.E. o DNI, Telefono y direccion de correo electronico (si la hubiera). 2.- Las Municipalidades Provinciales y Distritales ubicadas en el ambito geografico de la Sede Central, que no cuenten con acceso a Internet dispondran de una cabina multimedia instalada para este fin por la Contraloria General, en MORDAZA MORDAZA Nº 114 - MORDAZA Maria. 3.- Las Municipalidades Provinciales y Distritales, que no correspondan al ambito de la Sede Central y no cuenten con acceso a Internet podran ingresar su informacion a traves de una cabina publica de su localidad. Este modulo permitira imprimir el formulario de Informacion Mensual del Programa del Vaso de Leche, para que se envie a la CGR. 2578

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