Norma Legal Oficial del día 25 de febrero del año 1999 (25/02/1999)
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NORMAS LEGALES
MORDAZA, jueves 25 de febrero de 1999
seran cubiertas mediante nombramiento, previa evaluacion para el personal titular o concurso publico para las plazas vacantes. Segunda.- La Escuela, aprobara por Resolucion Directoral las disposiciones necesarias para perfeccionar la organizacion y funcionamiento de los Organos de la Escuela y adecuarlos a los requerimientos de la modernizacion educativa y administrativa. Tercera.- El Director General de la Escuela, presentara el Proyecto de Reglamento General en el plazo de 90 dias habiles, a partir de la vigencia del presente Estatuto para su aprobacion por Resolucion Ministerial. Cuarta.- La Escuela esta facultada para efectuar evaluacion del rendimiento laboral en forma permanente, con fines de mejorar los servicios educativos. Quinta.- La Direccion General de la Escuela Nacional Superior Autonoma de Bellas Artes del Peru, elaborara por Resolucion
Directoral, el Manual de Organizacion y Funciones de la Escuela propuesto por una Comision Especial. Sexta.- La nueva Estructura Academica Profesional, propuesta por la Comision de Reorganizacion de la Escuela, sera aprobada por Resolucion Directoral. Setima.- Para la implementacion del presente Estatuto y el normal desarrollo de las actividades propias de la Escuela, el Director General sera designado por Resolucion Suprema para un periodo de dos (2) anos, a partir de la vigencia de esta norma. Al termino de dicho periodo, el Director General de la Escuela sera elegido por la Asamblea de la Escuela, de acuerdo con los requisitos establecidos en el Art. 10º del presente Estatuto y del Reglamento de Elecciones respectivo. Octava.- La Escuela dictara las disposiciones complementarias que resulten necesarias para el cumplimiento del presente Estatuto.
ESCUELA NACIONAL AUTONOMA DE BELLAS ARTES DEL PERU
18 febrero, 1999
ASAMBLEA de ENSABAP
DIRECTOR
GENERAL Auditoria Interna Consejo Consultivo
COMITE DIRECTIVO
Direc. de Planif. y Des. Inst.
Secretaria General
Ases. Legal
DIRECTOR ACADEMICO
DIR. ADM. Direccion de Promocion Social y Cultural
Programa Acad. de Formacion Art. Plast.
Prog. Acad. de Formacion Educ. Artistica
Programa Academico 2da. Especializacion
Programa Academico Profesionalizacion
Unidad de Contabilidad y Presupuesto
Unidad Financiera
Unidad de Abastecimientos y Servicios Aux.
Unidad de Personal, Planilla y Escalafon
Formacion General Pintura Escultura Grabado Restauracion y Conservacion Centro Cultural Proyeccion Social
2557
Autorizan viaje de representante del Ministerio para que participe en evento sobre desarrollo educativo en las areas rurales, que se realiza en Colombia
RESOLUCION SUPREMA Nº 019-99-ED MORDAZA, 23 de febrero de 1999 CONSIDERANDO: Que, la Direccion de Investigacion y Desarrollo Pedagogico del Ministerio de Educacion Nacional de Colombia ha organizado el MORDAZA - Taller "Desarrollo Educativo en las Areas Rurales: Un trabajo conjunto", que se desarrollara en la MORDAZA de Santafe de Bogota, del 25 al 26 de febrero de 1999; Que, el Ministerio de Educacion Nacional de la Republica de Colombia ha cursado invitacion al Ministerio de Educacion del Peru para que envie a un representante al referido evento; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 560, el Decreto Ley Nº 25762, modificado por Ley Nº 26510, Decretos Supremos Nºs. 51-95-ED y 002-96-ED; Estando a lo acordado;
SE RESUELVE: Articulo 1º.- AUTORIZAR, el viaje en comision de servicio, a la senora MORDAZA MORDAZA Vattuone, responsable de la Secretaria Tecnica de Educacion Rural, para asistir al MORDAZA - Taller "Desarrollo Educativo en las Areas Rurales: Un trabajo conjunto", a realizarse en la MORDAZA de Santafe de Bogota, del 24 al 27 de febrero de 1999. Articulo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente resolucion se afectaran con cargo al Presupuesto del Programa Especial MECEP-BIRF, de acuerdo al siguiente detalle: pasajes aereos MORDAZA - Santafe de Bogota - MORDAZA US$ 610, viaticos US$ 700.00, Tarifa CORPAC US$ 25.00. Articulo 3º.- La presente resolucion no MORDAZA derecho a exoneracion de impuestos o derechos arancelarios de ninguna clase o denominacion. Articulo 4º.- La funcionaria a quien se autoriza a viajar mediante la presente resolucion, debera presentar a su retorno, un informe sobre el evento en el que participara, al Despacho del Viceministerio de Gestion Institucional. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Ing. MORDAZA Fujimori Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Educacion 2634